MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Nº 15/2014
Bs. As., 24/1/2014
VISTO la Disposición N° 408/12, dictada por esta Dirección General, con fecha 13 de noviembre de 2012, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma se actualizaron los valores para las
Contribuciones de la Ley 17.050, a partir del 21 de noviembre de 2012.
Que los valores fijados en dicha oportunidad han quedado
desactualizados, lo cual ha motivado una adecuación de las referidas
Contribuciones, de conformidad con el detalle que se anexa a la
presente.
Que para ello, se ha seguido el mecanismo establecido por el artículo
2° del Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica Financiera,
celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el
Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, administrador de
los fondos de la Ley 17.050.
Que, habiéndose cumplimentado los requisitos estipulados por el citado
artículo 2°, procede el dictado de la presente, a fin que, previo
conocimiento por parte de los señores usuarios, se apliquen los valores
que por la misma se establecen.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — A partir del 03 de febrero de 2014, actualícense los
valores de las Contribuciones Ley 17.050, fijados por la Disposición N°
408/12, de conformidad con los montos resultantes del detalle que se
anexa a la presente, según lo establece la mencionada Ley y el Convenio
vigente.
ARTICULO 2° — Las solicitudes de registración de documentos notariales
autorizados con anterioridad a la fecha de aplicación de la presente,
oblarán las Contribuciones según los valores establecidos por la
Disposición N° 408/12, hasta el día 14 de febrero del año en curso,
inclusive.
ARTICULO 3° — Comuníquese a la Secretaría de Asuntos Registrales, a la
Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión Registral y, al
Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de
administrador de los fondos de la Ley 17.050. Notifíquese a todas las
Direcciones. Hágase saber a los Colegios Profesionales interesados.
Remítase copia por la vía de práctica al Boletín Oficial, solicitando
su publicación en el mismo con los recaudos de Ley. Dése adecuada
difusión para conocimiento de los señores usuarios. Tómese nota de lo
dispuesto. Cumplido, archívese. — Dr. HUGO R. PARODI, Director General,
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos.
Valores Contribuciones Ley 17.050
e. 30/01/2014 Nº 4763/14 v. 30/01/2014