Decreto S 3253/1977
Bs. As., 21/10/1977
VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1.134, de fecha 14 de marzo de 1969 y sus
rectificatorios se aprobó y rectificó la estructura orgánicofuncional
del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS DE LAS FUERZAS
ARMADAS.
Que el incremento de requerimientos que en materia de investigación y
desarrollos le formulan las Fuerzas Armadas, imponen la necesidad de
ajustar la dinámica operativa de dicho organismo.
Que debe continuarse con la política de producir material bélico en el
país, mediante el desarrollo de una tecnología nacional de elevado
nivel, reduciendo progresivamente su adquisición en el extranjero.
Que en consecuencia es imprescindible adecuar la organización, las
funciones y los recursos humanos a los nuevos requerimientos, a fin de
adecuarlos convenientemente al Sistema Militar de Investigación y
Desarrollos (SMID).
Que la estructura propuesta contempla las necesidades básicas para
alcanzar, en una primera etapa, los objetivos que al organismo se le
plantean en el corto y mediana plazo.
Que atento a lo dispuesto por el Decreto Nº 234/69 cuando se modifica
una estructura, el presente debe tener carácter rectificatorio de aquel
que lo aprobó.
Por ello;
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Rectifícase el
Decreto Nº 1.134 de fecha 14 de marzo de 1969 y sus rectificatorios,
por el cual se aprobó y rectificó la estructura orgánico-funcional de
planta permanente del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS DE LAS FUERZAS ARMADAS (CITEFA), de conformidad con el
organigrama, misión y funciones, agrupamiento funcional y memorando
descriptivo de tareas, que como Anexos I, II, III y IV forman parte
integrante del presente Decreto.
Art. 2º — La estructura que
surge como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1º del presente
decreto, deberá ser puesta en funcionamiento dentro de los SESENTA (60)
días corridos de esta aprobación.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto será financiado
con cargo a la Función y Finalidad 2.90 - Jurisdicción 45 - Programa
009 - Carácter 0 - Servicio Administrativo 372 - Sección 1 - Inciso 11
- Partida principal 1110 del Presupuesto para la Administración Pública
Nacional para el ejercicio 1977.
Art. 4º — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).