Administración Nacional de la Seguridad Social

ASIGNACIONES FAMILIARES

Resolución 562/2013

Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual. Certificados Escolares. Prórroga.

Bs. As., 23/12/2013

VISTO el Expediente Nº 024-99-81486802-4-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley 24.714, el Decreto Nº 1245 de fecha 1° de noviembre de 1996, la Resolución SSS Nº 14 de fecha 30 de julio de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución SSS Nº 60 de noviembre de 2004, la Resolución Ss.P.S.S. Nº 2 de fecha 17 de marzo de 2006, la Resolución D.E.-N Nº 292 de fecha 8 de abril de 2008, la Resolución D.E.-N Nº 606 de fecha 22 de noviembre de 2011, la Resolución D.E.-N Nº 474 de fecha 26 de octubre de 2012, Decreto Nº 1282 de fecha 29 de agosto de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de Resolución para modificar el plazo para la presentación de los Certificados Escolares para la precepción de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.

Que la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual se liquida a los Trabajadores en Relación de Dependencia, a los Titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo, del Seguro por Desempleo y a los del Sistema Integrado Previsional Argentino.

Que el objetivo de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual es solventar las erogaciones del inicio del ciclo lectivo y también los gastos que le demanden a la familia la estimulación temprana, la enseñanza especial y/o la rehabilitación de un hijo con discapacidad.

Que la Resolución D.E.-N Nº 606/11 establece que la presentación del certificado deberá concretarse desde el inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de octubre de cada año.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan necesario prorrogar la fecha de presentación de los Certificados Escolares hasta el 30 de diciembre de 2013, dado que por la aplicación del Decreto Nº 1282 de fecha 29 de agosto de 2013 se incluyeron nuevos titulares al régimen de asignaciones familiares, los cuales aún no han podido realizar la presentación de los mismos.

Que vencido dicho plazo sin la presentación de los Certificados Escolares los titulares no percibirán la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en la liquidación masiva del año siguiente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante Dictamen DGAJ Nº 55.776.

Que en consecuencia corresponde dictar la presente resolución.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto Nº 2741/91, el artículo 13 del Decreto Nº 1245/96, el artículo 1° de la Resolución Ss.P.S.S Nº 2/06.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° — Prorróguese para el ciclo lectivo 2013, la fecha límite de presentación de los Certificados Escolares hasta el 30 de diciembre de 2013 a efectos de la percepción de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.

Art. 2° — Los titulares que no cumplan con la presentación del Certificado Escolar del ciclo 2013 hasta el 30 de diciembre de 2013 no percibirán la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en la liquidación masiva del año 2014.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Diego L. Bossio.