DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3543/1977

Bs. As., 21/11/1977

VISTO el Expediente ID 7 8600/161, lo informado por el Comando en Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que los señores Agregados Militares a las Embajadas en distintos países de América no disponen de inmuebles de propiedad del Estado Nacional Argentino para su uso;

Que debido a ello, dichos funcionarios deben alquilar su respectiva vivienda, lo cual les ocasiona una erogación mensual elevada y que periódicamente su importe aumenta aún más, creándole serios problemas;

Que además de lo expresado, los locadores no siempre se avienen a renovar el contrato anterior, por lo cual periódicamente también y especialmente al reemplazo de esos funcionarios, el entrante se encuentra ante un problema que debe solucionar perentoriamente y con todos
los apremios derivados de su reciente arribo al lugar;

Que a fin de solucionar todos esos inconvenientes, el Comando en Jefe del Ejército encaró la compra de inmuebles con destino a vivienda de servicio para los señores Agregados Militares a las Embajadas Argentinas en diversos países de América, entre los cuales se halla MEJICO;

Que analizados los antecedentes de probables inmuebles a adquirir que los citados funcionarios hicieron llegar, se destacó una “comisión” técnica de asesoramiento, integrada por personal militar y civil del Comando de Ingenieros para efectuar un estudio técnico legal previo para la compra de tales inmuebles;

Que como resultado de dicha “comisión”, se obtuvo la posibilidad, en firme de adquirir en la ciudad de MEJICO, capital de MEJICO, el inmueble situado en la calle CLEO Nro 34, TECAMACHALCO, propiedad del señor JACOBO HUSNY LEVY, en la cantidad total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MEJICANOS ($M 3.400.000,-) pagadera al contado, más DOSCIENTOS CUATRO MIL PESOS MEJICANOS ($M 204.000,-) para gastos de escrituración, debiéndose girar en su equivalente en dólares estadounidenses;

Que por la especial situación resultante de lo reducido de los ofrecimientos de inmuebles adecuados al uso a que serían destinados y a la inexistencia de predisposición por parte de sus propietarios en concretar un ofrecimiento formal por un precio estable y por un plazo prudencial, no existió la posibilidad de efectuar concurso de precios;

Que tampoco pudo contarse con una tasación en su estricto sentido, lo cual se suplió con el asesoramiento de un Ingeniero de actuación en el medio civil local;

Que por todo ello, la presente operación deberá concretarse por contratación directa, siendo de aplicación las disposiciones contenidas en el artículo 56, apartado 3, incisos c), d) y h) de la Ley de Contabilidad;

Que la Comisión Administrativa - Ley 12737, del Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército, mediante su Resolución Nro 376 dictada el 11 de octubre de 1977 aprobó la presente operación; habiendo tomado la Intervención Nro 3675/77 la Delegación en el Comando de Ingenieros del Tribunal de Cuentas de la Nación;

Que a fin de concretar la misma debe autorizarse a S E el señor Embajador y/o al señor Agregado Militar a la Embajada Argentina en MEJICO para que firme las minutas, escrituras y todo instrumento público y/o privado necesario para formalizar la operación de acuerdo con los usos y costumbres del lugar y para que pague las sumas convenidas;

Que asimismo, para el amueblamiento y completamiento de este inmueble se asignó la cantidad de QUINCE MIL DOLARES (U$S 15.000,-);

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Ratifícase lo actuado por la Comisión Administrativa - Ley 12737 del Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército y se autoriza la compra del inmueble situado en la calle CLEO Nro 34, TECAMACHALCO, ciudad de MEJICO, propiedad del señor JACOBO HUSNY LEVY, en la cantidad total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MEJICANOS ($M 3.400.000,-) pagadera al contado, Lunes 16 de diciembre de 2013 Primera Sección - Suplemento BOLETIN OFICIAL Nº 32.786 92 más DOSCIENTOS CUATRO MIL PESOS MEJICANOS ($M 204.000,-) para gastos de escrituración, debiéndose girar en su equivalente en dólares estadounidenses.

Art. 2° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto, cuyo monto asciende a la cantidad de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOLARES (U$S 179.000,-) deberán ser imputados al “Presupuesto General de la Administración Central: 2.01-46-001-0.376-000-5-51- Partida Principal 5133 - Bienes Preexistentes ME - Ejercicio 1977”.

Art. 3° — Autorízase a S E el señor Embajador Argentino en MEJICO y/o al señor Agregado Militar en la misma Embajada para que, en forma conjunta, separada o alternativamente, firmen —de acuerdo con los usos y costumbres del lugar— en nombre y representación del Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército), las minutas, escrituras y todo documento o instrumento público y/o privado que sea menester para formalizar la operación.

Art. 4° — El inmueble adquirido será destinado a vivienda de servicio para el señor Agregado Militar a la Embajada Argentina en MEJICO.

Art. 5° — Transfiérase a la cuenta del nombrado señor Agregado Militar, la suma total de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOLARES (U$S 179.000,-) en la que se halla incluida la cantidad de QUINCE MIL DOLARES (U$S 15.000,-), asignada para amueblamiento y completamiento del inmueble adquirido.

Art. 6° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, tomen nota el Tribunal de Cuentas de la Nación y la Contaduría General de la Nación y archívese. — VIDELA.