Ministerio de Educación
EDUCACION
Resolución 17/2014
Créase el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales.
Bs. As., 17/1/2014
VISTO el Expediente N° 22309/13 del registro de este Ministerio, la Ley
de Educación Nacional N° 26.206, el Decreto del PODER EJECUTIVO
NACIONAL N° 115/10, y la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N°
59/08; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece
que el Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura unificada en
todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y
articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez
nacional de los títulos y certificados que se expidan.
Que el artículo 115 de la misma norma establece que el Poder Ejecutivo
Nacional a través de este Ministerio será la autoridad de aplicación de
la presente Ley, entre cuyas funciones se encuentra el dictado de
normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseños
curriculares de las jurisdicciones, y otorgar validez nacional a los
títulos y certificaciones de estudios.
Que el Decreto PEN N° 115/2010 establece como responsabilidad primaria
de la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS la gestión de
las tramitaciones conducentes al otorgamiento de validez nacional para
los títulos y certificados correspondientes a las ofertas educativas
existentes en el país, y la ejecución del Sistema Federal de Títulos
con Resguardo Documental.
Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución CFE N° 59/08 uno de
los objetivos del Sistema Federal de Títulos es registrar las firmas de
los agentes legalizadores educativos de las distintas jurisdicciones.
Que en la actualidad la intervención del MINISTERIO DEL INTERIOR
finaliza el proceso de legalización de los certificados de estudios
dentro del territorio nacional.
Que esta intervención certifica la firma de las autoridades educativas
de jurisdicción nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Que la legalización del MINISTERIO DEL INTERIOR se realiza en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que dada la extensión del territorio nacional, la legalización aludida
en el considerando anterior trae aparejado dificultades en la movilidad
estudiantil, en la escolarización y en la prosecución de estudios de
los alumnos.
Que para facilitar tales aspectos resulta necesario contar con un
registro virtual único de firmas de los agentes legalizadores de las
distintas jurisdicciones, a fin de que todas las provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires puedan tener acceso al mismo y así poder
confrontar la autenticidad de la intervención de la autoridad educativa
en los certificados de estudios.
Que por lo expuesto anteriormente resulta necesario formalizar la creación del Registro Virtual de Firmas Educativas.
Que la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, Decreto
Nacional N° 355/2002 (artículo 23 quarter, punto 14) y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Crear el
“Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales” cuyos
lineamientos se establecen en el Anexo de la presente Resolución.
Art. 2° — Establecer que el
Registro creado en el ARTICULO 1° será coordinado y administrado por la
DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, y posteriormente archívese. — Alberto E. Sileoni.
ANEXO
• Introducción
A fin de facilitar la movilidad estudiantil, la escolarización de los
alumnos y la prosecución de estudios en todo el territorio nacional, la
DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS coordinará y
administrará el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales
(ReNaFEJu) con el objetivo de facilitar a las áreas de títulos de las
distintas jurisdicciones del país la posibilidad de verificar la
autenticidad.
Podrán acceder a dicho registro, con un usuario y una clave
personalizada, los referentes del Sistema Federal de Títulos y quienes
ellos habiliten dentro de sus respectivas jurisdicciones, informándolo
a la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios.
De esta forma se tratará de simplificar el proceso de legalización, sin
tener los interesados la necesidad de legalizar sus certificados por el
Ministerio del Interior. El procedimiento que a continuación se detalla
regirá solamente para los certificados de estudios de nivel completo
emitidos a través del Sistema Federal de Títulos con papel moneda, es
decir, de los títulos y certificados emitidos a partir del 1 de enero
de 2010, o a partir del 1 de enero de 2009 para los emitidos por las
jurisdicciones que utilizaron Serie de planilla 2008; y para los
certificados de estudios de nivel incompleto emitidos por el Sistema
Federal de Títulos.
Para el caso de los certificados de estudios que se presenten en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y dado que el Ministerio del Interior
se encuentra en ese territorio, los mismos podrán seguir siendo
intervenidos por dicho organismo. La verificación de la autenticidad de
los certificados no implicará la intervención en los originales del
mismo por parte de la jurisdicción receptora. Quedará a decisión
jurisdiccional la emisión o no de una constancia que acredite la
verificación realizada.
• Objetivos
- Registrar en forma virtual las firmas de los agentes legalizadores educativos de las distintas jurisdicciones.
- Facilitar la movilidad estudiantil, la escolarización y la
prosecución de estudios de los estudiantes que se trasladan de una
jurisdicción a otra.
- Ampliar la participación de los sujetos controladores de los
certificados de estudios a fin de potenciar la detección de
documentación apócrifa.
• Procedimiento
Altas y Bajas del ReNaFEJu
- Al dar de alta en el ámbito jurisdiccional la firma de un agente
educativo legalizador, el referente del Sistema Federal de Títulos
enviará a la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS la
resolución o disposición del nombramiento del agente autorizado/a junto
con la ficha de firma que se detalla a continuación:
- La DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS, al recibir
ambos documentos, procederá a subir la Ficha de Firmas al ReNaFEJu
ubicado en el sitio web www.me.gov.ar/sistemas/regfirmas.
- Cuando se produzca la baja de una firma, el referente del Sistema
Federal de Títulos de la jurisdicción remitirá a la DIRECCION DE
VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS una nota, junto con la normativa
correspondiente, indicando el nombre, apellido y la fecha de baja de la
firma en cuestión.
Verificación de firmas de las autoridades educativas jurisdiccionales
Modelo de constancia de autenticidad de firma en estudios de nivel completo
Modelo de constancia de autenticidad de firma en estudios de nivel incompleto