MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 1251/2013


Registro Nº 1046/2013


Bs. As., 13/9/2013

VISTO el Expediente N° 1.565.323/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE SANTA FE, por el sector sindical, y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 829/06 “E”, que fuera suscripto entre las referidas partes.

Que mediante el presente texto convencional las partes proceden a interpretar y definir las funciones correspondientes al puesto laboral Ejecutivo de Cuentas de Negocios, conforme a los términos y condiciones allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que ambas partes ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE SANTA FE, por el sector sindical, y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.565.323/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.565.323/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 829/06 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.565.323/13

Buenos Aires, 17 de Septiembre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1251/13 se ha tomado razón del acuerdo a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1046/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 5 días del mes de diciembre de 2012 se reúnen el Sr. Carlos CABRAL en representación de SOEESIT SANTA FE (CCT 829/06 E) integrante de la FATEL y por la otra, los Sres. Daniel DI FILIPPO, Roberto CHOQUE y Hugo RE, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., en adelante la empresa quienes manifiestan lo siguiente:

CONSIDERANDO:

- El acuerdo suscripto entre las partes el 28/04/2010 en relación al puesto laboral Ejecutivo de Cuentas Negocios perteneciente al Grupo Laboral Administrativo Superior.

- Las funciones diferenciales que cumplen los Ejecutivos de TUP’S y los Ejecutivos de Edificios.

- Que en base a las negociaciones llevadas hasta la fecha, las partes han arribado al siguiente acuerdo.

PRIMERO: Las partes interpretan por unanimidad que las funciones de ejecutivo que se realizan en las gerencias de Comercialización de Tups y Tarjetas o Canales de Venta para atender al segmento Tups o al negocio de Microemprendimientos respectivamente están incluidas dentro de las funciones del Ejecutivo de Cuenta Negocios.

SEGUNDO: En función de lo establecido en el punto anterior, se detallan a continuación las funciones correspondientes al puesto laboral Ejecutivo de Cuenta Negocios del Grupo Laboral Administrativo Superior:

- Gestionar la relación operativa, comercial y de servicio y asegurar el cumplimiento del presupuesto de calidad de atención y ventas de los clientes de su cartera.

- Detectar oportunidades de negocio en la zona donde operan y gestionar la problemática de la competencia.

- Cumplir con los objetivos de venta de Tarjetas Prepagas en la zona a su cargo (TUP’S).

- Contactar y gestionar toda la cadena de valor de la conexión de un edificio de departamentos.

- Interrelacionarse con los desarrollistas para ofrecer y cerrar acuerdos comerciales con los mismos.

- Hacer seguimiento y control de ventas sobre los edificios de su cartera y realizar acciones para aumentar ventas en los mismos.

Sin más, las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación, la homologación del presente acuerdo. Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.