MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 48/2014

Decreto Nº 357/2002. Modificación.

Bs. As., 14/1/2014

VISTO el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, especialmente el Decreto Nº 1177 de fecha 16 de julio de 2012; el Decreto Nº 1250 de fecha 28 de octubre de 1999, el Decreto Nº 1697 de fecha 1 de diciembre de 2004 y el Decreto Nº 636 de fecha 31 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el citado organigrama.

Que por el Decreto Nº 1177/12 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose sus misiones y funciones.

Que el uso indebido de drogas ilegales es uno de los más grandes retos a los que se enfrenta el mundo en la actualidad, presente en todos los países y afectando a todos los grupos sociales y a gente de todas las edades, cuya magnitud y efectos ponen a prueba, entre otros, a los sistemas de salud, enseñanza, justicia penal, bienestar social, seguridad, y hasta los sistemas económicos.

Que, por todo lo expuesto, deviene necesario realizar la coordinación del accionar de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales para reducir, aún más, el tráfico ilegal de drogas y precursores químicos.

Que ante esta situación resulta menester efectuar una nueva conformación de los objetivos de la Secretaría, transfiriendo los relativos a la lucha contra el narcotráfico a la órbita de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a los fines de facilitar el cumplimiento de las misiones y funciones que le competen, asegurando una más eficiente gestión y coordinación con las otras jurisdicciones nacionales y provinciales vinculadas con la materia, y posibilitando una más rápida respuesta a las demandas de la sociedad.

Que por el Decreto Nº 1250/99 se creó el SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, actualmente dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que a través del Decreto Nº 1697/04 se creó la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, entre cuyas competencias se encuentra la de implementar las acciones tendientes a preservar la vida, los bienes y el hábitat de la población ante desastres de origen natural o antrópico, coordinando el empleo de los recursos humanos y materiales del Estado Nacional en las etapas de mitigación, respuesta y reconstrucción.

Que el Decreto Nº 636/13 asignó al MINISTERIO DE SEGURIDAD la coordinación del SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS y la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, así como entender en la coordinación de las acciones tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la Nación.

Que, asimismo, con dependencia del mencionado Ministerio funciona la SECRETARIA DE SEGURIDAD, entre cuyos objetivos se encuentran los de formular, dirigir y supervisar las actividades de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, y coordinar y ejecutar conjuntamente con el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza.

Que, atento a lo expuesto, la SECRETARIA DE SEGURIDAD resulta el ámbito más conveniente para coordinar y ejecutar estas acciones de gobierno, a fin de planificar las actividades tendientes a la prevención de emergencias y catástrofes, como así también dar respuesta inmediata a la población en caso de que las mismas se produzcan.

Que, con los objetivos propuestos, resulta necesario efectuar las adecuaciones necesarias en la normativa vigente.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdicciones involucradas.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Organigrama de Aplicación— el Apartado VI, correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Organigrama de Aplicación— el Apartado XXVI, correspondiente al MINISTERIO DE SEGURIDAD, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 3° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Objetivos— el Apartado VI, correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 4° — Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios los Objetivos de la SECRETARIA DE SEGURIDAD y de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SEGURIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL, ambas del MINISTERIO DE SEGURIDAD —Apartado XXVI—, e incorpóranse, con dependencia de la citada Secretaría, los objetivos de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES y de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, conforme al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 5° — Elimínase el objetivo 4 de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, aprobado por el Anexo II al artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Art. 6° — Transfiérese la DIRECCION NACIONAL DE ANALISIS Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO, de la órbita de la Ex SUBSECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO al ámbito de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con sus unidades dependientes relativas a la temática de lucha contra el narcotráfico, los bienes que integran su patrimonio y el personal con sus regímenes, niveles, grados, situación de revista escalafonaria y niveles de función ejecutiva vigentes.

Art. 7° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por el presente Decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista, funciones ejecutivas y suplementos aprobados.

Art. 8° — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, las mismas serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de las jurisdicciones de origen.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

PRESIDENCIA DE LA NACION

VI. SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

- SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°

XXVI. MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARIA DE COORDINACION, PLANEAMIENTO Y FORMACION

- SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS

- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y FORMACION

SECRETARIA DE SEGURIDAD

- SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SEGURIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL

- SUBSECRETARIA DE LOGISTICA

- SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION CIUDADANA

- SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO

- SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES

- SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PUBLICOS Y LEGISLATURAS

- SUBSECRETARIA DE ARTICULACION CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PUBLICOS

- SUBSECRETARIA DE ARTICULACION LEGISLATIVA

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

OBJETIVOS:

1. Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales para la prevención y capacitación sobre del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, velando por el cumplimiento de la legislación nacional e internacional sobre la materia.

2. Entender en la aplicación de políticas y estrategias para la prevención, capacitación y asistencia por el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otras dependencias.

3. Entender en la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras dependencias.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención, capacitación, asistencia y control del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con los gobiernos provinciales, brindando asistencia técnica a fin de homogeneizar las actividades, maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

5. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y el MINISTERIO PUBLICO las acciones necesarias para la prevención y la lucha contra el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, brindando asistencia técnica en causas penales.

6. Coordinar con el PODER LEGISLATIVO DE LA NACION las acciones necesarias para la prevención y la lucha contra el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, promoviendo y brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos.

7. Realizar asistencia técnica para el diseño de la capacitación de los recursos humanos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones nacionales sobre la temática específica de prevención y control del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

8. Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos especializados en la materia, implementando el cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información específica y la documentación técnica respectiva.

9. Centralizar la recopilación general de datos y de información especializada acerca de todos los aspectos involucrados en el fenómeno, analizando la evolución y tendencias del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y problemas relacionados, a nivel provincial, nacional, regional e internacional, a fines de implementar un sistema de información y de alerta temprana nacional y federal, que provea información válida, confiable, suficiente y actualizada para la elaboración de Políticas Públicas.

10. Coordinar las actividades de investigación técnico-científico, normativa y social, a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los modelos y metodologías para los procesos de intervención en esta materia.

11. Presidir el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO).

12. Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las diferentes jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o coordinación con los respectivos organismos de origen.

13. Impulsar la creación de unidades regionales a los fines de facilitar el cumplimiento de las misiones y funciones de la Secretaría a nivel federal.
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en la elaboración de las políticas nacionales y la planificación de estrategias para la prevención, capacitación y asistencia relacionadas con el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

2. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otros organismos nacionales, apuntando al trabajo interministerial con especial énfasis en el desarrollo de intervenciones comunitarias territoriales con poblaciones vulnerables.

3. Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter nacional, referentes a la prevención, tratamiento, rehabilitación, reinserción y acción social en el campo del uso indebido de drogas, alcohol y sustancias psicotrópicas en todo el ámbito del país, con la cooperación y la búsqueda del consenso de organismos gubernamentales y no gubernamentales con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otros organismos nacionales, y con Organismos no Gubernamentales, determinando prioridades y lineamientos de trabajo.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la asistencia por el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, entre otros organismos nacionales.

5. Coordinar con los gobiernos provinciales las actividades de prevención, capacitación y asistencia por el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas brindando la asistencia técnica pertinente.

6. Coordinar la implementación del “Plan Federal de Prevención Integral de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el Decreto Nº 623/96 en lo referente a las materias de su competencia.

7. Realizar estadísticas epidemiológicas relacionadas con la prevalencia, incidencia y consumo de sustancias psicoactivas, brindando la información obtenida al Observatorio Argentino de Drogas, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, y a los Organismos con competencia en la lucha contra el narcotráfico.

8. Asistir al Secretario, como representante del Gobierno Nacional, en las reuniones y decisiones de los organismos especializados en la prevención, capacitación y asistencia por el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

9. Asistir al Secretario en el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) en la materia de su competencia.

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1. Realizar la centralización y recopilación general de datos, y la difusión de información especializada acerca de los aspectos involucrados en el fenómeno, analizando la evolución y tendencias del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y los problemas relacionados, a nivel provincial, nacional, regional e internacional, implementando un sistema de alerta temprana, que provea información válida, confiable, suficiente y actualizada a través del Observatorio Argentino de Drogas, para la elaboración de Políticas Públicas.

2. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios de la Secretaría.

3. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos para asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios de la Secretaría.

4. Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones de la Secretaría.

5. Asegurar el asesoramiento jurídico permanente sobre aspectos específicos y funcionales de la Secretaría.

6. Asistir al Secretario en la apoyatura administrativa, técnica y legal del Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) y de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450, en lo correspondiente al ámbito de su competencia.

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional en las reuniones y decisiones de los organismos especializados en la materia, implementando, dentro de su competencia, el cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información específica y la documentación técnica respectiva.

2. Asistir al Secretario en la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional establecidas y sus alternativas de financiación.

3. Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales e internacionales suscriptos por la Secretaría, informando periódicamente su situación.

4. Asistir al Secretario en la elaboración de políticas nacionales y planificación de estrategias para el control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.

5. Asistir al Secretario en la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras dependencias.

6. Coordinar las políticas y estrategias para el control del uso indebido de estupefacientes y el desvío de precursores químicos con los gobiernos provinciales brindando asistencia técnica, a fin de homogeneizar las actividades y maximizar los recursos, generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

7. Asistir al Secretario en su relación con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y el MINISTERIO PUBLICO para desarrollar las acciones necesarias para la prevención del uso y comercialización indebido de precursores químicos, brindando asistencia técnica en causas penales.

8. Asistir al Secretario en su relación con el PODER LEGISLATIVO DE LA NACION brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos, vinculados a la temática.

9. Realizar estadísticas relacionadas con la materia de su competencia, brindando la información obtenida al Observatorio Argentino de Drogas, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, y a los Organismos con competencia en la lucha contra el narcotráfico.

10. Asistir al Secretario en la elaboración de planes y programas de acción para el control de precursores y sustancias químicas utilizables para la producción de drogas ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío para el mercado de drogas ilícitas.

11. Coordinar y supervisar el funcionamiento del Registro Nacional de Precursores Químicos.

12. Realizar actividades de investigaciones técnico-científicas, normativas y sociales, a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los modelos y metodologías para los procesos de intervención en esta materia.

13. Asistir al Secretario en el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las  Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) en la materia de su competencia.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4°

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD

OBJETIVOS:

1. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la seguridad interior y al cumplimiento de los objetivos del Ministerio, conduciendo el sistema policial y de seguridad, en concordancia con la Ley Nº 24.059.

2. Asistir al Ministro en todo lo referido al conocimiento del sistema de seguridad, a través de la producción de la información criminal y estadísticas necesarias para establecer los objetivos.

3. Producir la Inteligencia Criminal a través de la Dirección Nacional creada para tal fin en el marco del Artículo 9° de la Ley Nº 25.520 y concordantes.

4. Formular, dirigir y supervisar las actividades de las fuerzas policiales y de seguridad, procurando intervenciones territoriales coordinadas y adecuadas al objetivo.

5. Coordinar la intervención de las fuerzas y la implementación de acciones en forma directa con los municipios de acuerdo con la realidad local de cada uno.

6. Articular un dispositivo de seguridad que coordine la actuación de las fuerzas policiales y de seguridad, sobre el diagnóstico diferenciado que tenga de fuente la participación comunitaria, la demanda social y la información criminal calificada.

7. Establecer las políticas de gestión conducentes para el bienestar del personal de las fuerzas policiales y de seguridad, procurando la atención de la salud física y mental del personal y de su grupo familiar.

8. Establecer mecanismos de cooperación con organismos nacionales e internacionales en materia de seguridad, suscribiendo convenios en las materias de su competencia.

9. Coordinar y ejecutar con los organismos competentes las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza.

10. Establecer políticas de coordinación multiagencial con las demás áreas del gobierno para la prevención del delito y la violencia.

11. Atender las causas de la criminalidad, con políticas de prevención social, interviniendo antes de que el delito se produzca.

12. Establecer y dimensionar las necesidades de equipamiento de las fuerzas policiales y de seguridad realizando las inversiones correspondientes.

13. Determinar y diseñar la logística del sistema de Seguridad Interior, coordinando la actuación y las actividades de las fuerzas.

14. Establecer mecanismos de cooperación con organismos nacionales e internacionales en materia de seguridad y control del tráfico ilícito de estupefacientes, proponiendo la firma de convenios.

15. Entender en la investigación del delito organizado y complejo y en el tráfico indebido de estupefacientes.

16. Efectuar los estudios técnicos, mecánicos y científicos, en virtud de requerimiento judicial.

17. Intervenir, representando al Gobierno Nacional como parte querellante, en las investigaciones criminales que se realicen en el marco de la Ley Nº 23.737, de acuerdo con su relevancia, y de conformidad con las instrucciones impartidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

18. Cooperar a requerimiento con la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO en la elaboración de planes y programas de acción para el control de precursores y sustancias químicas utilizables para la producción de drogas ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío para el mercado de drogas ilícitas.

19. Coordinar, en colaboración con la SECRETARIA DE COORDINACION MILITAR DE ASISTENCIA EN EMERGENCIAS, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, la ayuda federal para casos de desastre de origen natural o causados por el hombre.

20. Implementar las actividades regionales e interprovinciales de coordinación, tendientes a la elaboración de políticas comunes para el mejoramiento de la protección civil.

21. Coordinar las acciones tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la Nación.

22. Efectuar la coordinación del Sistema Federal de Emergencias (SIFEM) creado por el Decreto Nº 1250 del 28 de octubre de 1999.

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SEGURIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario de Seguridad en la implementación de políticas de seguridad a escala territorial, articulando la actuación de las fuerzas de seguridad con el componente de participación ciudadana.

2. Asistir al Secretario en la toma de decisiones en el ámbito de su competencia, brindando la información criminal y estadística producida en el área.

3. Asistir al Secretario en la planificación del modelo de actuación de las fuerzas policiales y de seguridad, atendiendo la especificidad del conflicto o características del ámbito de actuación.

4. Producir y sistematizar toda la información criminal y el análisis que surja de la misma.

5. Coordinar el intercambio de información con las instituciones policiales y de seguridad que conforman el sistema.

6. Intervenir en los procesos de evaluación de desempeño, ascensos del personal de las fuerzas policiales y de seguridad, y asignación de destinos y formulación del perfil de los ingresantes a las mismas.

7. Promover el bienestar social de los afiliados de las obras sociales de las fuerzas policiales y de seguridad.

8. Atender el régimen disciplinario y de control de las fuerzas policiales y de seguridad.

9. Establecer mecanismos de colaboración y articulación de esfuerzos con las fuerzas de seguridad provinciales.

10. Establecer políticas de cooperación regional e internacional, proponiendo la suscripción de acuerdos y convenios con otros organismos.

11. Supervisar la coordinación con otras instituciones policiales extranjeras, a los fines del cumplimiento de los acuerdos y convenios internacionales en los que la República haya sido signataria.

12. Asistir al Consejo de Seguridad Interior, y colaborar en las acciones que realicen los cuerpos policiales provinciales con las fuerzas de seguridad del Estado Nacional en cumplimiento de la Ley Nº 24.059.

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario de Seguridad en la coordinación, comunicación y despliegue de los Cuerpos Policiales y de Seguridad en las acciones de prevención y respuesta inmediata ante emergencias y catástrofes naturales o antrópicas, en colaboración con las áreas federales, provinciales y municipales con competencia en la materia.

2. Formular las políticas y el planeamiento para la coordinación de las acciones de protección civil tendientes a prevenir, evitar, disminuir o mitigar los efectos de los desastres naturales o causados por el hombre.

3. Proponer al Secretario de Seguridad la implementación de las actividades regionales e interprovinciales de coordinación, tendientes a la elaboración de políticas comunes para el mejoramiento de la protección civil.

4. Asistir al Secretario de Seguridad en la coordinación de la ayuda federal para casos de desastre de origen natural o causados por el hombre, en colaboración con la SECRETARIA DE COORDINACION MILITAR DE ASISTENCIA EN EMERGENCIAS, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

5. Promover la coordinación de esfuerzos con otros organismos del Estado Nacional, Provincial, Municipal y organizaciones civiles, respecto del tratamiento que exijan una actuación integral en materia de su competencia.

6. Elaborar programas y protocolos de gestión de riesgos, respuesta y mitigación de daños en colaboración con los organismos con competencia en la materia como así también en cumplimiento de convenios suscriptos a nivel regional e internacional.

7. Fiscalizar la actividad de los Bomberos Voluntarios en los términos fijados por la Ley Nº 25.054 y sus modificatorias, proponiendo las normas reglamentarias.

8. Llevar el Registro de Entidades y Organizaciones No Gubernamentales creado por la Resolución Nº 968/11 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR.

9. Ejecutar los protocolos de actuación coordinada en situaciones de emergencia y catástrofe.

10. Asistir al Secretario de Seguridad, en todo lo atinente al resarcimiento de las consecuencias que producen las situaciones de emergencia y catástrofe y en la implementación de acciones preventivas y de estímulo que hagan al desarrollo de las infraestructuras provinciales y regionales en coordinación con los organismos pertinentes.

11. Diseñar, planificar e implementar mecanismos de actuación frente a situaciones de emergencia, coordinando la ejecución de las acciones previstas.

12. Desarrollar, en colaboración con las áreas afines de los Ministerios de Desarrollo Social, de Defensa, Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y del Interior y Transporte las acciones necesarias a fin de garantizar una óptima intervención estatal en la respuesta ante emergencias y catástrofes, gestión de riesgos y reparación de daños.

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en la elaboración de políticas nacionales y planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

2. Coordinar la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras dependencias.

3. Coordinar las políticas y estrategias para el control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con los gobiernos provinciales brindando asistencia técnica, a fin de homogeneizar las actividades y maximizar los recursos, generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

4. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional, como parte querellante, en las investigaciones criminales que se realicen en el marco de la Ley Nº 23.737, de acuerdo con su relevancia, y de conformidad con las instrucciones impartidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Coordinar la implementación del “Plan Federal de Prevención Integral de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el Decreto Nº 623/96, en lo referente a las materias de su competencia.

6. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional en las reuniones y decisiones de los organismos especializados en la materia, implementando, dentro de su Competencia, el cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información específica y la documentación técnica respectiva.

7. Planificar, programar y ejecutar el Plan Nacional de Capacitación de los Recursos Humanos para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas dentro del “Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”.

8. Asistir al Secretario en su relación con el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) y de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450, en el ámbito de su competencia.