MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 2532/2013


Bs. As., 11/12/2013

VISTO la Ley Nº 13.064, los Decretos Nº 979 del 18 de junio de 2008 y 1486 del 23 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 979/08 el PODER EJECUTIVO NACIONAL delegó en el ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 2º de la Ley N° 13.064, entre otras, las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para las construcciones, trabajos o servicios de las obras inherentes al normal mantenimiento y readecuación de instalaciones de diversos establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, cuyos montos no superen la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000), como así también la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos necesarios para la habilitación de las mismas.

Que el artículo 2° del Decreto citado autorizó al ex Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos a delegar las facultades de que se trata, en los funcionarios de la jurisdicción competentes en la materia que estime conveniente.

Que mediante la Resolución M.J. y D.H. N° 423/11 se delegaron en la SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA las facultades mencionadas en el Decreto N° 979/08.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 1486/11 la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA, tiene a su cargo, como responsabilidad primaria, efectuar el relevamiento, análisis y evaluación de la infraestructura edilicia de las unidades del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, como así también la dirección de la ejecución del plan de construcciones y mantenimiento de las unidades penitenciarias.

Que mediante la Resolución MJ y DH N° 1125/06 se implementó en el ámbito de este Ministerio el “PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA” (PRONIPE), que tiene como objetivo la ejecución del plan de construcciones y mantenimiento de las unidades penitenciarias federales.

Que en función de las competencias asignadas mediante el Decreto Nº 1486/11 y por cuestiones de índole operativa, resulta conveniente delegar en el titular de la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO las facultades mencionadas en el Decreto N° 979/08 para las obras comprendidas en el Anexo II de ese Decreto.

Que, teniendo en cuenta lo anterior corresponde que los objetivos y acciones del “PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA” sean absorbidos por la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 2º del Decreto N° 979/08, en función del artículo 4° del Decreto N° 1993 del 14 de diciembre de 2010, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° inciso b), punto 9), de la Ley de Ministerios t.o. 1992.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Subdelegase en la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de este Ministerio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2° de la Ley Nº 13.064 y el artículo 2º del Decreto Nº 979/08 modificado por Decreto Nº 903/14, las facultades y obligaciones determinadas por dicha Ley para la contratación y ejecución de las construcciones, trabajos o servicios de las obras inherentes al normal mantenimiento, readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, como así también la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos necesarios para su habilitación, la que deberá en todos los casos dar conocimiento de los procesos que se inicien a tales fines a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS y a la SECRETARIA DE JUSTICIA.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1380/2014 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 03/09/2014)

ARTICULO 2° — Deróganse las Resoluciones M.J. y D.H. N° 423/2011 y 1125/06.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

e. 13/12/2013 Nº 102973/13 v. 13/12/2013