MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Nº 1578/2013
Bs. As., 19/12/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0011494/2013 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 153 de fecha 16 de febrero de 2007 de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la
realización de la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la
Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, a la Empresa
BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, por el monto de PESOS
TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y TRES CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 346.712.643,98),
Impuesto al Valor Agregado incluido.
Que con fecha 30 de marzo de 2007 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la
Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el
Contrato para la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la
Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, con plazo
contractual de TREINTA Y SEIS (36) meses contados a partir del día 17
de junio de 2009 fecha en que se celebró el Acta de Inicio de Obra.
Que mediante Nota Nº 1071 de fecha 14 de mayo de 2007 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se designó como Inspector de
Obra al Ingeniero Carlos RETUERTO CASTAÑO (D.N.I. Nº 13.104.154) de la
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
Que por Resolución Nº 60 de fecha 28 de marzo de 2011 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se designaron los integrantes
de la Dirección de Obra por parte del ESTADO NACIONAL para la
“Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea
‘E’ de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,
Obra básica más variante túnel”.
Que por Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la Contratación de
la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e
inspección de obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras
Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de
Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más
variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, por
el monto de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 10.179.862,95) Impuesto
al Valor Agregado incluido.
Que por Resolución Nº 89 de fecha 6 de mayo de 2010 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una modificación de
la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la
Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,
obra básica más variante túnel” adjudicada a la Empresa BENITO ROGGIO E
HIJOS SOCIEDAD ANONIMA por la Resolución Nº 153/2007 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE, por un monto de DIECISEIS MILLONES DIECIOCHO MIL CIENTO
VEINTICUATRO CON QUINCE CENTAVOS ($ 16.018.124,15) Impuesto al Valor
Agregado incluido, lo que implicó una ampliación del plazo contractual
de obra en SEIS (6) meses, originando en consecuencia la extensión del
plazo de obra a CUARENTA Y DOS (42) meses en lugar de los TREINTA Y
SEIS (36) meses previstos originalmente.
Que por Resolución Nº 30 de fecha 8 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se aprobó la ampliación del
plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la
ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a
la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de
la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES, obra básica más variante túnel” a la Empresa IATASA
LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicada por la Resolución Nº 290 de
fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, por un monto
de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y SEIS CON CATORCE CENTAVOS ($ 1.454.266,14) incluido el
Impuesto al Valor Agregado, pagaderos en SEIS (6) cuotas iguales y
consecutivas.
Que por la Resolución Nº 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una
nueva modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles
destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de
la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel”,
por un monto de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL
DIECISEIS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 110.240.016,55) incluido el
Impuesto al Valor Agregado, implicando una ampliación del plazo
contractual de obra de DOCE (12) meses, plazo que incluyó la ampliación
de SEIS (6) meses, aprobada por la Resolución Nº 89/2010 de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE, originando en consecuencia el plazo
contractual de obra en CUARENTA Y OCHO (48) meses.
Que por Resolución Nº 664 de fecha 12 de julio de 2013 del MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó una nueva ampliación del plazo
contractual para la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y
conceptual e Inspección de Obra por un monto de PESOS UN MILLON
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL VEINTIUNO CON CUARENTA Y CUATRO
CENTAVOS ($ 1.939.021,44) incluido el Impuesto al Valor Agregado,
pagaderos en OCHO (8) cuotas iguales y consecutivas.
Que mediante Nota de Pedido Nº 2.410 de fecha 30 de enero de 2012, la
Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA expuso que debido a la
interrupción en los trabajos a ejecutarse para la construcción del
Taller Lacarra (parte “B” de la Modificación de Obra Nº 2) a causa del
pedido efectuado por el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
para la construcción de una Terminal de Omnibus en el terreno donde
estaba previstos la construcción del mencionado taller, se ha tornado
imposible mantener las certificaciones a los niveles previstos en la
Curva de Inversiones del Contrato, distorsionando el Plan de
Inversiones establecido originalmente.
Que en virtud de la situación precedentemente descripta, la Contratista
de la Obra solicitó se le otorgue una ampliación del plazo de la obra
de SEIS (6) meses.
Que la Supervisión e Inspección de Obra mediante Nota 10508-Línea E-210
de fecha 1 de febrero de 2013 ha evaluado el pedido efectuado por la
Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, considerándolo
atendible, criterio éste ratificado por la Inspección de Obra mediante
Nota IOE Nº 38 de fecha 15 de marzo de 2013.
Que la Subgerencia de Inversiones de la Gerencia de Concesiones
Ferroviarias de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, informó por
conducto de la Nota N.I.SG.I Nº 24 de fecha 4 de julio de 2013, que el
nuevo Plan de Inversiones presentado por la empresa Contratista se
corresponde con la Curva de Inversión.
Que corresponde extender el plazo de obra en SEIS (6) meses, resultando
en consecuencia un plazo total para la ejecución de la obra de
CINCUENTA Y CUATRO (54) meses.
Que la presente ampliación del plazo contractual se encuentra
comprendida en el Artículo 13 — PRORROGA DEL PLAZO DE OBRA— del
Contrato suscripto entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa
BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA con fecha 30 de marzo de 2007.
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado en las presentes
actuaciones la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha
tomado la intervención que le compete en orden a las facultades que le
son propias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas
del Artículo 17 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto
Nº 438/92) y sus modificatorias, por la Ley Nº 13.064, el Decreto Nº
1.683 de fecha 28 de diciembre de 2005, y los decretos Nros. 874 y 875
ambos de fecha 6 de junio de 2012 y 2.148 de fecha 7 de diciembre de
2012.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Dase por aprobada una ampliación del plazo contractual de
la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la
Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS
AIRES, Obra básica más variante túnel” de SEIS (6) meses, contado a
partir del plazo aprobado por la Resolución Nº 32 de fecha 11 de mayo
de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
resultando el nuevo plazo contractual de obra de CINCUENTA Y CUATRO
(54) meses, sin que ello implique el reconocimiento de gastos
improductivos generales o indirectos.
ARTICULO 2° — Danse por aprobado el Plan de Trabajo y la Curva de
Inversión presentados por la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD
ANONIMA, que como Anexo I forman parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las empresas BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD
ANONIMA, IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA y METROVIAS SOCIEDAD
ANONIMA.
ARTICULO 4° — Comuníquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL
TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — C.P.N. ANIBAL F. RANDAZZO, Ministro del
Interior y Transporte.
ANEXO I