Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 2450/2013

Prorróganse determinadas recompensas.

Bs. As., 29/11/2013

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318 del 29 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, que resultasen determinantes para la detención de personas que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el artículo 6° de la Ley Nº 26.375 permite prorrogar el ofrecimiento de recompensas cuyo ofrecimiento se encontrara vigente.

Que, en ejercicio de la autorización legal mencionada, y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de MONTENEGRO, Manuel Alfredo; REBECHI, Eduardo; ARRECHEA, Antonio; BOSSI, Juan Carlos F.; GARCIA, Jorge Luis, resulta procedente prorrogar por el plazo de DOCE (12) meses a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos las recompensas que fueron oportunamente establecidas o prorrogadas en su vigencia.

Que la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercido de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.375, a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Prorróganse por el término de DOCE (12) meses a partir de las fechas de sus respectivos vencimientos, las recompensas establecidas en las Resoluciones M. J. y D. H. Nros. 2261 del 26 de octubre de 2012, 2265 del 26 de octubre de 2012, 2262 del 26 de octubre de 2012, 2260 del 26 de octubre de 2012, 2266 del 26 de octubre de 2012.

Art. 2° — Los ofrecimientos de recompensas referidos en el artículo que antecede se realizarán por los montos y a partir de las fechas de vencimientos que se consignan en el Anexo al presente.

Art. 3° — El procedimiento establecido se ceñirá a lo previsto en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.

ANEXO

RESOLUCION MJyDHMONTOFECHA DE VENCIMIENTO
2261/2012Pesos CIEN MIL ($ 100.000)02/11/2013
2265/2012Pesos CIEN MIL ($ 100.000)01/11/2013
2262/2012Pesos CIEN MIL ($ 100.000)02/11/2013
2260/2012Pesos CIEN MIL ($ 100.000)02/11/2013
2266/2012Pesos CIEN MIL ($ 100.000)02/11/2013