MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 2134/2013
Registro Nº 75/2014
Bs. As., 30/12/2013
VISTO el Expediente N° 1.593.361/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/8 del Expediente N° 1.593.361/13 obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la
empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector
empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho acuerdo las partes establecen la incorporación de
una nueva categoría profesional y determinan los básicos salariales de
la misma, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
14/89 “E”, suscripto oportunamente por las mismas partes.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo
se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la
representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 5/8 del
Expediente N° 1.593.361/13 celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y
AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el
sector sindical y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,
por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 5/8 del Expediente N° 1.593.361/13.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 14/89 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.593.361/13
Buenos Aires, 09 de Enero de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2134/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/8 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 75/14. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO CONVENCIONAL
MERCEDES-BENZ - S.M.A.T.A.
En la ciudad de Buenos Aires y en sede de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A.,
a los 29 días del mes de octubre de 2013, se reúnen los Señores Diego
A. Tyburec DNI N° 17.363.409, Sebastián Pillado DNI N° 27.649.960,
Marcelo Nardelli DNI N° 17.003.419 en representación de la Empresa
MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A., en adelante LA EMPRESA y los Señores
Ricardo Pignanelli DNI N° 10.872.297, Héctor Chaparro DNI N°
12.353.906, Gustavo Morán DNI N° 12.349.768, Juan Héctor Picchio DNI N°
8.461.911, Néstor A. Valle DNI N° 25.765.836 en representación del
Consejo Directivo del SINDICATO MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR, junto a los Señores Mario Ibarra DNI N° 21.326206, Alejandro
Castro DNI N° 23.248.330, en el carácter de miembros paritarios del
SINDICATO Y COMISION INTERNA DE RECLAMOS en representación del
SINDICATO MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, en adelante
SMATA, con el objeto de suscribir el presente Acuerdo de naturaleza
convencional, en el marco del CCT 14/89 “E” y del cual este instrumento
pasará a ser parte inescindible del mismo.
I.- Las partes acuerdan a partir del 01/11/2013 la incorporación de una
nueva categoría profesional dentro de la Escala prevista en el CCT
14/89 “E”, del cual este instrumento pasa a formar parte, la misma
consistirá en la categoría E.E., correspondiente al puesto “ELECTRONICO
ESPECIALISTA”, cuya descripción de funciones y tareas se describe en el
Anexo I que integra el presente acuerdo a través del cual se modifica
parcialmente la convención colectiva de trabajo de empresa.
II.- Esta nueva categoría tendrá un salario básico desde la fecha
indicada en el punto anterior de $ 77,82 (pesos setenta y siete con 82
cvs.), valor que se actualizará conforme a los incrementos salariales
que se pacten en el marco de la negociación paritaria a través de la
cual se renuevan las condiciones salariales imperantes.
III.- Por tratarse de la adición de una nueva categoría al convenio
colectivo de trabajo vigente, las partes presentarán este acuerdo ante
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con el propósito de
obtener la homologación prevista en la Ley 14.250, de modo tal que esta
nueva definición se integre a la Escala Salarial vigente y que de este
modo quedará integrada conforme a continuación se consigna en el Anexo
II.
En muestra de conformidad, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO
MERCEDES-BENZ ARGENTINA
ANEXO I