ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 43/2014
Asunto: Solicitud de excusación de intervención en la sustanciación de
cargos de auditoría ejecutados en jurisdicción de la Dirección Regional
Devoluciones a Exportadores.
Bs. As., 11/2/2014
VISTO las presentes actuaciones, relativas a la solicitud de excusación
de intervención de la titular de la Subdirección General de Auditoría
Interna en la sustanciación del cargo de auditoría LOI 5/2013,
concerniente a controles ejecutados en jurisdicción de la Dirección
Regional Devoluciones a Exportadores, y
CONSIDERANDO:
Que, tal como lo refiere en su solicitud la funcionaria se desempeñó
hasta el 21 de noviembre de 2013 como Directora de la citada Dirección
Regional, fecha a partir de la cual —mediante Disposición Nº 507/2013
(AFIP)— fue designada titular de la Subdirección General referida
precedentemente.
Que conforme a lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 19.549
deviene procedente la excusación planteada por la Subdirectora General
de la Subdirección General de Auditoría Interna.
Que resulta razonable aceptar la petición de la funcionaria titular del
área, en los casos en que la excusación proceda, según los lineamientos
de la Disposición Nº 5/13 (SDG AUI).
Que ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618/97.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Aceptar la excusación planteada por la Subdirectora
General de la Subdirección General de Auditoría Interna en lo relativo
a su intervención en la sustanciación actual de los procesos existentes
y habidos durante su desempeño como Directora de la Dirección Regional
Devoluciones a Exportadores.
ARTICULO 2°: Establecer el siguiente orden de reemplazo para la
sustitución de dicha Instancia en la sustanciación de los cargos de
auditoría referidos en el artículo precedente:
1°) Director de la Dirección de Auditoría de Procesos Operativos.
2°) Director de la Dirección de Auditoría de Operaciones Centrales.
3°) Director de la Dirección de Auditoría de Procesos Legales.
ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese a los interesados, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.
Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
e. 18/02/2014 Nº 8950/14 v. 18/02/2014