MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1586/2013

Registro Nº 1231/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.574.151/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fojas 12/13 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 814 del 25 de septiembre de 2013 se declaró constituida la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004)

Que bajo el presente acuerdo, las partes pactan condiciones salariales para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”, conforme las condiciones y los términos allí establecidos.

Que asimismo, establecen el pago de una suma extraordinaria y por única vez a ser abonada en el mes de Septiembre de 2013 a todos los trabajadores comprendidos en el precitado convenio.

Que en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 7 de agosto de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad del sector sindical signatario, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo señalado en los considerandos quinto y sexto.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION mediante acta de ratificación obrante a fojas 12/13 de las mismas actuaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13 conjuntamente con el Acta de Ratificación obrante a fojas 12/13 del Expediente Nº 1.574.151/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.574.151/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1586/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº 1.578.577/13 agregado como fojas 3 al expediente principal y a fojas 12/13 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1231/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EN LA CIUDAD DE BALCARCE, A LOS 07 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2013, SE REUNEN EL SEÑOR MARCELO WAGNER EN REPRESENTACION DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALIMENTACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LOS SEÑORES MARTIN CAPRA, MARTIN NEYRA, RODRIGUEZ EDUARDO, NELSON LOPEZ, JUAN CARLOS CAGNI, LUCIANO GOYA Y WALTER VILLARREAL EN REPRESENTACION DEL PERSONAL DE McCAIN ARGENTINA S.A., Y LOS SEÑORES TOMAS HARTMAN Y RODOLFO SANCHEZ MORENO EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA, McCAIN ARGENTINA S.A., QUIENES MANIFIESTAN:

1) QUE, DESPUES DE UN PROFUNDO ANALISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES EXPUESTAS POR LAS PARTES, Y ENTENDIENDO QUE EL ACUERDO ARRIBADO SATISFACE LOS INTERESES DE SUS REPRESENTADAS, HAN ACORDADO UNA NUEVA ESCALA SALARIAL PARA TODO EL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL CCTE 658/04 “E”, CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 2013 Y 1° DE NOVIEMBRE DE 2013 QUE SE ADJUNTA COMO ANEXO I DEL PRESENTE ACUERDO.

2) QUE, EL PRESENTE TIENE VIGENCIA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2014, PERIODO DURANTE EL CUAL LAS PARTES SE COMPROMETEN A TENER ARMONIOSAS RELACIONES LABORALES DENTRO DE UN MARCO DE PAZ SOCIAL.

3) ESTABLECER UN PAGO POR UNICA VEZ Y EXTRAORDINARIO DE $600 (PESOS SEISCIENTOS), Y POR LO TANTO DE CARACTER NO REMUNERATIVO, HABIDA CUENTA SU CONDICION DE PAGO NO REGULAR NI HABITUAL (ART. 6 LEY 24.241) QUE SERA ABONADO EN EL MES DE SEPTIEMBRE 2013.

SE FIRMAN CUATRO (4) EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO COMPROMETIENDOSE LAS PARTES, A SU PRESENTACION ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION A LOS EFECTOS DE SOLICITAR LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACION.

Planilla de Retribuciones básicas
CCT - 658/04 E
Area Producción y MantenimientoDesde 01/07/2013Desde 01/11/2013
A36.7138.84
B39.4541.73
C41.6144.02
D45.6048.24
E50.2053.11
F54.3257.46
1/2 Oficial49.7352.61
Oficial72.5276.71
Líder86.0891.06
Personal Administrativo y Mensual

Función I7269.587690.14
Función II8191.288665.15
Función III8311.598792.42
Función IV8715.349219.53
Función V9325.059864.51
Función VI9969.4210546.16
Supervisores

Producción12718.2013453.96
Cámara de frío11498.7812163.99
Campo11945.3612636.42
Mantenimiento14145.6014963.94



Por Movimiento de Bolsa1.041.10

EXPEDIENTE Nº 1.574.151/13

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de agosto del año dos mil trece, siendo las 13,00 hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Pablo Marcelo GRECO, por FEDERACION DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION el Sr. Luis el Sr Bernabé MORAN en su carácter de Secretario General y la Sra. Norma Viviana CORDOBA en su carácter de Secretaria de Acción Social y Turismo y por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAL DE LA ALIMENTACION lo hacen también el Sr. Luis el Sr. Bernabé MORAN en su carácter de Secretario General y la Sra. Norma Viviana CORDOBA en su carácter de Secretaria de Acción Social y Turismo junto al Sr. Domingo Marcelo WAGNER, Asimismo, presentes los Sres. Martín CAPRA, Martí NEYRA, Eduardo RODRIGUEZ, Nelson LOPEZ, Juan Carlos CAGNI, todos en carácter de Delegados del Personal y el Dr. Adolfo Matarrese en su carácter de Asesor Letrado de la parte sindical y por la otra lo hace la Empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA representada por el Dr. Rodolfo SANCHEZ MORENO en su carácter de apoderado.

Declarado abierto el acto las partes en conjunto ratifican el ACUERDO suscripto en forma directa a fs. 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13 agregado como fs. 3 a los autos principales, solicitando su respectiva HOMOLOGACION.

Por su parte, se ha adjuntado nómina de paritarios, tal como surge de las constancias obrantes a fs. 31/33, a los fines del dictado Disposición que constituya comisión negociadora, con carácter previo al dictado del acto administrativo que homologue el acuerdo acompañado.

Por su parte, las partes manifiestan que el acuerdo alcanzado modifica las escalas salariales del convenio colectivo de trabajo empresa Nº 658/04 “E”, instrumento del que los agentes negociales, resultan partes signatarias, encontrándose debidamente legitimados para la rúbrica y suscripción.

Con lo que se cierra el acto siendo las 14:00 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.