MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1682/2013

Registro Nº 1308/2013

Bs. As., 11/11/2013

VISTO el Expediente N° 1.586.476/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente N° 1.586.476/13 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen un incremento en los adicionales por “Antigüedad” y “Nivel Jerárquico”, el que resulta complementario del Acuerdo suscripto el 27 de mayo de 2013 que fuera homologado por la Resolución S.T. N° 711 de fecha 27 de junio de 2013, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75, conforme surge de los términos y condiciones del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, que luce a fojas 3/4 del Expediente N° 1.586.476/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente N° 1.586.476/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.586.476/13

Buenos Aires, 12 de Noviembre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1682/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1308/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N° 1.586.476/13

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de septiembre de 2013, siendo las 15:00 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de LA ASOCIACION BANCARIA, con domicilio en Avda. Sarmiento 341, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Sergio PALAZZO, Secretario General del Secretariado General Nacional, el Sr. Gustavo Eduardo DIAZ (DNI 12.246.729), Secretario Gremial Secretariado General Nacional, el Sr. Carlos IRRERA (DNI 20573412), en calidad de Prosecretario de Acción Gremial Nacional, la Sra. Alejandra ESTOUP (DNI 14.951.111), Secretaria General Seccional Buenos Aires, el Sr. Oscar A. CHAMORRO FERNANDEZ (DNI 10.407.469), Secretario de Organización y Cap. Sindical de la Seccional Buenos Aires, y el Sr. Gabriel BOSI (DNI 11.159.627), la Sra. Julia Nora DE LA FUENTE (DNI 14.877.478), el Sr. Raúl Emilio GINOCCHIO (DNI 13.982.951), miembros paritarios, el Sr. Gustavo CAVIGLIA GRIGERA (DNI 16.677.065) y el Sr. Federico Miguel RUFFINO (DNI 25.669.084), miembros de la Comisión Gremial Interna, con el patrocinio del Dr. Francisco Andrés ROJAS (DNI 14.456.937); en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio en Reconquista 266, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sra. María del Carmen BERNINI (DNI 13.641.483) y la Sra. Liliana Graciela GARCIA (DNI 10.894.723), apoderadas y miembros paritarios, condición que acreditan mediante copia simple de poder que firma ante mí, juramentando su validez, con el patrocinio letrado de la Dra. Valeria Andrea BUSCAGLIA (DNI 24.308.301). Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, cedida la palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que: como continuación de las negociaciones llevadas a cabo en el mes de mayo del corriente año HAN LLEGADO A UN ACUERDO COMPLEMENTARIO referido al incremento salarial correspondiente al año 2013, fijado en el Acta Acuerdo del 27/05/13, que seguidamente se detalla:

CLAUSULA PRIMERA: Adicional por antigüedad

Las partes acuerdan que el “Adicional por Antigüedad” que fuera establecido por Acta Acuerdo del 09/06/2005, el cual se calcula sobre la base de un valor fijo por cada año de antigüedad efectivamente trabajado como personal de este Banco Central, ascenderá por año, a partir del 01/01/13 a los siguientes importes:

a) Enero/Febrero: $ 180 (pesos ciento ochenta) por cada año de antigüedad.

b) Marzo/Junio: $ 190 (pesos ciento noventa) por cada año de antigüedad.

c) Julio en adelante: $ 200 (pesos doscientos) por cada año de antigüedad.

CLAUSULA SEGUNDA: Adicional Nivel Jerárquico

Las partes acuerdan que el adicional percibido bajo la denominación “Adicional Nivel Jerárquico” instituido por la Resolución de Directorio N° 149/2008, se incrementará a partir del 01/01/13 del modo que sigue:

a) Enero/Junio: 12% (doce por ciento) sobre el valor del mes de enero 2013.

b) Julio en adelante: 24% (veinticuatro por ciento) sobre el valor del mes de marzo/2013 sin acumular lo previsto en el punto anterior.

CLAUSULA TERCERA: Retroactivo

Las diferencias retroactivas que resulten de lo acordado, por el período enero/junio 2013, no podrán ser inferiores a la suma de $ 5.500 (pesos cinco mil quinientos).

CLAUSULA CUARTA: Homologación

Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la pronta homologación del presente acuerdo.

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación sindical que, atento lo normado por la Ley 14.250 (T.O.) Decreto N° 108/88, en el plazo de diez (10) días, deberán acompañar designación de miembros paritarios para la Comisión Negociadora suscripta por el representante legal de la entidad. Cumplido ello, que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicitan su homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 15:45 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.