MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 3/2014
Bs. As., 15/1/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0437132/2012 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 3°
de la Resolución Nº 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se encomienda a la COMISION NACIONAL
ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA), ejerciendo la
Dirección de Biotecnología su Secretaría Ejecutiva, en el marco de la
Resolución Nº 124 de fecha 24 de octubre de 1991 de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus normas modificatorias y complementarias
la evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de bioseguridad y del
manejo de riesgos, en las distintas fases de evaluación. Que por la
Resolución Nº 226 de fecha 11 de abril de 1997 de la ex - SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establecen las condiciones de
aislamiento a que deben ajustarse las liberaciones a campo de
ORGANISMOS VEGETALES GENETICAMENTE MODIFICADOS (OVGM). Que atento al
tiempo transcurrido desde su dictado, la citada Resolución Nº 226/97 ya
no resulta suficiente para regular los avances tecnológicos y las
nuevas estrategias aplicables a la contención de material reproductivo
vegetal, por lo que su ámbito de aplicación ha quedado reducido a
aquellos casos en los cuales no se proponen estrategias alternativas al
aislamiento físico y para las cuales se anticipa un creciente número de
solicitudes de liberaciones al agroecosistema. Que en consecuencia se
considera menester modificar la citada Resolución Nº 226/97, a los
fines de incorporar la adopción de medidas alternativas a las allí
contenidas siempre y cuando sean bioseguras. Que la COMISION NACIONAL
ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) y la Dirección de
Biotecnología de la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías de la
SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA tienen a su cargo la evaluación de la
bioseguridad. Que en ese marco, dicha evaluación debe efectuarse bajo
un criterio de caso por caso, teniendo en cuenta la preservación de la
bioseguridad de un modo integral a la luz de la información científica
y de las tecnologías disponibles, propendiendo a la armonización de los
criterios de evaluación y de los requerimientos técnicos relevantes.
Que se comparte el criterio de elevación del presente expediente por
parte de la citada Dirección de Biotecnología. Que la COMISION NACIONAL
ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) ha manifestado su
acuerdo. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le
compete. Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en
virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de
2002, sus modificatorios y complementarios y por la Resolución Nº 763
de fecha 17 de agosto de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA. Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución Nº 226 de
fecha 11 de abril de 1997 de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “ARTICULO 1°.- Apruébanse las condiciones experimentales para
la liberación al Medio de Organismos Vegetales Genéticamente
Modificados que como Anexo forma parte de la presente resolución,
pudiéndose asimismo adoptar medidas alternativas a las allí contenidas
siempre y cuando sean bioseguras.”
ARTICULO 2° — Establécese que la COMISION NACIONAL ASESORA DE
BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) y la Dirección de Biotecnología de
la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías de la SUBSECRETARIA DE
AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA tienen a su cargo la evaluación de las condiciones de
aislamiento contempladas en el artículo precedente, en el marco de la
evaluación de la bioseguridad prevista en la citada Resolución Nº 763
de fecha 17 de agosto de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA. Dicha evaluación será efectuada bajo un criterio de caso por
caso, teniendo en cuenta la preservación de la bioseguridad de un modo
integral a la luz de la información científica y de las tecnologías
disponibles, propendiendo a la armonización de los criterios de
evaluación, y de los requerimientos técnicos relevantes.
ARTICULO 3° — La presente Resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de
Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 21/01/2014 N° 2983/14 v. 21/01/2014