MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 2134/2013


Registro Nº 75/2014


Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Expediente N° 1.593.361/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/8 del Expediente N° 1.593.361/13 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo las partes establecen la incorporación de una nueva categoría profesional y determinan los básicos salariales de la misma, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 14/89 “E”, suscripto oportunamente por las mismas partes.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 5/8 del Expediente N° 1.593.361/13 celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/8 del Expediente N° 1.593.361/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 14/89 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.593.361/13

Buenos Aires, 09 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2134/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/8 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 75/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL

MERCEDES-BENZ - S.M.A.T.A.

En la ciudad de Buenos Aires y en sede de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A., a los 29 días del mes de octubre de 2013, se reúnen los Señores Diego A. Tyburec DNI N° 17.363.409, Sebastián Pillado DNI N° 27.649.960, Marcelo Nardelli DNI N° 17.003.419 en representación de la Empresa MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A., en adelante LA EMPRESA y los Señores Ricardo Pignanelli DNI N° 10.872.297, Héctor Chaparro DNI N° 12.353.906, Gustavo Morán DNI N° 12.349.768, Juan Héctor Picchio DNI N° 8.461.911, Néstor A. Valle DNI N° 25.765.836 en representación del Consejo Directivo del SINDICATO MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, junto a los Señores Mario Ibarra DNI N° 21.326206, Alejandro Castro DNI N° 23.248.330, en el carácter de miembros paritarios del SINDICATO Y COMISION INTERNA DE RECLAMOS en representación del SINDICATO MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, en adelante SMATA, con el objeto de suscribir el presente Acuerdo de naturaleza convencional, en el marco del CCT 14/89 “E” y del cual este instrumento pasará a ser parte inescindible del mismo.

I.- Las partes acuerdan a partir del 01/11/2013 la incorporación de una nueva categoría profesional dentro de la Escala prevista en el CCT 14/89 “E”, del cual este instrumento pasa a formar parte, la misma consistirá en la categoría E.E., correspondiente al puesto “ELECTRONICO ESPECIALISTA”, cuya descripción de funciones y tareas se describe en el Anexo I que integra el presente acuerdo a través del cual se modifica parcialmente la convención colectiva de trabajo de empresa.

II.- Esta nueva categoría tendrá un salario básico desde la fecha indicada en el punto anterior de $ 77,82 (pesos setenta y siete con 82 cvs.), valor que se actualizará conforme a los incrementos salariales que se pacten en el marco de la negociación paritaria a través de la cual se renuevan las condiciones salariales imperantes.

III.- Por tratarse de la adición de una nueva categoría al convenio colectivo de trabajo vigente, las partes presentarán este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con el propósito de obtener la homologación prevista en la Ley 14.250, de modo tal que esta nueva definición se integre a la Escala Salarial vigente y que de este modo quedará integrada conforme a continuación se consigna en el Anexo II.

En muestra de conformidad, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO

MERCEDES-BENZ ARGENTINA





ANEXO I