PERSONAL MILITAR
Ley 26.916
Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales.
Sancionada: Noviembre 27 de 2013
Promulgada: Diciembre 16 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley
ARTICULO 1° — Autorízase la
entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera
de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para que participen del
programa de ejercitaciones combinadas desde el 1° de septiembre de 2013
hasta el 31 de agosto de 2014, de acuerdo a la información detallada en
los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV,
XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII que forman parte integrante
de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.916 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).