MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1499/2013
Registro Nº 1204/2013
Bs. As., 22/10/2013
VISTO el Expediente N° 1.528.829/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 30/31 del Expediente N° 1.528.829/12 obra el Acuerdo
celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE
LA REPUBLICA ARGENTINA y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE
SERVICIOS FUNEBRES Y AFINES, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo las partes convienen un incremento sobre las
escalas salariales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 534/08,
conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de
efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de
dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FUNEBRES
Y AFINES, que luce a fojas 30/31 del Expediente N° 1.528.829/12,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a fojas 30/31 del Expediente N° 1.528.829/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 534/08.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.528.829/12
Buenos Aires, 24 de Octubre de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1499/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 30/31 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1204/13. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Expediente N° 1.528.829/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de
diciembre de 2012, siendo las 11.30 horas, comparecen previamente
citados en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación
Colectiva, ante mí, Secretaria de Conciliación del Departamento
Relaciones Laborales N° 2, Dra. Gladys IEMMA; en representación del
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, con domicilio constituido en autos, el Sr. Salvador VALENTE
(DNI 18096638), Secretario Gremial en representación de la FEDERACION
ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FUNEBRES Y AFINES, con domicilio en
la calle Callao N° 852, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo hace el Dr.
Sergio Arturo RODRIGUEZ ONETO (DNI 8406692), en calidad de apoderado,
Abierto el acto por la funcionaria actuante, y cedida la palabra, las
partes luego de un intercambio de opiniones en forma conjunta y de
común acuerdo manifiestan que han arribado a un acuerdo, el cual
transcriben a continuación:
Acuerdan incrementar los salarios de los trabajadores comprendidos en
el CCT N° 534/08 conforme se detalla en anexo que se adjunta como parte
integrante del presente.
La vigencia del mismo será a partir del 1° de enero de 2013. Asimismo,
las partes se comprometen a reunirse en el mes de Mayo de 2013 a fin de
evaluar la situación económica del CCT.
Por último, solicitan la homologación del presente acuerdo.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a
las partes que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del
cual solicitan su homologación, será elevado a la Superioridad en este
acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N°
14.250. En este estado y no siendo para más, a las 11:30 horas, se da
por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la
presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su
manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
SOECRA/FADEDSFyA
534/08 | ACTUAL | Ene-13 | Mar-13 | May-13 |
AGRUPACION “A” |
1° CATEGORIA | $ 4.300,00 | $ 4.816,00 | $ 5.332,00 | $ 5.848,00 |
2° CATEGORIA | $ 4.250,00 | $ 4.760,00 | $ 5.270,00 | $ 5.780,00 |
3° CATEGORIA | $ 4.200,00 | $ 4.704,00 | $ 5.208,00 | $ 5.712,00 |
4° CATEGORIA | $ 4.150,00 | $ 4.648,00 | $ 5.146,00 | $ 5.644,00 |
AGRUPACION “B” |
1° CATEGORIA | $ 4.275,00 | $ 4.788,00 | $ 5.301,00 | $ 5.814,00 |
2° CATEGORIA | $ 4.225,00 | $ 4.732,00 | $ 5.239,00 | $ 5.746,00 |
3° CATEGORIA | $ 4.150,00 | $ 4.648,00 | $ 5.146,00 | $ 5.644,00 |
AGRUPACION “C” |
1° CATEGORIA | $ 4.275,00 | $ 4.788,00 | $ 5.301,00 | $ 5.814,00 |
2° CATEGORIA | $ 4.225,00 | $ 4.732,00 | $ 5.239,00 | $ 5.746,00 |
3° CATEGORIA | $ 4.150,00 | $ 4.648,00 | $ 5.146,00 | $ 5.644,00 |