MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1586/2013
Registro Nº 1231/2013
Bs. As., 28/10/2013
VISTO el Expediente Nº 1.574.151/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del
Expediente Nº 1.574.151/13, obra el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa
McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fojas 12/13 por la
FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION, conforme
a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo Nº 814 del 25 de septiembre de 2013 se declaró constituida la
Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº
23.546 (t.o. 2004)
Que bajo el presente acuerdo, las partes pactan condiciones salariales
para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”, conforme las condiciones y los
términos allí establecidos.
Que asimismo, establecen el pago de una suma extraordinaria y por única
vez a ser abonada en el mes de Septiembre de 2013 a todos los
trabajadores comprendidos en el precitado convenio.
Que en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 7 de
agosto de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la
atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el
ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos
contributivos es, exclusivamente de origen legal.
Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el
futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier
concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas
tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho,
independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio
de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario,
excepcional o por única vez.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la actividad
de la empresa firmante y la representatividad del sector sindical
signatario, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados,
debiendo las partes tener presente lo señalado en los considerandos
quinto y sexto.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo
245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo que luce a fojas 2/3 del
Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº
1.574.151/13, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE
INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA
DE LA ALIMENTACION mediante acta de ratificación obrante a fojas 12/13
de las mismas actuaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13,
agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13 conjuntamente con el
Acta de Ratificación obrante a fojas 12/13 del Expediente Nº
1.574.151/13.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.574.151/13
Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1586/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº
1.578.577/13 agregado como fojas 3 al expediente principal y a fojas
12/13 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
1231/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
EN LA CIUDAD DE BALCARCE, A LOS 07 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2013, SE
REUNEN EL SEÑOR MARCELO WAGNER EN REPRESENTACION DEL SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LA ALIMENTACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LOS
SEÑORES MARTIN CAPRA, MARTIN NEYRA, RODRIGUEZ EDUARDO, NELSON LOPEZ,
JUAN CARLOS CAGNI, LUCIANO GOYA Y WALTER VILLARREAL EN REPRESENTACION
DEL PERSONAL DE McCAIN ARGENTINA S.A., Y LOS SEÑORES TOMAS HARTMAN Y
RODOLFO SANCHEZ MORENO EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA, McCAIN
ARGENTINA S.A., QUIENES MANIFIESTAN:
1) QUE, DESPUES DE UN PROFUNDO ANALISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES
EXPUESTAS POR LAS PARTES, Y ENTENDIENDO QUE EL ACUERDO ARRIBADO
SATISFACE LOS INTERESES DE SUS REPRESENTADAS, HAN ACORDADO UNA NUEVA
ESCALA SALARIAL PARA TODO EL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL CCTE 658/04
“E”, CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 2013 Y 1° DE NOVIEMBRE DE
2013 QUE SE ADJUNTA COMO ANEXO I DEL PRESENTE ACUERDO.
2) QUE, EL PRESENTE TIENE VIGENCIA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2014,
PERIODO DURANTE EL CUAL LAS PARTES SE COMPROMETEN A TENER ARMONIOSAS
RELACIONES LABORALES DENTRO DE UN MARCO DE PAZ SOCIAL.
3) ESTABLECER UN PAGO POR UNICA VEZ Y EXTRAORDINARIO DE $600 (PESOS
SEISCIENTOS), Y POR LO TANTO DE CARACTER NO REMUNERATIVO, HABIDA CUENTA
SU CONDICION DE PAGO NO REGULAR NI HABITUAL (ART. 6 LEY 24.241) QUE
SERA ABONADO EN EL MES DE SEPTIEMBRE 2013.
SE FIRMAN CUATRO (4) EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO
COMPROMETIENDOSE LAS PARTES, A SU PRESENTACION ANTE EL MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION A LOS EFECTOS DE
SOLICITAR LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACION.
Planilla de Retribuciones básicas |
CCT - 658/04 E
|
Area Producción y Mantenimiento | Desde 01/07/2013 | Desde 01/11/2013 |
A | 36.71 | 38.84 |
B | 39.45 | 41.73 |
C | 41.61 | 44.02 |
D | 45.60 | 48.24 |
E | 50.20 | 53.11 |
F | 54.32 | 57.46 |
1/2 Oficial | 49.73 | 52.61 |
Oficial | 72.52 | 76.71 |
Líder | 86.08 | 91.06 |
Personal Administrativo y Mensual |
|
|
Función I | 7269.58 | 7690.14 |
Función II | 8191.28 | 8665.15 |
Función III | 8311.59 | 8792.42 |
Función IV | 8715.34 | 9219.53 |
Función V | 9325.05 | 9864.51 |
Función VI | 9969.42 | 10546.16 |
Supervisores |
|
|
Producción | 12718.20 | 13453.96 |
Cámara de frío | 11498.78 | 12163.99 |
Campo | 11945.36 | 12636.42 |
Mantenimiento | 14145.60 | 14963.94 |
|
|
|
Por Movimiento de Bolsa | 1.04 | 1.10 |
EXPEDIENTE Nº 1.574.151/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de agosto
del año dos mil trece, siendo las 13,00 hs, comparecen en el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Secretario de
Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Pablo
Marcelo GRECO, por FEDERACION DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA
ALIMENTACION el Sr. Luis el Sr Bernabé MORAN en su carácter de
Secretario General y la Sra. Norma Viviana CORDOBA en su carácter de
Secretaria de Acción Social y Turismo y por el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE INDUSTRIAL DE LA ALIMENTACION lo hacen también el Sr.
Luis el Sr. Bernabé MORAN en su carácter de Secretario General y la
Sra. Norma Viviana CORDOBA en su carácter de Secretaria de Acción
Social y Turismo junto al Sr. Domingo Marcelo WAGNER, Asimismo,
presentes los Sres. Martín CAPRA, Martí NEYRA, Eduardo RODRIGUEZ,
Nelson LOPEZ, Juan Carlos CAGNI, todos en carácter de Delegados del
Personal y el Dr. Adolfo Matarrese en su carácter de Asesor Letrado de
la parte sindical y por la otra lo hace la Empresa McCAIN ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA representada por el Dr. Rodolfo SANCHEZ MORENO en su
carácter de apoderado.
Declarado abierto el acto las partes en conjunto ratifican el ACUERDO
suscripto en forma directa a fs. 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13
agregado como fs. 3 a los autos principales, solicitando su respectiva
HOMOLOGACION.
Por su parte, se ha adjuntado nómina de paritarios, tal como surge de
las constancias obrantes a fs. 31/33, a los fines del dictado
Disposición que constituya comisión negociadora, con carácter previo al
dictado del acto administrativo que homologue el acuerdo acompañado.
Por su parte, las partes manifiestan que el acuerdo alcanzado modifica
las escalas salariales del convenio colectivo de trabajo empresa Nº
658/04 “E”, instrumento del que los agentes negociales, resultan partes
signatarias, encontrándose debidamente legitimados para la rúbrica y
suscripción.
Con lo que se cierra el acto siendo las 14:00 horas, labrándose la
presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el
actuante que certifica.