DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 171/1977

Bs. As., 24/1/1977

VISTO el Expte 2J3 4442/26, lo informado por el señor Comandante en Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 21370 se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a donar a favor del Arzobispado de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, la fracción de terreno de DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (2.500 m2) ubicada en la intersección de las calles BUENOS AIRES y ESTEBAN DE LUCA, de la mencionada ciudad, con el objeto de que en ese predio se construya un templo bajo la advocación de Nuestra Señora de las Nieves;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dónase al Arzobispado de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, la fracción de terreno de DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (2.500 m2) ubicada en la intersección de las calles BUENOS AIRES y ESTEBAN DE LUCA, de la mencionada ciudad.

Art. 2° — En la fracción donada deberá erigirse un templo bajo la advocación de NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES.

Art. 3° — El Arzobispado de ROSARIO deberá habilitar ese templo dentro de un plazo de CUATRO (4) años a partir del 28 de febrero de 1975, fecha en que recibió el mencionado predio; en caso de incumplimiento de esa obligación, al vencimiento del plazo la fracción de terreno donada volverá al dominio del Estado donante de pleno derecho, sin cargo alguno por ningún concepto y sin necesidad de intimación ni interpelación de ninguna naturaleza.

Art. 4° — El Arzobispado de ROSARIO se hará cargo de todos los trámites, trabajos y gastos necesarios para materializar esta donación.

Art. 5° — Desígnase al señor Comandante de Ingenieros para que, en nombre y representación del Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército) firme toda documentación y escrituras que sean necesarias para la concreción de esta donación.

Art. 6° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, tome nota la Contaduría General de la Nación y archívese. — VIDELA.