Decreto N° 14.532/46
APRUEBASE LA DESAFECTACION DE LA DESTILERIA FISCAL EN CAMPANA, Y EL DESARME DE SUS INSTALACIONES
Autorízase a la Dirección General de
Y.P.F. a Vender el Terreno en que Estuvo Asentada la Destilería, a la
Dirección General de Fabricaciones Militares.
Buenos Aires, 23 de Mayo de 1946
Visto el presente expediente (Reservado N° 36/44 y su agregado SIC,
número 7.854/45), en la que la Dirección General de Yacimientos
Petrolíferos Fiscales solicita autorización para vender a la Dirección
General de Fabricaiones Militares, del Ministerio de Guerra, el terreno
en el que se hallaba asentada la Destilería Fiscal en Campana, sus
edificios y algunas instalaciones, lo dictaminado por el señor
Procurador del Tesoro de la Nación, y lo propuesto en tal sentido por
el señor Secretario de Industria y Comercio, Y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, luego de
un detenido estudio técnico, económico y financiero y social, llego a
conclusiones que señalaban la conveniencia de que la Destilería fiscal
de Campana cesara en sus actividades, medida que adoptó para hacerla
efectiva a partir del día 1° de Septiembre de 1944;
Que correlativamente dispuso el desarme de las instalaciones, a los
efectos de que el material pudiera satisfacer las mas apremiantes
necesidades de otros sectores;
Que todo ello fue puesto en conocimiento del P. E. por nota TE/O Rvda.
número 691, de Septiembre 21 de 1944 (Expte. Rvdo. SIC N°36/44);
Que en cuanto al terreno en que se hallaba asentada la Destilería y los
edifcios e instalaciones no necesarias a otros sectores de Y.P.F.
proyectó transferirlos, por venta, a la Dirección General de
Fabricaciones Militares del Ministerio de Guerra, teniendo en cuenta
que esta dependencia los requería para la ampliación de la Planta de
Tolueno;
Que asi las cosas, ambas Reparticiones, luego de las negociaciones
realizadas, presididas por un amplio espíritu de colaboración dada la
finalidad perseguida, reajustaron cifras en forma de llegar al precio
global de $ 1.200.000 m/n; (un millón doscientos mil pesos moneda
nacional de curso legal), por la transferencia de todos los bienes que
se detallan en la adjunta planilla;
Que ha quedado demostrado que el desarme de la Destilería Fiscal en
Campana estaba aconsejado por razones técnicas y económicas, ya que se
trataba de instalaciones anticuadas, de muy bajo rendimiento y el crudo
elaborado en ella podrá serlo en lo de La Plata, con mejores
rendimientos, menores gastos y economía en el consumo de combustible;
Que dada la necesidad que tiene la Dirección General de Fabricaciones
Militares, del Ministerio de Guerra, de contar con los bienes de que se
trata y ante la conformidad de la Dirección General de Yacimientos
Petrolíferos Fiscales, procede acordar la aprobación que se solicita;
Que ante lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley número 11.668, la
desafectación de una destilería fiscal sólo puede ser autorizada por un
acto legislativo;
Por todo ello,
El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase la desafectación de la Destilería fiscal en Campana y el desarme de sus instalaciones.
Art. 2°.- Autorízase a la
Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales a vender a la
Dirección General de Fabricaciones Militares y a esta última
dependencia a adquirir a la primera, el terreno en que estuvo asentada
la Destilería Fiscal en Campana, edificios y demás bienes que se
detallan en la adjunta planilla en la suma de $ 1.200.000 m/n; (un
millón doscientos mil pesos moneda nacional de curso legal).
Art. 3°.- La Dirección General
de Fabricaciones Militares imputará la erogación a su presupuesto para
1945, en el capítulo 2°.- Inciso 2 - Item I- Partida I, (Renglón I-5).
Art. 4°.- Comuníquese, etc. y
siga a la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales y a la
Dirección General de Fabricaciones Militares, a sus efectos.
FARRELL - F. Marotta- Amaro Ávalos - Juan Pistarini - A. Pantín - Felipe Urdapilleta- H. Sosa Molina -
J. M. Astigueta- Juan L. Cooke - Rolando Lagomarsino.