AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 31/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1585/2013 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.522, tiene como objeto la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que la citada ley considera a la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual como una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población, a través de la cual se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.

Que mediante la Resolución Nº 256 de fecha 23 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, dicho organismo creó el PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO”.

Que el mencionado PLAN tiene como objetivo principal contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo privado mediante la articulación de distintas políticas públicas instrumentadas por el “MINISTERIO” y otros órganos del Estado Nacional, Provincial y Municipal y con la participación de los sectores productivos involucrados.

Que ante la necesidad de desarrollar políticas y marcos institucionales que favorezcan la formación continua de trabajadoras y trabajadores, y que al mismo tiempo mejoren la competitividad de nuestra economía mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 434, de fecha 25 de abril de 2011, se ha creado el PLAN DE FORMACION CONTINUA con el objeto de estructurar, sistematizar e impulsar programas, proyectos y acciones dirigidos a mejorar las competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y trabajadores de nuestro país.

Que en el mismo sentido, mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1471/2011, de fecha 1° de diciembre de 2011, se ha creado la LINEA DE CERTIFICACION SECTORIAL la cual tiene por objeto normalizar, formar, evaluar y certificar las competencias laborales de trabajadoras y trabajadores, de acuerdo a los requerimientos y demandas de los distintos sectores de la actividad económica nacional.

Que en ese contexto, el presidente del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, Sr. Martín SABBATELLA y el titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Sr. Ministro Dr. Carlos Alfonso TOMADA, han suscripto un Convenio de Cooperación Nº 193/12 en el marco del PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO”.

El Convenio mencionado tiene entre sus objetivos el de contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo y de la formación profesional en materia de comunicación audiovisual mediante la articulación de distintas políticas públicas. Para ello, las partes han elaborado un plan de acción en materia de comunicación audiovisual y oportunidades laborales, a través de capacitaciones y difusión de contenidos de calidad en medios audiovisuales.

Que mediante la CLAUSULA DECIMASEGUNDA de dicho Convenio el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL faculta a la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a dictar las normas y suscribir los instrumentos adicionales al Convenio de Cooperación Nº 193/12, que sean necesarios para promover la implementación de los objetivos propuestos.

Que en consecuencia y para la ejecución de acciones en el marco de la LINEA DE CERTIFICACION SECTORIAL del PLAN DE FORMACION CONTINUA, la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la FUNDACION DE LA FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL PARA LA DEFENSA DE LA EDUCACION PUBLICA y la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL en fecha 17 de septiembre de 2013 han suscripto un PROTOCOLO ADICIONAL Nº 2/13 AL CONVENIO Nº 193/12 PARA LA EJECUCION DEL PLAN DE PROMOCION Y CALIFICACION DEL EMPLEO PARA EL SECTOR COMUNICACION AUDIOVISUAL, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO”.

Que a través de este PROTOCOLO las partes coinciden en el carácter estratégico de la educación y de la formación profesional y en utilizar la vía del diálogo social para establecer criterios, acordar políticas y disponer de los recursos económicos y técnicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos en el marco de la LINEA DE CERTIFICACION SECTORIAL del PLAN DE FORMACION CONTINUA, impulsando cursos de capacitación profesional.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inciso 30) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el CONVENIO Nº 193/12 DE COOPERACION suscripto entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO que como Anexo l integra la presente.

ARTICULO 2° — Apruébase el PROTOCOLO ADICIONAL Nº 2/13 AL CONVENIO Nº 193/12 PARA LA EJECUCION DEL PLAN DE PROMOCION Y CALIFICACION DEL EMPLEO PARA EL SECTOR COMUNICACION AUDIOVISUAL, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO” suscripto entre la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la FUNDACION DE LA FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL PARA LA DEFENSA DE LA EDUCACION PUBLICA y la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL que como Anexo II integra la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 17/01/2014 N° 2301/14 v. 17/01/2014