ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 367/2013


ACTA Nº 1287


Expediente ENRE Nº 39.857/2013


Bs. As., 18/12/2013

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Los generadores, transportistas y distribuidores obligados al pago de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2014 deberán cancelar los montos que a cada uno le corresponda, en CUATRO (4) pagos, de acuerdo con el siguiente calendario de vencimientos: Primera cuota el 17 de enero de 2014; segunda cuota el 25 de abril de 2014; tercera cuota el 18 de julio de 2014, y el pago final en fecha a determinar en el Acto Administrativo que fije la tasa definitiva para el ejercicio 2014.

(Nota Infoleg: por punto 1 de la Resolución N° 201/2014 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad B.O. 22/7/2014 se deja sin efecto la fecha de vencimiento y los montos a abonar por los generadores, transportistas y distribuidores en concepto de 3° Cuota de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2014, establecidos en lapresente Resolución y por punto 2 se fija como nueva fecha para el pago de la 3° Cuota de la Tasa de Fiscalización y Control 2014 el día 1° de agosto de 2014)

2.- Los importes a pagar en concepto de primera, segunda y tercera cuota, se detallan en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.

3.- El pago final será ajustado al cálculo definitivo de las alícuotas que correspondan para cada una de las Empresas.

4.- Disponer que el Departamento Administrativo del Ente efectúe la notificación de la presente Resolución a las Empresas obligadas al pago de la Tasa fijada en este acto, conjuntamente con su ANEXO I.

5.- Solicitar a CAMMESA la publicación de la presente Resolución en su página Web. — ENRIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. — LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente. — Ing. MARIO H. DE CASAS, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30.

e. 24/12/2013 Nº 105206/13 v. 26/12/2013