MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 23/2014
Registro Nº 98/2014
Bs. As., 9/1/2014
VISTO el Expediente N° 1.593.796/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 23/24 del Expediente N° 1.593.796/13, obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE
LA REPUBLICA ARGENTINA y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE
SERVICIO FUNEBRE Y AFINES, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo las partes pactan un incremento salarial a
partir del 1 de enero de 2014, conforme a los términos y condiciones
del texto pactado.
Que el presente texto negocial se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 534/08.
Que así también se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
texto suscripto.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que correspondería que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del acuerdo, se proceda a elaborar, por intermedio de la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto
de base promedio y tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo
prescripto en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias, que impone a este Ministerio la obligación de fijar los
promedios de las remuneraciones y el tope indemnizatorio al cálculo de
la indemnización que le corresponde a los trabajadores en caso de
extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto N° 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIO FUNEBRE Y
AFINES a fojas 23/24 del Expediente N° 1.593.796/13, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DIRECCION
GENERAL DE REGISTRO, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 23/24 del Expediente N°
1.593.796/13.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase
a la guarda del presente legajo conjuntamente al Convenio Colectivo de
Trabajo N° 534/08.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.593.796/13
Buenos Aires, 13 de Enero de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 23/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 23/24 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 98/14. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
CCT 534/08
534/08 | ACTUAL | Ene-13 | Mar-13 | May-13 | Ene-14 |
AGRUPACION “A” |
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| 15% |
1° CATEGORIA | $ 4.300,00 | $ 4.816,00 | $ 5.332,00 | $ 5.848,00 | $ 6.725,20 |
2° CATEGORIA | $ 4.250,00 | $ 4.760,00 | $ 5.270,00 | $ 5.780,00 | $ 6.647,00 |
3° CATEGORIA | $ 4.200,00 | $ 4.704,00 | $ 5.208,00 | $ 5.712,00 | $ 6.568,80 |
4° CATEGORIA | $ 4.150,00 | $ 4.648,00 | $ 5.146,00 | $ 5.644,00 | $ 6.490,60 |
AGRUPACION “B” |
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1° CATEGORIA | $ 4.275,00 | $ 4.788,00 | $ 5.301,00 | $ 5.814,00 | $ 6.686,10 |
2° CATEGORIA | $ 4.225,00 | $ 4.732,00 | $ 5.239,00 | $ 5.746,00 | $ 6.607,90 |
3° CATEGORIA | $ 4.150,00 | $ 4.648,00 | $ 5.146,00 | $ 5.644,00 | $ 6.490,60 |
AGRUPACION “C” |
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1° CATEGORIA | $ 4.275,00 | $ 4.788,00 | $ 5.301,00 | $ 5.814,00 | $ 6.686,10 |
2° CATEGORIA | $ 4.225,00 | $ 4.732,00 | $ 5.239,00 | $ 5.746,00 | $ 6.607,90 |
3° CATEGORIA | $ 4.150,00 | $ 4.648,00 | $ 5.146,00 | $ 5.644,00 | $ 6.490,60 |
Expediente N°: 1.593.796/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de
diciembre de 2013, siendo las 11.20 horas, comparecen previamente
citados en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación
Colectiva, ante mí, Secretaria de Conciliación del Departamento
Relaciones Laborales N° 2, Dra. Gladys IEMMA; en representación del
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, el Sr. Salvador VALENTE, en su carácter de Secretario
Gremial; por la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE SERVICIOS FUNEBRES
y AFINES, el Dr. Sergio RODRIGUEZ ONETO, en su carácter de apoderado.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista del estado de
las actuaciones, las partes manifiestan que han acordado nuevas
escalas salariales en el marco del CCT N° 534/08 cuya vigencia opera a
partir del 01 de enero de 2014, las cuales proceden a firmar ante mí.
Las partes manifiestan acordar las mismas a cuenta de la paritaria
2014, motivo por el cual volverán a reunirse en el mes de abril de
2014, sin perjuicio de ello, solicitan a esta Autoridad se proceda a su
pronta homologación.
En este estado y no siendo para más, a las 12:50 horas, se da por
finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.