Administración Federal de Ingresos Públicos
EXPORTACION
Resolución General 3578
Valores referenciales de carácter preventivo. Resoluciones Generales N° 2.716 y N° 3.557. Norma complementaria.
Bs. As., 7/1/2014
VISTO la Actuación SIGEA N° 13707-92-2013 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 2.716 dispuso que este Organismo
establecerá los valores referenciales de exportación de carácter
preventivo para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer
control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.
Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de
selectividad en materia de valor, a efectos de detectar desvíos
respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.
Que en tal sentido, la Resolución General N° 3.557 estableció los
valores criterio para las mercaderías denominadas cueros y pieles
enteros de bovino (incluido el búfalo).
Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado
un nuevo estudio de la mercadería detallada en el Anexo I de la
presente, en el que se han considerado las fuentes de información
internas y externas previstas en el Artículo 2° de la citada resolución
general.
Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del
Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja actualizar
los principales destinos para las mercaderías analizadas, modificando
los grupos de países afectados, y excluir ciertas posiciones
arancelarias no consignadas en el Decreto N° 7 del 5 de enero de 2012.
Que, en consecuencia, corresponde derogar la Resolución General N° 3.557.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de
Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Establécense los
valores referenciales que constan en los Anexos I “Listado de
mercaderías con valores referenciales” y II “Países de destino de las
mercaderías”.
Art. 2° — Déjanse sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III.
Art. 3° — Apruébense los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.
Art. 4° — Las disposiciones
establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las
solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo
que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo,
inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5° — Déjase sin efecto la Resolución General N° 3.557, a partir de la fecha de aplicación de la presente.
Art. 6° — Regístrese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido,
archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO I
(Artículo 1°)
LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR REFERENCIAL
ANEXO II
(Artículo 1°)
PAISES DE DESTINO DE LAS MERCADERIAS
GRUPO 3
204 CANADA
212 ESTADOS UNIDOS
GRUPO 4
346 BRUNEI
326 MALASIA
333 SINGAPUR
335 THAILANDIA
331 EMIRATOS ARABES UNIDOS
415 INDIA
321 JORDANIA
GRUPO 8
345 BANGLADESH
316 INDONESIA
306 CAMBOYA
324 LAOS
310 CHINA
304 MYANMAR
308 COREA DEMOCRATICA
332 PAKISTAN
309 COREA REPUBLICANA
307 SRI LANKA
312 FILIPINAS
313 TAIWAN
341 HONG KONG
337 VIETNAM
GRUPO 10
409 DINAMARCA
420 MALTA
422 NORUEGA
426 REINO UNIDO
429 SUECIA
411 FINLANDIA
415 IRLANDA
416 ISLANDIA
320 JAPON
GRUPO 11
438 ALEMANIA
413 GRECIA
406 BELGICA
417 ITALIA
410 ESPAÑA
423 PAISES BAJOS
412 FRANCIA
425 PORTUGAL
GRUPO 15
201 BARBADOS
211 EL SALVADOR
206 COSTA RICA
217 JAMAICA
207 CUBA
218 MEXICO
210 ECUADOR
209 REPUBLICA DOMINICANA
GRUPO 19
501 AUSTRALIA
127 MARRUECOS
303 BAHREIN
ANEXO III
(Artículo 2°)
BAJAS DE VALORES REFERENCIALES PARA EXPORTACION