EMPRESAS DEL ESTADO
Decreto Nº 1.705/1971
Yacimientos Petrolíferos Fiscales. Intervención.
Bs. As., 8/6/71
Visto que es de decisión irrevocable del Gobierno Nacional mantener la
actual política de petróleo con el objeto de lograr el
autoabastecimiento como forma decisiva de afianzar la soberanía y el
control de la economía nacional y
CONSIDERANDO:
Que la acción a desarrollar debe estar regida por las normas
determinadas en las Políticas Nacionales y el Plan Nacional de
Desarrollo y Seguridad 1971-1975;
Que para que ello sea factible debe asegurarse un creciente impulso a
Yacimientos Petrolíferos Fiscales a fin de que pueda desempeñar
eficientemente el rol protagónico que la Revolución Argentina le ha
asignado;
Que diversos funcionarios de dicha empresa sobre la base de
desinteligencias de orden administrativo y personal pretenden
caracterizar la actual situación con matices de orden político aspecto éste totalmente reñido con la realidad;
Que es inadmisible para el Gobierno Nacional que postulaciones como las
mencionadas entorpezcan el buen funcionamiento de las Empresas del
Estado trabando en consecuencia el logro de las metas fijadas;
Que las Fuerzas Armadas de la Nación han asumido ante el pueblo de la
República la responsabilidad fundamental de coadyuvar directamente en
todo lo que haga al desarrollo y seguridad nacionales;
Por ello
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º- Declárase intervenido a Yacimientos Petrolíferos Fiscales.
Art. 2º- Desígnase interventor
de Yacimientos Petrolíferos Fiscales al señor General de Brigada don
Jorge Raúl Carcagno, quién ejercerá todas las funciones que el Decreto
Nº 11.566 asigna al Administrador General de la Empresa.
Art. 3º- El Interventor de
Yacimientos Petrolíferos Fiscales será asesorado en su gestión por un
grupo de oficiales superiores y jefes a proponer por los Comandos en
Jefe respectivos.
Art. 4º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSE
Arturo Mor Roig.