DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 171/1977
Bs. As., 24/1/1977
VISTO el Expte 2J3 4442/26, lo informado por el señor Comandante en
Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 21370 se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a donar a
favor del Arzobispado de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, la fracción de
terreno de DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (2.500 m2) ubicada en la
intersección de las calles BUENOS AIRES y ESTEBAN DE LUCA, de la
mencionada ciudad, con el objeto de que en ese predio se construya un
templo bajo la advocación de Nuestra Señora de las Nieves;
Por ello;
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dónase al Arzobispado de ROSARIO, Provincia de SANTA FE,
la fracción de terreno de DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (2.500
m2) ubicada en la intersección de las calles BUENOS AIRES y ESTEBAN DE
LUCA, de la mencionada ciudad.
Art. 2° — En la fracción donada deberá erigirse un templo bajo la advocación de NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES.
Art. 3° — El Arzobispado de ROSARIO deberá habilitar ese templo dentro
de un plazo de CUATRO (4) años a partir del 28 de febrero de 1975,
fecha en que recibió el mencionado predio; en caso de incumplimiento de
esa obligación, al vencimiento del plazo la fracción de terreno donada
volverá al dominio del Estado donante de pleno derecho, sin cargo
alguno por ningún concepto y sin necesidad de intimación ni
interpelación de ninguna naturaleza.
Art. 4° — El Arzobispado de ROSARIO se hará cargo de todos los
trámites, trabajos y gastos necesarios para materializar esta donación.
Art. 5° — Desígnase al señor Comandante de Ingenieros para que, en
nombre y representación del Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe
del Ejército) firme toda documentación y escrituras que sean necesarias
para la concreción de esta donación.
Art. 6° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial, tome nota la Contaduría General de la Nación y archívese. — VIDELA.