Ministerio de Educación

EDUCACION

Resolución 17/2014

Créase el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales.

Bs. As., 17/1/2014

VISTO el Expediente N° 22309/13 del registro de este Ministerio, la Ley de Educación Nacional N° 26.206, el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 115/10, y la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 59/08; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 15 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece que el Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura unificada en todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los títulos y certificados que se expidan.

Que el artículo 115 de la misma norma establece que el Poder Ejecutivo Nacional a través de este Ministerio será la autoridad de aplicación de la presente Ley, entre cuyas funciones se encuentra el dictado de normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseños curriculares de las jurisdicciones, y otorgar validez nacional a los títulos y certificaciones de estudios.

Que el Decreto PEN N° 115/2010 establece como responsabilidad primaria de la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS la gestión de las tramitaciones conducentes al otorgamiento de validez nacional para los títulos y certificados correspondientes a las ofertas educativas existentes en el país, y la ejecución del Sistema Federal de Títulos con Resguardo Documental.

Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución CFE N° 59/08 uno de los objetivos del Sistema Federal de Títulos es registrar las firmas de los agentes legalizadores educativos de las distintas jurisdicciones.

Que en la actualidad la intervención del MINISTERIO DEL INTERIOR finaliza el proceso de legalización de los certificados de estudios dentro del territorio nacional.

Que esta intervención certifica la firma de las autoridades educativas de jurisdicción nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la legalización del MINISTERIO DEL INTERIOR se realiza en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que dada la extensión del territorio nacional, la legalización aludida en el considerando anterior trae aparejado dificultades en la movilidad estudiantil, en la escolarización y en la prosecución de estudios de los alumnos.

Que para facilitar tales aspectos resulta necesario contar con un registro virtual único de firmas de los agentes legalizadores de las distintas jurisdicciones, a fin de que todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puedan tener acceso al mismo y así poder confrontar la autenticidad de la intervención de la autoridad educativa en los certificados de estudios.

Que por lo expuesto anteriormente resulta necesario formalizar la creación del Registro Virtual de Firmas Educativas.

Que la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, Decreto Nacional N° 355/2002 (artículo 23 quarter, punto 14) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1° — Crear el “Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales” cuyos lineamientos se establecen en el Anexo de la presente Resolución.

Art. 2° — Establecer que el Registro creado en el ARTICULO 1° será coordinado y administrado por la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, y posteriormente archívese. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO

• Introducción

A fin de facilitar la movilidad estudiantil, la escolarización de los alumnos y la prosecución de estudios en todo el territorio nacional, la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS coordinará y administrará el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu) con el objetivo de facilitar a las áreas de títulos de las distintas jurisdicciones del país la posibilidad de verificar la autenticidad.

Podrán acceder a dicho registro, con un usuario y una clave personalizada, los referentes del Sistema Federal de Títulos y quienes ellos habiliten dentro de sus respectivas jurisdicciones, informándolo a la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios.

De esta forma se tratará de simplificar el proceso de legalización, sin tener los interesados la necesidad de legalizar sus certificados por el Ministerio del Interior. El procedimiento que a continuación se detalla regirá solamente para los certificados de estudios de nivel completo emitidos a través del Sistema Federal de Títulos con papel moneda, es decir, de los títulos y certificados emitidos a partir del 1 de enero de 2010, o a partir del 1 de enero de 2009 para los emitidos por las jurisdicciones que utilizaron Serie de planilla 2008; y para los certificados de estudios de nivel incompleto emitidos por el Sistema Federal de Títulos.

Para el caso de los certificados de estudios que se presenten en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y dado que el Ministerio del Interior se encuentra en ese territorio, los mismos podrán seguir siendo intervenidos por dicho organismo. La verificación de la autenticidad de los certificados no implicará la intervención en los originales del mismo por parte de la jurisdicción receptora. Quedará a decisión jurisdiccional la emisión o no de una constancia que acredite la verificación realizada.

• Objetivos

- Registrar en forma virtual las firmas de los agentes legalizadores educativos de las distintas jurisdicciones.

- Facilitar la movilidad estudiantil, la escolarización y la prosecución de estudios de los estudiantes que se trasladan de una jurisdicción a otra.

- Ampliar la participación de los sujetos controladores de los certificados de estudios a fin de potenciar la detección de documentación apócrifa.

• Procedimiento

Altas y Bajas del ReNaFEJu

- Al dar de alta en el ámbito jurisdiccional la firma de un agente educativo legalizador, el referente del Sistema Federal de Títulos enviará a la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS la resolución o disposición del nombramiento del agente autorizado/a junto con la ficha de firma que se detalla a continuación:


- La DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS, al recibir ambos documentos, procederá a subir la Ficha de Firmas al ReNaFEJu ubicado en el sitio web www.me.gov.ar/sistemas/regfirmas.

- Cuando se produzca la baja de una firma, el referente del Sistema Federal de Títulos de la jurisdicción remitirá a la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS una nota, junto con la normativa correspondiente, indicando el nombre, apellido y la fecha de baja de la firma en cuestión.

Verificación de firmas de las autoridades educativas jurisdiccionales

Modelo de constancia de autenticidad de firma en estudios de nivel completo


Modelo de constancia de autenticidad de firma en estudios de nivel incompleto