MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
Resolución Nº 4910/2013
Bs. As., 23/12/2013
VISTO el Expediente Nº 1039/2013 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias, en su artículo 14, inciso 7,
establece que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
(INAES) es colaborador en el marco de su competencia con la UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA (UIF) respecto a la supervisión, fiscalización e
inspección in situ para el control del cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el artículo 21° de la Ley Nº 25.246 para las mutuales y
cooperativas obligadas de quienes este Instituto es el órgano de
contralor.
Que por Resolución UIF Nº 11/2012 se estableció que corresponde el
carácter de sujetos obligados a las siguientes entidades: i) las
cooperativas que realicen operaciones de crédito, sujetas al régimen de
la Ley Nº 20.337 y modificatorias, y resoluciones de la autoridad de
aplicación; ii) las asociaciones mutuales que prestan el servicio de
ayuda económica mutual, y que se encuentran sujetas al régimen de la
Ley Nº 20.321 y modificatorias, y a la Resolución INAES Nº 1418/2003
(modificada por Resolución INAES Nº 2772/2008 - T.O. según Resolución
INAES Nº 2773/2008); y iii) las entidades que prestan el servicio de
gestión de préstamos regulado por la Resolución INAES Nº 1481/2009.
Que por Resolución UIF Nº 104/2010 y modificatorias se establece el
mecanismo de colaboración en materia de supervisión, fiscalización e
inspección in situ de los sujetos obligados, entre los que se encuentra
comprendido este Organismo, con la Unidad de Información Financiera
para el control de sus sujetos obligados, previéndose en los artículos
2° y 3° del Anexo I la adopción de un manual de supervisión,
fiscalización, e inspección in situ para realizar los procedimientos de
contralor establecidos.
Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución UIF Nº
104/2010 y modificatorias, corresponde la aprobación del mencionado
manual de supervisión, fiscalización e inspección in situ.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le
compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 20.321
y 20.337, y los Decretos Nº 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02.
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el “MANUAL DE SUPERVISION, FISCALIZACION E
INSPECCION IN-SITU Y EXTRA SITU PARA SUJETOS OBLIGADOS POR LA
RESOLUCION UIF 11/2012 DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMIA SOCIAL” que como Anexo I forma parte del presente acto
administrativo.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. PATRICIO J. GRIFFIN,
Presidente. — Arq. DANIEL O. SPAGNA, Vocal. — Dr. ERNESTO E. ARROYO,
Vocal. — Dr. ROBERTO E. BERMUDEZ, Vocal. — C.P. VICTOR R. ROSSETTI,
Vocal. — Ing. JOSE H. ORBAICETA, Vocal. — RICARDO D. VELASCO, Vocal.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución pueden ser consultados en la página web: www.inaes.gov.ar.
(Nota Infoleg:
las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial
pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada
o modificada por X norma(s).")
e. 13/01/2014 N° 1057/14 v. 13/01/2014