MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 1044/2013
Registro Nº 1580/2013
Bs. As., 11/12/2013
VISTO el Expediente N° 1.526.289/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 obra el acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA
por la parte gremial y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA
BLANCA por la parte empresaria, ratificado a foja 49 y a foja 56 por
medio de las Actas que lo integran, del Expediente N° 1.526.286/12,
conforme a lo establecido a la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen un
incremento salarial en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
24/75, conforme las prescripciones y demás consideraciones a cuyo texto
se remite.
Que cabe destacar que las partes han convenido que la vigencia del acuerdo opera a partir del día 1 de Mayo de 2012.
Que en relación a lo convenido, es dable señalar que, tanto el ámbito
personal como el territorial de aplicación, quedan circunscriptos a la
correspondencia de la representatividad de los agentes negociadores
signantes del mismo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de
efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, a fin de
dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto N° 738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3,
celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO DE GESTION DEL
PUERTO DE BAHIA BLANCA, ratificado a foja 49 y a foja 56 por medio de
las Actas que lo integran, del Expediente N° 1.526.289/13, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por ante la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre
el presente acuerdo obrante a fojas 2/3 y las Actas de ratificación de
foja 49 y de foja 56 que lo integran, del Expediente N° 1.526.289/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y
Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido,
procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5° de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.526.289/12
Buenos Aires, 12 de Diciembre de 2013
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 1044/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3, 49 y 56 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1580/13. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA - ACUERDO
Entre el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, representado
por su Presidente Cdor. Hugo Borelli y el Gerente General Ing. Valentín
MORAN, con domicilio legal en Av. Mario M. Guido s/N° del Puerto de
Ingeniero White - Bahía Blanca - Provincia de Buenos Aires y la UNION
FERROVIARIA, representada por su Secretario General Cro. D’ANGELLA
GUILLERMO, su Secretario de Educación Cultura y Capacitación
Tecnológica Sr. Eduardo Raúl FUERTES, su Asesor Legal Dr. Hernán
Córdoba, conjuntamente con el Delegado del Personal Sr. Miguel A.
AYOROA, con domicilio legal en Avda. Independencia 2880 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, convienen en celebrar la presente
ACTA-ACUERDO, sujeta a las siguientes cláusulas y condiciones.
PRIMERO: Las partes con el objetivo de recomponer la capacidad
adquisitiva del salario del personal empleado y obrero del Consorcio de
Gestión del Puerto de Bahía Blanca representado por la Unión
Ferroviaria. Pactan incrementar sus salarios conforme la planilla
adjunta (Anexo 1) a partir del 01 de Mayo de 2012, todo ello dentro del
marco normativo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo N°
24/75, Acta de fecha 16 de Noviembre de 1993 homologada por la
Autoridad de Aplicación mediante Disposición N° 1055-DNRT-95.
De conformidad, las partes firman tres (3) ejemplares de la presente
Acta-Acuerdo y del Anexo 1 adjunto, un ejemplar para cada parte y otro
para ser elevado al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de
la Nación (Expediente 1.045.129/01) solicitando la homologación del
presente.
En la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a los 17 días del mes de Agosto de 2012.-
ANEXO 1
CONSORCIO DE GESTION PUERTO BAHIA BLANCA
UNION FERROVIARIA
Escala Salarial: Vigencia 01 de Mayo de 2012
Título
Secundario 5% del básico del nivel
Terciario 10% del básico del nivel
Universitario 15% del básico del nivel
Posgrado 20% del básico del nivel
EXPTE N° 1526289/12
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 8 días de marzo de 2013, siendo las
11.30 hs., comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL - Dirección de Negociación Colectiva ante el Sr. Secretario de
Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, Jaime
Colombres Garmendia, por UNION FERROVIARIA comparece los Sres. Eduardo
R. FUENTES en su carácter de Secretario de Educación y Capacitación
Tecnológica, Mauro Ariel COMMISSO y el Sr. Miguel Angel AYOROA ambos en
carácter de delegados de personal.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la
palabra al sector sindical manifiesta que: viene en este acto a
ratificar en todo y cada una de sus partes el acuerdo al que arribaron
en forma directa, dentro del marco normativo del CCT N° 24/75,
reiterando el pedido de homologación.
Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante
observa que previa elevación del expediente de referencia a la Asesoría
Técnico Legal a los efectos de que emita opinión al respecto, se
encuentra pendiente la ratificación del sector empresario.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 15:00 horas,
labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para
constancia ante el actuante que certifica.
EXPTE N° 1526289/12
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 9 días de mayo de 2013, siendo las
12.00 hs., comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL - Dirección de Negociación Colectiva ante el Sr. Secretario de
Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, Jaime
Colombres Garmendia, por CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA
BLANCA comparece el Dr. Victor Hugo COLACE en su carácter de apoderado
según copia adjunta.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la
palabra al sector empleador manifiesta que: viene en este acto a
ratificar en todo y cada una de sus partes el acuerdo al que arribaron
en forma directa, dentro del marco normativo del CCT N° 24/75,
reiterando el pedido de homologación.
Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante
en uso de sus facultades elevara las presentes actuaciones a la
Asesoría Técnico Legal a los efectos de que emita opinión respecto de
la homologación solicitada.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 12:30 horas,
labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para
constancia ante el actuante que certifica.