MINISTERIO DE INDUSTRIA
Resolución Nº 304/2013
Bs. As., 19/12/2013
VISTO el Expediente N° S01:0169120/2012 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el
“Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos
en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de
infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y
desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales
Públicos.
Que el Artículo 3° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de
Aplicación del mencionado Programa.
Que por la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional.
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N°
915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los
Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y
requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No
Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL para el
financiamiento de obras de infraestructura intramuros.
Que a fojas 43 obra la Constancia de Inscripción de fecha 21 de
septiembre de 2012 del PARQUE INDUSTRIAL DE GENERAL PUEYRREDON en el
Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con
lo prescripto en los Artículos 4° y siguientes del Anexo a la
Resolución N° 40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que mediante la Resolución N° 456 de fecha 13 de diciembre de 2012 del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, se otorgó a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL
PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES un Aporte No Reintegrable
(ANR) de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) para la ejecución de las
obras intramuros de construcción de la continuación de la Calle 8,
desde la intersección con la Calle 1 a lo largo de DOSCIENTOS SESENTA
METROS (260 m.) en el PARQUE INDUSTRIAL DE GENERAL PUEYRREDON.
Que la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS
AIRES fue debidamente notificada de la Resolución N° 456/12 del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, con fecha 18 de diciembre de 2012.
Que en consecuencia, por el Expediente N° S01:0169120/2012 del Registro
del MINISTERIO DE INDUSTRIA se tramitó el pago del Aporte No
Reintegrable (ANR) otorgado por el citado acto administrativo, el cual
se efectivizó con fecha 14 de enero de 2013 mediante el depósito de los
fondos a nombre de la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON de la
Provincia de BUENOS AIRES, C.U.I.T. N° 30-99900681-3, en la Cuenta
Corriente N° 35000325/92 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad
autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, Sucursal 2.350, de acuerdo al Artículo 3° de la Resolución N°
456/12 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que a fojas 2/11 del Expediente N° S01:0066495/2013 del Registro del
MINISTERIO DE INDUSTRIA agregado a fojas 200 del expediente principal
luce el Informe Parcial presentado por la MUNICIPALIDAD DE GENERAL
PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES con fecha 25 de marzo de
2013.
Que con fecha 22 de marzo de 2013 la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL
LOCAL (UDIL) ha inspeccionado la obra, acreditando un grado de avance
en su ejecución del NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) conforme el Acta
obrante a fojas 201 del Expediente N° S01:0169120/2012 del Registro del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que habiéndose verificado in situ que la obra había superado el
CINCUENTA POR CIENTO (50%) de avance en su ejecución, la UNIDAD DE
DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) dio por cumplido el requisito de
presentación del Informe Parcial dictado por el Artículo 16 del Anexo
al Decreto N° 915/10.
Que a fojas 2/22 del Expediente N° S01:0125378/2013 del Registro del
MINISTERIO DE INDUSTRIA agregado a fojas 214 del expediente principal
luce el Informe Final de Obra y Cuentas presentado por la MUNICIPALIDAD
DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES con fecha 14 de
junio de 2013 de acuerdo al Artículo 26 del Anexo a la Resolución N°
40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) ha analizado y
evaluado el citado Informe y la correspondencia de la obra con el plan
de trabajo presentado oportunamente, así como la documentación
presentada para la rendición de cuentas, incluida la que acredita el
cumplimiento de la contrapartida local de conformidad con el Dictamen
obrante a fojas 215/222 del expediente citado en el Visto, recomendando
la aprobación del Informe Final de Obra y Cuentas presentado por la
MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES.
Que la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS
AIRES ha acreditado el gasto por un total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA
Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($
749.994,88) para la ejecución de las obras intramuros de construcción
de la continuación de la Calle 8, desde la intersección con la Calle 1
a lo largo de DOSCIENTOS SESENTA METROS (260 m.) en el PARQUE
INDUSTRIAL DE GENERAL PUEYRREDON, habiendo aportado recursos
adicionales, en concepto de contrapartida local, equivalentes al
VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del Aporte No Reintegrable (ANR)
otorgado, superando el mínimo de contrapartida local del VEINTE POR
CIENTO (20 %), de acuerdo al Artículo 7° del Anexo al Decreto N° 915/10
sustituido por el Artículo 6° del Decreto N° 778 de fecha 23 de mayo de
2012.
Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha
tomado la intervención de su competencia de acuerdo al Artículo 30 del
Anexo a la Resolución N° 40/10 del citado Ministerio y se ha expedido
sobre la viabilidad de la aprobación del Informe presentado por la
MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete
en virtud de lo dispuesto por el Ar-tículo 8° del Decreto N° 964 de
fecha 1 de julio de 2010. Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto N° 915/10
modificado por el Decreto N° 778/12.
Por ello,
LA MINISTRA DE INDUSTRIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Informe Final de Obra y Cuentas por la
ejecución de la obra de infraestructura intramuros correspondiente a la
construcción de la continuación de la Calle 8, desde la intersección
con la Calle 1 a lo largo de DOSCIENTOS SESENTA METROS (260 m.) en el
PARQUE INDUSTRIAL DE GENERAL PUEYRREDON presentado por la MUNICIPALIDAD
DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES.
ARTICULO 2° — La aprobación del Informe Final de Obra y Cuentas
dispuesta por el Ar-tículo 1° de la presente medida habilita a la
MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON de la Provincia de BUENOS AIRES a
solicitar un nuevo Aporte No Reintegrable (ANR) en el marco del
“Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos
en el Bicentenario” creado mediante el Decreto N° 915 de fecha 28 de
junio de 2010, no siendo necesario el reintegro de fondos al ESTADO
NACIONAL.
ARTICULO 3° — Incorpórese la obra ejecutada al: Registro .Nacional de
Parques Industriales (RENPI) para su actualización, de acuerdo al
Artículo 9° del Anexo a la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de
2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. DEBORA A. GIORGI, Ministra de
Industria.
e. 27/12/2013 N| 106129/13 v. 27/12/2013