MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 2125/2013


Registro Nº 85/2014


Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Expediente N° 1.489.021/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 del Expediente N° 1.499.846/12 agregado a foja 222 del Expediente N° 1.489.021/12 obra el acuerdo celebrado por la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.) y la ASOCIACION ARGENTINA EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/73, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del acuerdo se corresponde con la representatividad de los agentes firmantes.

Que las partes acreditan la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado por la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.) y la ASOCIACION ARGENTINA EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR obrante a foja 3 del Expediente N° 1.499.846/12 agregado como foja 222 al Expediente N° 1.489.021/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registros, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a foja 3 del Expediente N° 1.499.846/12 agregado como foja 222 Expediente N° 1.489.021/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/73.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.489.021/12

Buenos Aires, 09 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2125/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente 1.499.846/12 agregado como fojas 222 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 85/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N° 1499846/12

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes junio de 2012, siendo las 19.3 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante el Secretario de Conciliación, Lic. Sebastián KOUTSOVITIS; en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR con domicilio en Moreno N° 2969 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo hacen los señores Oscar MATA, Secretario de Asuntos Gremiales, Hugo BARRIOS, Walter VERA, Reinaldo MORALES, todos miembros del Consejo Directivo Nacional conjuntamente con el patrocinio letrado de la Doctora Karina MALFONE y por la representación ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (AAETA) con domicilio en Bernardo de Irigoyen N° 330, piso 6°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo hacen los señores Eduardo ZBIKOSKI, presidente, Marcelo GONZALVEZ, Gerente, ambos con el patrocinio del doctor Gastón DE LA FARE.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y luego de darle vista a las partes de todo lo actuado, se le concede el uso de la palabra a la parte empleadora quien manifiesta: que ratifica el acuerdo arribado con la UTA en el Expediente N° 1489021/10 y por lo tanto lo hace extensivo a las empresas afiliadas a la misma que estén comprendidos dentro del ámbito de aplicación del referido acuerdo, correspondiendo a las empresas de corta y media distancia que desarrollan sus servicios en el ámbito del AMBA.

Concedida el uso de la palabra a la parte sindical manifiesta: acepta y consiente que el acuerdo firmado referido por la parte empresaria en el apartado anterior sea aplicado a las empresas afiliadas a la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR en todos sus alcances y efectos dado que dentro del ámbito de las empresas comprendidas en el AMBA (corta y media distancia) comprenden trabajadores convencionados dentro del CCT 460/73 aplicable al autotransporte público de pasajeros representados por este gremio.

En este estado y no siendo para más, a las 20.00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.