DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2981/1977

Bs. As., 30/9/1977

VISTO el Expte 8I9 5159/1, Io informado por el Comando en Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 3686 de fecha 17 de julio de 1970, la Provincia de MENDOZA donó al Estado Nacional Argentino, con destino al Comando en Jefe del Ejército, las fracciones designadas I, II y III en el plano de fojas 10, constantes de OCHENTA Y DOS METROS CON SESENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (82,67 m2); de VEINTIUN METROS CON CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (21,56 m2) y de CUARENTA Y DOS METROS CON TRE  DECIMETROS CUADRADOS (42,03 m2) respectivamente, ubicadas la primera al Oeste del edificio ocupado por el Comando de la VIIIva Brigada de Infantería de Montaña y la segunda y la tercera al Norte del mismo edificio y sobre la calle PEDRO MOLINA de la ciudad de MENDOZA; Que la donación de referencia surgió de la ampliación y modificación de la línea de edificación de la calle PEDRO MOLINA y por la construcción del Palacio Municipal y el cierre perimetral del terreno de propiedad del Estado Nacional Argentino; Que se tomó posesión de las fracciones de terreno objeto de esta donación en el mes de octubre de 1968 y han sido inscriptas en el Registro de la Propiedad, a nombre del Estado Nacional Argentino por gestión que tuvo a su cargo la Escribanía de Gobierno de la Provincia de MENDOZA, dando cumplimiento a las disposiciones contempladas en el Artículo 1810 del Código Civil, las que fueron anotadas como donación, Primera Inscripción, bajo el N° 16.607, fs. 426, Tomo 38 D de Ciudad-Oeste, registrada la copia a fs. 300 del Tomo 2º de Donaciones;

Que sólo falta a este trámite la aceptación por parte del Estado Nacional Argentino de la donación efectuada por la Provincia de MENDOZA;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Acéptase la donación efectuada por la Provincia de MENDOZA en virtud de la Ley Nº 3686/70, de tres fracciones de terreno designadas como I, II y III en el plano de fojas 10, constantes de OCHENTA Y DOS METROS CON SESENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (82,67 m2); de VEINTIUN METROS CON CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (21,56 m2) y de CUARENTA Y DOS METROS CON TRES DECIMETROS CUADRADOS (42,03 m2) respectivamente, ubicadas la primera al Oeste del edificio ocupado por el Comando de la VIIIva Brigada de Infantería de Montaña y la segunda y la tercera al Norte del mismo edificio y sobre la calle PEDRO MOLINA de la ciudad de MENDOZA.

Art. 2º — Por la Escribanía General del Gobierno de la Nación, se efectuarán los trámites que correspondan para la anotación marginal de este Decreto en el Registro de la Propiedad de la Provincia de MENDOZA.

Art. 3º — Agradézcase a la Provincia de MENDOZA la donación efectuada.

Art. 4º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, tome nota la Contaduría General de la Nación y archívese. — VIDELA.