MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 9/2014

Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Industria.

Bs. As., 7/1/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0283267/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 918 de fecha 30 de junio de 2011, se designó transitoriamente a los agentes involucrados en la presente medida, con carácter de excepción por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los agentes mencionados.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 1° del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas, a partir del día 26 de julio de 2011 fecha de su vencimiento y hasta la fecha que en cada caso se indica, las designaciones transitorias efectuadas mediante el Decreto Nº 918 de fecha 30 de junio de 2011, de los profesionales que se mencionan en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto, conforme al detalle obrante en el mismo, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El gasto que demandó el cumplimiento de la presente medida fue imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Débora A. Giorgi.

ANEXO

MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA

APELLIDO Y NOMBRESM.I. N°NIVEL Y FUNCION EJECUTIVADESDEHASTACARGO
VARGAS, Rafael Mario26.281.024A - I26/07/201131/12/2011Director Nacional de Industria
ELVERDIN, Pablo Eugenio26.694.938B - III26/07/201131/12/2011Director de Integración y Política Industrial Sectorial
ALVAREZ, Mauro27.947.660B - III26/07/201113/04/2012Director de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial