COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 9/2013
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Declaraciones Juradas. Pagos. Vencimientos. Sircreb.
Bs. As., 20/11/2013
VISTO: Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar
normas de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y
atribución de fondos referidas al Régimen de Recaudación y Control
sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en
cuentas abiertas en las entidades financieras; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer las fechas de vencimiento para la
presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades
financieras.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.08.77)
RESUELVE:
Artículo 1° — Establecer para
el período fiscal 2014 las fechas de vencimiento para la presentación y
pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de
Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que
sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras,
detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 2° — Publíquese por un (1)
día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las
jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A.
Salinardi.
ANEXO Resolución General Nº 9/2013
(Fecha de vencimiento de la
declaración jurada correspondiente a la tercer decena del período
octubre 2014 sustituida por art. 1° de la Resolución General N° 12/2014 de la Comisión Arbitral B.O. 03/11/2014)