AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 189/2014
Bs. As., 17/2/2014
VISTO el Expediente Nº 143/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los
fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos
especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de
comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos
Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos
de digitalización.
Que la actividad realizada por los servicios de comunicación
audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter
fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por la que
se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir,
difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.
Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº
1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la
administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del
artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a
la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un
comité de evaluación.
Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y
financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos que
impulsen el desarrollo y la sustentabilidad de los medios de
comunicación audiovisual bajo su titularidad.
Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo
específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras
que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y
utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la
conservación del acervo natural y cultural.
Que son objetivos de la mencionada Ley, el fortalecimiento de acciones
que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las
localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de
una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el
patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas
que integran la Nación, y la preservación y promoción de la identidad y
de los valores culturales de los Pueblos Originarios.
Que cabe destacar que la comunicación audiovisual resulta una actividad
de interés público y trascendencia social y que en ese marco cobran
asimismo importancia la preservación y el desarrollo de las actividades
previstas en la Ley Nº 26.522 como parte de las obligaciones del Estado
Nacional de salvaguardar el derecho a la información, a la
participación, la preservación y el desarrollo del Estado de Derecho,
así como los valores de la libertad de expresión.
Que en el cumplimiento de los mencionados objetivos, resulta necesario
convocar a concurso para el otorgamiento de subsidios a diversos
actores que constituyen el universo de los medios audiovisuales
atendiendo para ello a diversos factores tales como la sustentabilidad
económica de la actividad a promocionar, su importancia histórica,
cultural, y su distribución geográfica en el territorio nacional.
Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo
por el cual se apruebe el procedimiento de los concursos, requisitos y
condiciones para la presentación de los proyectos mencionados, su
posterior selección y ejecución.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL acordó el dictado del
presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Convócase a concurso abierto en todo el territorio
nacional a comunidades de pueblos originarios que cuenten con
autorización vigente, para el otorgamiento de subsidios de PESOS CIEN
MIL ($100.000.) para ser destinados a DIEZ (10) proyectos,
correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUALES —FOMECA— / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014.
ARTICULO 2° — Convócase a concurso abierto en todo el territorio
nacional a comunidades de pueblos originarios que cuenten con
autorización vigente, para el otorgamiento de subsidios de PESOS
TREINTA Y CINCO MIL ($35.000.) para ser destinados a DIECISEIS (16)
proyectos, correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUALES —FOMECA— / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
PRODUCCION RADIOFONICA 2014.
ARTICULO 3° — Apruébanse los Reglamentos para el llamado a concurso del
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES
/ COMUNICACION CON IDENTIDAD que, como Anexo I y II, forman parte de la
presente.
ARTICULO 4° — Encomiéndese al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION.
ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento del presente, no
excederá de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL ($1.560.000) y se
imputará a la partida correspondiente del presupuesto para el Ejercicio
2014.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese a la DIRECCION NACIONAL DE
DELEGACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio,
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
ANEXO I
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO
DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014
1. Nombre del Concurso
Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— / COMUNICACION CON IDENTIDAD / EQUIPAMIENTO PARA
RADIOS 2014, al concurso cuyas bases y condiciones se encuentran
establecidas en el presente Reglamento.
2. Objetivo
El objetivo del FOMECA / COMUNICACION CON IDENTIDAD / EQUIPAMIENTO PARA
RADIOS 2014 es fomentar la adquisición de equipamiento técnico para la
mejora de la emisión y recepción de las señales de servicios de
radiodifusión sonora autorizados a Comunidades de Pueblos Originarios
con su consiguiente certificación técnica, e incorporar y mejorar la
infraestructura física y tecnológica que permitan el normal desarrollo
de las tareas diarias.
3. Presentación del proyecto
El “FORMULARIO I” de Presentación y los formularios complementarios
podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).
Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de
proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de
contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar
La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el
pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento. El proyecto no
podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.
4. Requisitos para la presentación del proyecto
Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Realizar la inscripción online en el Registro FOMECA, al que se
podrá acceder a través de la página web de AFSCA (www.afsca.gob.ar).
2. Imprimir la hoja de Inscripción del Registro FOMECA e incorporarla
como primera hoja de la Carpeta de Presentación del Proyecto.
3. Completar el FORMULARIO I / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 según lo establecido en el presente
Reglamento.
4. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente se
escribirá la leyenda “FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUALES (FOMECA) / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014”, Nombre del proyecto, Región por la que
participa, Denominación de la comunidad solicitante, Localidad y
Provincia. A tal efecto la AFSCA proveerá la plantilla para ser
completada, impresa y pegada en el sobre.
5. El sobre debe contener una carpeta impresa y anillada que conste de
4 partes: 1. Hoja de Registro FOMECA; 2. Documentación; 3. Proyecto; 4.
Sobre con CD incluyendo el contenido digitalizado de la carpeta. Cada
una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y
firmada por el representante de la entidad.
6. Documentación Requerida:
6.1. Hoja impresa del registro FOMECA realizado de forma online.
6.2. Reconocimiento por parte del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS —INAI— u organismo provincial competente.
6.3. Fotocopia certificada del Estatuto.
6.4. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.
6.5. Constancia de CUIT.
6.6. Constancia de CBU.
6.7. Fotocopia de la Resolución de otorgamiento de la autorización.
6.8. Formularios de alta de beneficiario (3 formularios completados y
uno de ellos certificado por la entidad bancaria según corresponda),
para el pago del Tesoro de la Nación.
6.9. Tres (3) Presupuestos con membrete de los proveedores. |
7. Todas las hojas deberán estar firmadas por el representante de la
entidad o en su defecto por el apoderado. En este último caso deberá
presentar copia del poder que lo acredite como tal, en los términos del
artículo 31 y siguientes del Reglamento de Procedimientos
Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).
Cuando se adjunten fotocopias de documentos exigidos en el presente
reglamento, éstas deben hallarse certificadas por Entidad Bancaria; o
Registro Civil; o Autoridad Judicial Competente; o Escribano Público; o
por la máxima autoridad administrativa de la Delegación del AFSCA, en
cuya jurisdicción se encuentra la localidad donde se presta el servicio.
8. Solo serán considerados gastos elegibles para el cálculo de
inversión del proyecto, aquellos que estén vinculados en forma
inequívoca al objeto del proyecto, contribuyan al logro de los
resultados previstos en su formulación y respeten el principio de
independencia del proveedor.
5. Postulantes
Podrán ser postulantes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUALES (FOMECA) / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014, las comunidades de Pueblos Originarios
que cuenten con autorización para el funcionamiento de una estación de
radiodifusión sonora.
6. Proyectos elegibles y montos
Se financiarán montos de CIEN MIL PESOS ($ 100.000) por cada uno de los
DIEZ (10) proyectos ganadores de aquellas Comunidades de Pueblos
Originarios que cuenten con la debida autorización.
7. Subsidio
Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte
no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del
proyecto presentado. El subsidio cubrirá un monto fijo de hasta el
OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la totalidad del proyecto debiendo
las entidades complementar el mismo con un QUINCE POR CIENTO (15%) o
más en concepto de contrapartida.
Por consiguiente la distribución del subsidio y la correspondiente contraparte será de la siguiente manera:
MONTO TOTAL DEL PROYECTO | No menor a | $ 117.647.- | 100% |
SUBSIDIO | Igual a | $ 100.000.- | 85% |
CONTRAPARTE | No menor a | $ 17.647.- | 15% |
De esta manera los proyectos ganadores deberán considerar un plan de
inversión de por lo menos PESOS CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y SIETE ($ 117.647.-), de los cuales la AFSCA subsidiará el
OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de ese monto, que es equivalente a
PESOS CIEN MIL ($ 100.000), y la entidad deberá aportar al menos el
QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del proyecto, que equivale a
PESOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 17.647.-)
8. Destino de los fondos del subsidio.
El subsidio podrá aplicarse a los siguientes ítems:
1. GASTOS DE CAPITAL
1.A. Equipamiento tecnológico: Están incluidos en este rubro todos
aquellos equipamientos tecnológicos tales como antenas radiofónicas,
amplificador de audio, consolas o mixer, paneles acústicos, tendidos de
redes y telefonía, híbridos telefónicos, instrumental y accesorios
(micrófonos, auriculares, grabadores, discos externos, luz aire,
estabilizadores de tensión, racks, etc.), computadoras, notebooks,
tabletas, flota de trunking o celulares, receptor de señal de celular,
y todo otro material o equipamiento cuya asignación al proyecto en
materia tecnológica sea de identificación inequívoca y que sirva para
iniciar las emisiones o que impacte en la modernización de la emisora.
1.B. Adecuación edilicia: Están incluidos en este rubro todas las
intervenciones y obras (mampostería, pintura, tendido eléctrico,
iluminación, etc.) tendientes a mejorar las condiciones del lugar donde
se encuentra emplazada la radio, tales como el estudio de radio, la
sala de operación técnica, la sala de edición, la sala de equipos de
transmisión, la instalación de la torre de transmisión y las
instalaciones complementarias como baños, cocina, etc.
2. GASTOS CORRIENTES. RECURSOS HUMANOS.
Están comprendidas en este rubro las erogaciones correspondientes al
pago de honorarios profesionales, certificación técnica, consultoría,
etc.
Los honorarios correspondientes a recursos humanos cuyas funciones sean
operativas en el proyecto (coordinación general, asistente, etc.), no
podrán exceder los PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) mensuales, ni los PESOS
VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), por la duración total del proyecto, para
cada persona.
Los gastos de capital deberán cubrir el SETENTA POR CIENTO (70%) del
subsidio otorgado que corresponde a PESOS SETENTA MIL ($ 70.000.-)
mientras que los gastos de recursos humanos cubrirán el otro TREINTA
POR CIENTO (30%) equivalente a PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
9. Destino de los fondos de la contraparte.
Los gastos de contraparte podrán aplicarse a los mismos ítems
descriptos en el punto anterior, “Destino de los fondos del subsidio”,
más gastos de alquiler, servicios corrientes (luz, agua, gas, internet,
etc.), catering, y otras erogaciones no contempladas en el subsidio,
pudiendo asignarse sin restricciones ni limites porcentuales a
cualquiera de los rubros en tanto y en cuanto cubran por lo menos el
QUINCE POR CIENTO (15%) de la totalidad de los gastos del proyecto.
El esquema general de distribución del subsidio respecto de la aplicación de gastos y la contraparte será el siguiente:
GASTOS DE CAPITAL | $ 70.000.- |
RECURSOS HUMANOS | $ 30.000.- |
TOTAL SUBSIDIO | $ 100.000.- |
TOTAL CONTRAPARTE | $ 17.647.- |
TOTAL PROYECTO | $ 117.647.- |
10. Gastos excluidos.
No podrán incluirse en el presupuesto y rendición de gastos del proyecto, ninguno de los ítems que se señalan a continuación:
1. Reestructuración de deudas.
2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso
3. Pago de cesantías.
4. Compras de inmuebles.
5. Adquisición de bienes usados que no tengan afectación específica.
6. Impuestos, tasas, etc.
7. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.
8. Pagos realizados por un tercero por cuenta y orden de los solicitantes.
9. Pagos con tarjetas de crédito o débito que no estén a nombre de las entidades beneficiarias.
10. Pagos en cuotas que no se encuentren totalmente cancelados.
11. Gastos bancarios.
12. Compra de vehículos.
Si se detectaran durante la ejecución gastos de esta naturaleza, los
mismos serán detraídos del monto del subsidio, aun en el supuesto en
que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.
11. Cronograma
El cronograma de implementación del FOMECA / COMUNICACION CON IDENTIDAD
/ EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 prevé las siguientes etapas:
Etapa | Fecha |
Inicio del Concurso | 5 de Marzo 2014 |
Cierre de presentación proyectos | 7 de Julio 2014 |
Anuncio de los seleccionados | 3 de Septiembre 2014 |
Entrega 1er. Desembolso | A partir del 6 de Octubre 2014 |
Rendición del 1er. Desembolso | 27 de Octubre al 14 de Noviembre 2014 |
Evaluación de la rendición 1er. desembolso y entrega 2do. | Desembolso 14 al 28 de Noviembre 2014 |
Fecha de finalización del proyecto | 29 de Mayo 2015 |
Rendición final y Evaluación del proyecto | 1 al 30 de Junio de 2015 |
(Nota Infoleg: por Resolución N° 360/2015
de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
22/5/2015 se prorroga la Etapa Rendición Primer Desembolso
y Evaluación de la rendición 1° desembolso y entrega 2° desembolso; la
Etapa Fecha de finalización del proyecto y
Rendición final y evaluación del Proyecto, del presente cronograma de la siguiente manera:
ETAPA | CRONOGRAMA RESOLUCION N° 189 – AFSCA/2014 | CRONOGRAMA PRORROGADO |
Rendición Primer Desembolso | 27 de Octubre al 14 de Noviembre de 2014 | 13 al 27 de Febrero de 2015 |
Evaluación de la rendición 1° Desembolso y Entrega 2° Desembolso | 14 al 28 de Noviembre | 15 al 30 de Abril de 2015 |
Rendición Final y Evaluación del Proyecto | 1 al 30 de Junio | 1 al 31 de Octubre de 2015) |
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 985/2015
de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
21/10/2015 se prorroga la Fecha de Finalización del Proyecto al 30 de
Noviembre de 2015 del cronograma establecido en el presente punto. Prórroga anterior: Resolución N° 360/2015
de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
22/5/2015)
12. Competencia y distribución regional
Con el fin de garantizar una distribución federal en el fondo
establecido para este concurso, los proyectos que pertenezcan a la
misma región del país, competirán entre sí y serán rankeados en la
evaluación de acuerdo a la región de la que formen parte. A los fines
expuestos se establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso,
por las provincias que se detallan a continuación:
1) Región Centro Metropolitano: Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
2) Región Centro Norte: Córdoba y Santa Fe;
3) Región Noreste Argentino: Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos;
4) Región Noroeste Argentino: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero;
5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja;
6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
13. Plazo de ejecución
El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los OCHO (8)
meses, siendo la fecha límite para la presentación de los comprobantes
que acrediten la ejecución del mismo el 30 de Junio de 2015. Se
considerarán como válidos todos aquellos comprobantes de gastos que
sean emitidos a partir de la fecha de anuncio de los proyectos
seleccionados y hasta el 29 de Mayo de 2015.
14. Comité de Evaluación. Formato Equipamiento.
El Comité de Evaluación estará compuesto por CINCO (5) miembros, DOS
(2) de los cuales serán propuestos por el CONSEJO FEDERAL DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL. Su conformación será comunicada públicamente
en fecha previa al cierre de presentación de proyectos. Ningún miembro
del Comité de Evaluación podrá integrar ni haber integrado en el último
año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de
los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las
entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de
consanguinidad o afinidad en primero y segundo grado con personas que
formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del
cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de
administración de cualquiera de las entidades participantes del
Concurso. En caso de corroborarse el mencionado vínculo la entidad
resultará excluida del proceso de evaluación. Si esta situación fuera
detectada luego de ser elegida ganadora, la entidad deberá devolver la
totalidad del subsidio a la AFSCA, independientemente de que hubiese
realizado o no las erogaciones correspondientes a la producción del
proyecto.
15. Lugar y fecha de presentación de los proyectos
La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de
Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas y se recibirán hasta las 17
horas del 7 de julio de 2014.
Los proyectos podrán presentarse asimismo en cualquiera de las
delegaciones de este Organismo en el interior del país o por vía postal.
Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones deberán
contar con el sello en el sobre que acredita el día de recepción de los
mismos, considerándose esta fecha como la única válida a los fines de
la presentación.
Los proyectos pueden presentarse por vía postal hasta el 7 de julio de
2014; a tal fin se considerará como válida la fecha del matasellos
postal.
No se aceptarán presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha indicada para el cierre del concurso.
16. Instancias y criterios generales de evaluación
La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias:
En la primera se considerará la presentación del proyecto y la
documentación de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento.
Aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos establecidos
para la presentación serán excluidos y no pasarán a la instancia del
Comité de Evaluación.
La segunda instancia estará a cargo del Comité de Evaluación, quien
elegirá a los DIEZ (10) mejores proyectos de acuerdo con los criterios
de evaluación y considerando la grilla de evaluación que se reseña a
continuación. Las propuestas contendrán la información necesaria para
que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad,
factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la
propuesta. La evaluación de las solicitudes estará basada en:
A) Aportes a la diversidad comunicacional y cultural.
Se considerarán los diversos aportes de los beneficiarios, como voz
diferenciadora de sectores y comunidades que expresan la diversidad
comunicacional y el patrimonio cultural de nuestra Nación.
B) Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto
Se tomarán en cuenta los siguientes aspectos:
B.1.) Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos de la presente convocatoria.
B.2.) Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su
consistencia interna, de la adecuada dotación de recursos y de las
condiciones externas a las que su éxito está supeditado. Para ello se
tendrá en cuenta:
B.2.1.) Claridad de los objetivos.
B.2.2.) Precisión en la definición de las etapas y tareas.
B.2.3.) Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas.
B.2.4.) Elegibilidad y racionalidad del presupuesto. En el caso del equipamiento se considerarán solamente equipos homologados.
C) Evaluación económica de la inversión y sostenibilidad
Se analizará la consistencia de la inversión y las actividades
consideradas para la sostenibilidad del proyecto. En este punto se
tomarán en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
C.1) Razonabilidad económica de la inversión y su consistencia entre los diferentes componentes de la misma.
C.2). Análisis de las acciones que propendan a la sostenibilidad del proyecto.
D) Capacidad técnica de los solicitantes
A los efectos de la evaluación de la aptitud técnica para la
realización del proyecto, se tendrán en cuenta los conocimientos,
experiencia y capacidades del equipo que conforma la emisora y
participa en el proyecto de ejecución del subsidio.
E) Presentación del último balance
Con el objeto de estimular el ordenamiento administrativo de las
entidades se ponderará a aquellas instituciones que presenten su último
balance contable.
17. Grilla de puntuación para la evaluación
El Comité de Evaluación juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:
Criterios de evaluación | Puntaje |
A. Aporte a la diversidad comunicacional y cultural | 0-20 |
B. Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto | 0-20 |
C. Evaluación económica de la inversión y sostenibilidad | 0-30 |
D. Capacidad técnica de los solicitantes | 0-20 |
E. Presentación del último balance de la entidad | 0-10 |
Total | 0-100 |
18. Irrecurribilidad de la decisión
Aprobado el proyecto por el Comité de Evaluación, el Directorio emitirá
el acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es
irrecurrible en sede administrativa.
19. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas
1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el
Boletín Oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el
convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el
representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE
(15) días corridos contados a partir de la notificación de la
resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los
seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por
decaído el derecho sobre el subsidio otorgado.
2. Desembolsos y rendición de gastos: Durante los OCHO (8) meses que
durará la ejecución de los proyectos la AUTORIDAD FEDERAL realizará DOS
(2) desembolsos. En virtud de ello el proyecto deberá establecer la
utilización que le dará al primer y al último desembolso. El primer
desembolso será por una suma equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%)
del monto total del subsidio, el que se realizará luego de la firma del
convenio y el segundo a partir del 14 de Noviembre de 2014, previa
aprobación de la evaluación intermedia del proyecto y sus respectivas
rendiciones de gastos. Las rendiciones de los gastos deberán respetar
los montos correspondientes del subsidio otorgado, discriminado entre
gastos de capital y gastos corrientes y recursos humanos; al mismo
tiempo se deberán respetar los montos correspondientes a los gastos del
subsidio y de la contraparte, y los previstos para el primer y segundo
desembolso. Los excedentes de gastos de las facturas rendidas en el
primer desembolso no podrán computarse para el segundo, de la misma
manera que los excedentes de las facturas rendidas como gastos
provenientes del subsidio no podrán computarse como gastos de
contraparte y viceversa. Todos los gastos, tanto los correspondientes
al subsidio como los que surgen de la contraparte, deberán rendirse
mediante facturas, con sus respectivos recibos, debidamente
confeccionados de acuerdo a la normativa establecida por la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS —AFIP—.
3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que
realizará el área competente de la AUTORIDAD FEDERAL, que se realizará
entre el 14 y el 28 de Noviembre de 2014. La evaluación intermedia,
establecerá el grado de avance del proyecto y se realizará a partir de
un informe preliminar realizado por los seleccionados, el cual tendrá
el carácter de declaración jurada, y complementado por un informe
confeccionado por este Organismo.
La rendición y la evaluación final del proyecto podrá realizarse hasta
el 30 de Junio de 2015, debiendo los seleccionados rendir cuentas de
todos los gastos realizados hasta el 29 de Mayo de 2015.
20. Obligaciones de los beneficiarios
Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades
que emanan del presente Reglamento. En caso de que la AFSCA considere
que la aplicación de los fondos por parte del beneficiario no esté
debidamente rendida, o su aplicación no corresponda con la presentación
del proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por
incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente
las presentaciones correspondientes a la ejecución y rendición del
subsidio quedarán inhibidos para participar de los concursos
siguientes. Los proyectos ganadores deberán incluir material gráfico,
que será entregado por la AFSCA, cuyo contenido dirá “Esta radio ha
sido ganadora del Concurso FOMECA / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 y subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL con fondos públicos”, el cual
deberá colocarse en un espacio visible de la emisora. Asimismo las
emisoras deberán emitir CUATRO (4) veces por día un separador entregado
por la AFSCA cuyo audio dirá: “Esta radio ha sido ganadora del Concurso
FOMECA / COMUNICACION CON IDENTIDAD / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 y
subsidiada por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL con fondos públicos”.
21. Difusión de los proyectos ganadores
La participación en el Concurso implica para los participantes cuyos
proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la
AFSCA para la difusión y todo tipo de comunicación vinculada al
concurso y sus resultados.
Todos los ganadores autorizan a la AFSCA a la utilización de su nombre,
imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con
finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere
convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir
retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se
comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la
AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización
mencionada como condición de participación.
FORMULARIO I
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA
MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES (FOMECA) / COMUNICACION CON
IDENTIDAD / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014
ANEXO II
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO
DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE / COMUNICACION CON IDENTIDAD /
PRODUCCION RADIOFONICA 2014
1. Nombre del Concurso
Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE —FOMECA— / COMUNICACION CON
IDENTIDAD / PRODUCCION RADIOFONICA 2014 al concurso cuyas bases y
condiciones se encuentran establecidas en el presente Reglamento.
2. Objetivo formato Radiofónico
El objetivo del FOMECA / COMUNICACION CON IDENTIDAD / PRODUCCION
RADIOFONICA 2014 es fomentar la producción de programas de radio,
realizados por servicios de radiodifusión sonora autorizados a
Comunidades de Pueblos Originarios. Se buscará fomentar la producción
de contenidos de calidad, que aporten a la diversidad, la pluralidad,
la construcción de ciudadanía y la inclusión social a través de la
federalización de la producción.
3. Presentación del proyecto
El Formulario II de Presentación y los formularios complementarios,
podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).
Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de
proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de
contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar
La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el
pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento. El proyecto no
podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.
4. Requisitos para la presentación del proyecto
Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Realizar la inscripción online en el Registro FOMECA, al que se
podrá acceder a través de la página web de AFSCA (www.afsca.gob.ar).
2. Imprimir la hoja de Inscripción del Registro FOMECA e incorporarla
como primera hoja de la Carpeta de Presentación del Proyecto.
3. Completar el FORMULARIO II / COMUNICACION CON IDENTIDAD / PRODUCCION
RADIOFONICA 2014 según lo establecido en el presente Reglamento.
4. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente se
escribirá la leyenda “FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) /
COMUNICACION CON IDENTIDAD / PRODUCCION RADIOFONICA 2014”, Nombre del
proyecto, Región por la que participa, denominación de la comunidad
solicitante, Localidad y Provincia. A tal efecto la AFSCA proveerá la
plantilla para ser completada, impresa y pegada en el sobre.
5. El sobre debe contener una carpeta impresa y anillada que conste de
4 partes: 1. Hoja de Registro FOMECA; 2. Documentación; 3. Proyecto; 4.
Sobre con CD incluyendo el contenido digitalizado de la carpeta. Cada
una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y
firmada por el representante de la entidad.
6. Documentación Requerida:
6.1. Hoja impresa del registro FOMECA realizado de forma online.
6.2. Reconocimiento por parte del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS —INAI— u del organismo provincial competente.
6.3. Fotocopia certificada del Estatuto
6.4. Fotocopia certificada del acta donde conste la última designación de autoridades.
6.5. Constancia de CUIT.
6.6. Constancia del CBU.
6.7. Fotocopia de la Resolución de otorgamiento de la autorización.
6.8. Formularios de alta de beneficiario (3 formularios completados y
uno de ellos certificado por la entidad bancaria según corresponda),
para el pago del Tesoro de la Nación.
6.9. TRES (3) Presupuestos con membrete de los proveedores. |
7. Todas las hojas deberán estar firmadas por el representante de la
entidad o en su defecto por el apoderado. En este último caso deberá
presentar copia del poder que lo acredite como tal, en los términos del
artículo 31 y siguientes del Reglamento de Procedimientos
Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).
Cuando se adjunten fotocopias de documentos exigidos en el presente
reglamento, éstas deben hallarse certificadas por Entidad Bancaria; o
Registro Civil; o Autoridad Judicial Competente; o Escribano Público; o
por la máxima autoridad administrativa de la Delegación del AFSCA, en
cuya jurisdicción se encuentra la localidad donde se presta el servicio.
8. Solo serán considerados gastos elegibles para el cálculo de
inversión del proyecto, aquellos que estén vinculados en forma
inequívoca al objeto del proyecto, contribuyan al logro de los
resultados previstos en su formulación y respeten el principio de
independencia del proveedor.
5. Postulantes
Podrán ser postulantes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) /
COMUNICACION CON IDENTIDAD / PRODUCCION RADIOFONICA 2014, las
Comunidades de Pueblos Originarios que cuenten con autorización para el
funcionamiento de una estación de radiodifusión sonora.
6. Proyectos elegibles y montos
Se financiaran montos de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000) por cada
uno de los DIECISEIS (16) proyectos ganadores de aquellas Comunidades
de Pueblos Originarios que cuenten con la debida autorización.
Los participantes deberán presentar un guión para el desarrollo de un
programa radial con “Formato Programa Temático Semanal” que tendrá una
duración al aire de entre 1 y 2 horas, y deberá emitirse con una
frecuencia semanal.
7. Géneros, Temáticas y Públicos
El programa deberá ubicarse dentro del género periodístico combinado
con segmentos musicales, informativos, de opinión, literarios,
humorísticos, etc. Las posibilidades temáticas podrán ser de las más
diversas: derechos humanos, ambiente, religión, política internacional,
mitos y leyendas, turismo, deportes, vida en la naturaleza, educación,
agricultura, medios, teatro, cine, literatura, etc. También se incluyen
en este género programas destinados a diferentes públicos: infantil,
juvenil, adultos mayores, mujeres, pueblos originarios, colectividades
nacionales, etc.
8. Presentación del Proyecto.
Los proyectos deberán ser presentados a través de un guión, que se
completará en el formulario que se anexa para tal fin (Formulario II /
COMUNICACION CON IDENTIDAD / FORMATO RADIOFONICO 2014), el cual deberá
estar acompañado de una “demo”, grabada en un CD/DVD, con no más de
TREINTA (30) minutos de programa en los casos que los programas sean
nuevos, y de TRES (3) emisiones grabadas de no más de TREINTA (30)
minutos, en aquellos casos en que los programas ya se encuentren al
aire. El formato de presentación deberá ser en archivos .wav o .mp3, de
buena calidad (no menor a 256 KBPS, estéreo).
9. Subsidio
Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte
no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del
proyecto presentado. El subsidio cubrirá un monto fijo de hasta el
OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la totalidad del proyecto debiendo
las entidades complementar el mismo con un QUINCE POR CIENTO (15%) o
más en concepto de contrapartida.
Por consiguiente la distribución del subsidio y la correspondiente contraparte será de la siguiente manera:
MONTO TOTAL DEL PROYECTO | No menor a | $ 41.176.- | 100% |
SUBSIDIO | Igual a | $ 35.000.- | 85% |
CONTRAPARTE | No menor a | $ 6.176.- | 15% |
De esta manera los proyectos ganadores deberán considerar un plan de
inversión de por lo menos PESOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS
($ 41.176.-), de los cuales la AFSCA subsidiará el OCHENTA Y CINCO POR
CIENTO (85%) de ese monto, que es equivalente a PESOS TREINTA Y CINCO
MIL ($ 35.000), y la entidad deberá aportar al menos el QUINCE POR
CIENTO (15%) del monto total del proyecto, que equivale a PESOS SEIS
MIL CIENTO SETENTA Y SEIS ($ 6.176.-)
10. Destino de los fondos del subsidio.
El subsidio podrá aplicarse a los siguientes ítems:
1. GASTOS DE CAPITAL (20% del Subsidio, equivalente a $ 7.000.-).
Insumos y Equipamientos: Están incluidos en este rubro todos aquellos
equipamientos tecnológicos tales como computadoras de escritorio,
dispositivos TIC (notebook, tabletas, Smartphone, etc.), grabador
(reporter), micrófono, auriculares, cables y conectores, híbrido
telefónico, consola de exteriores, receptor de señal de celular, etc.
2. GASTOS CORRIENTES
2.A. RECURSOS HUMANOS (60% del Subsidio, equivalente a $ 21.000).
Están comprendidas en este rubro las erogaciones correspondientes al
pago de honorarios profesionales necesarios para la producción de los
programas.
2.B. GASTOS DE PRODUCCION (20% del Subsidio, equivalente a $ 7.000).
Están comprendidas en este rubro las erogaciones correspondientes al
pago de servicios provistos para la producción de los programas tales
como viáticos, telefonía celular, librería, etc.
11. Destino de los fondos de la contraparte.
Los gastos de contraparte podrán aplicarse a los mismos ítems
descriptos en el punto anterior, “Destino de los fondos del subsidio”,
más gastos de alquiler, servicios corrientes (luz, agua, gas, internet,
etc.), catering, y otras erogaciones no contempladas en el subsidio,
pudiendo asignarse sin restricciones ni limites porcentuales a
cualquiera de los rubros en tanto y en cuanto cubran por lo menos el
QUINCE POR CIENTO (15%) de la totalidad de los gastos del proyecto.
El esquema general de distribución del subsidio respecto de la aplicación de gastos y la contraparte será el siguiente:
GASTOS DE CAPITAL | $ 7.000.- |
GASTOS CORRIENTES. RECURSOS HUMANOS | $ 21.000.- |
GASTOS CORRIENTES. PRODUCCION | $ 7.000.- |
TOTAL SUBSIDIO | $ 35.000.- |
TOTAL CONTRAPARTE | $ 6.176.- |
TOTAL PROYECTO | $ 41.176.- |
12. Gastos excluidos.
No podrán incluirse en el presupuesto y rendición de gastos del proyecto, ninguno de los ítems que se señalan a continuación:
1. Reestructuración de deudas.
2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso.
3. Pago de cesantías.
4. Compras de inmuebles.
5. Adquisición de bienes usados que no tengan afectación específica.
6. Impuestos, tasas, etc.
7. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.
8. Pagos realizados por un tercero por cuenta y orden de los solicitantes.
9. Pagos con tarjetas de crédito o débito que no estén a nombre de las entidades beneficiarias.
10. Pagos en cuotas que no se encuentren totalmente cancelados.
11. Gastos bancarios.
12. Compra de vehículos.
Si se detectaran durante la ejecución gastos de esta naturaleza, los
mismos serán detraídos del monto del subsidio, aun en el supuesto en
que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.
13. Cronograma
El cronograma de implementación del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE
(FOMECA) / COMUNICACION CON IDENTIDAD / PRODUCCION RADIOFONICA 2014
prevé las siguientes etapas:
Etapa | Fecha |
Inicio del Concurso | 5 de Marzo 2014 |
Cierre de presentación proyectos | 7 de Julio 2014 |
Anuncio de los seleccionados | 3 de Septiembre 2014 |
Entrega 1er. Desembolso | A partir del 6 de Octubre 2014 |
Rendición del 1er. Desembolso | 27 de Octubre al 14 de Noviembre 2014 |
Evaluación de la rendición 1er. desembolso y entrega 2do. desembolso | 14 al 28 de Noviembre 2014 |
Fecha de finalización del proyecto | 29 de Mayo 2015 |
Rendición y Evaluación del proyecto | 1 al 30 de Junio de 2015 |
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 985/2015de
la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
21/10/2015 se prorroga la fecha de Rendición Final y Evaluación del Proyecto del
1 al 30 de Diciembre de 2015 del cronograma establecido en el presente
punto)
14. Competencia y distribución regional
Con el fin de garantizar una distribución federal en el fondo
establecido para este concurso, los proyectos que pertenezcan a la
misma región del país, competirán entre sí y serán rankeados en la
evaluación de acuerdo a la región de la que formen parte. A los fines
expuestos se establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso,
por las provincias que se detallan a continuación:
1) Región Centro Metropolitano: Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
2) Región Centro Norte: Córdoba y Santa Fe;
3) Región Noreste Argentino: Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos;
4) Región Noroeste Argentino: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero;
5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja;
6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida, e Islas del Atlántico Sur.
15. Plazo de ejecución
El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los OCHO (8)
meses, siendo la fecha límite para la presentación de los comprobantes
que acrediten la ejecución del mismo el 30 de Junio de 2015. Se
considerarán como válidos todos aquellos comprobantes de gastos que
sean emitidos a partir de la fecha de anuncio de los proyectos
seleccionados y hasta el 29 de Mayo de 2015.
16. Comité de Evaluación.
El Comité de Evaluación estará compuesto por CINCO (5) miembros, DOS
(2) de los cuales serán propuestos por el CONSEJO FEDERAL DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL. Su conformación será comunicada públicamente
en fecha previa al cierre de presentación de proyectos. Ningún miembro
del Comité de Evaluación podrá integrar ni haber integrado en el último
año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de
los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las
entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de
consanguinidad o afinidad en primero y segundo grado con personas que
formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del
cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de
administración de cualquiera de las entidades participantes del
Concurso. En caso de corroborarse el mencionado vínculo la entidad
resultará excluida del proceso de evaluación. Si esta situación fuera
detectada luego de ser elegida ganadora, la entidad deberá devolver la
totalidad del subsidio a la AFSCA, independientemente de que hubiese
realizado o no las erogaciones correspondientes a la producción del
proyecto.
17. Entrega del producto
Los beneficiarios del subsidio deberán entregar en el plazo establecido
(hasta el 30 de junio de 2015), los CDs/DVDs con un número de programas
producidos, de 1-2 horas de duración cada uno, para cubrir una
programación total de entre SEIS (6) y NUEVE (9) meses.
18. Autoría del proyecto y derechos de autor.
La autoría del proyecto deberá ser propiedad de las entidades
participantes. Para ello todas aquellas personas que hayan participado
en calidad de autoras del proyecto deberán ceder los mismos a la
entidad, eximiendo a la AFSCA de cualquier tipo de reclamo en el uso y
reproducción del proyecto. Con el objeto de poder mantener los derechos
de autor y al mismo tiempo, dado el carácter subsidiado y el origen
público de los fondos, deben permitir a otros medios, entidades y
personas en general, copiar, distribuir, y hacer uso del trabajo
presentado en forma parcial o total. A tal fin los ganadores
autorizarán a la AFSCA a inscribir sus respectivos proyectos en las
licencias Creative Commons en la categoría Atribución-Compartir Obras
Derivadas Igual (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/ar/).
Esta licencia permite, copiar, distribuir, exhibir y ejecutar la obra,
hacer obras derivadas de la obra original y usar la obra
comercialmente; todo ello a condición de que se atribuya la autoría
sobre la obra en la forma en que haya sido especificada por el autor o
el licenciante de la obra, y las obras derivadas se compartan bajo la
misma licencia de la obra original.
19. Lugar y fecha de presentación de los proyectos
La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de
Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas y se recibirán hasta las 17
horas del 7 de julio de 2014.
Los proyectos podrán presentarse asimismo en cualquiera de las
delegaciones de este Organismo en el interior del país o por vía postal.
Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones deberán
contar con el sello en el sobre que acredita el día de recepción de los
mismos, considerándose esta fecha como la única válida a los fines de
la presentación.
Los proyectos pueden presentarse por vía postal hasta el 7 de julio de
2014; a tal fin se considerará como válida la fecha del matasellos
postal.
No se aceptarán presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha de cierre del concurso.
20. Instancias y criterios generales de evaluación
La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias.
En la primera se considerará la presentación del proyecto y la
documentación de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento.
Aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos establecidos
para la presentación serán excluidos y no pasarán a la instancia del
Comité de Evaluación.
La segunda instancia, estará a cargo del Comité de Evaluación quien
elegirá a los DIECISEIS (16) mejores guiones y proyectos de acuerdo a
su mejor juicio y consideración. Las propuestas contendrán la
información necesaria para que su evaluación sea posible a través del
análisis de la calidad, y el aporte a la diversidad cultural y
comunicacional del proyecto.
El Comité de Evaluación juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:
Criterios de evaluación | Puntaje |
1. Pertinencia y solidez de la temática. | 0-10 |
2. Metodología de investigación para el tratamiento de los temas y la producción. | 0-15 |
3. Tratamiento sonoro y narrativo. | 0-20 |
4. Originalidad de la propuesta. | 0-25 |
5. Asociativismo. Nivel de participación de diferentes sectores en la etapa de producción. | 0-10 |
6. Antecedentes del equipo humano responsable de desarrollar el proyecto. | 0-10 |
7. Presentación del último balance. | 0-10* |
TOTAL | 0-100 |
*Con el objeto de estimular el ordenamiento administrativo de las
entidades se ponderará con un puntaje de 0-10 a aquellas instituciones
que presenten su último balance contable.
Con respecto al punto 5 se considerará asociativismo a la participación
de otras entidades, diferentes a quien presenta el proyecto, en las
etapas de pre-producción y producción del mismo, aportando
conocimiento, experiencia, recursos, etc. En el caso de existir esta
forma de producción colaborativa deberá ser desarrollada en la
formulación del proyecto.
21. Irrecurribilidad de la decisión
Aprobado el proyecto por el Comité de Evaluación, el Directorio emitirá
el acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es
irrecurrible en sede administrativa.
22. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas
1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el
Boletín Oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el
convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el
representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE
(15) días corridos contados a partir de la notificación de la
resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los
seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por
decaído el derecho sobre el subsidio otorgado. El convenio incluirá la
firma de una declaración jurada por parte de los ganadores, en la que
se autorice a la AFSCA a gestionar (sin costo alguno para los
ganadores), las respectivas licencias Creative Commons, para el uso
compartido de los derechos de los trabajos presentados.
2. Desembolso y rendición de gastos: Durante los OCHO (8) meses que
durará la ejecución de los proyectos la AUTORIDAD FEDERAL realizará DOS
(2) desembolsos. El primer desembolso será por una suma equivalente al
VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total del subsidio, el que se
realizará luego de la firma del convenio y se podrá aplicar para la
adquisición de Insumos y Equipamientos. El segundo desembolso será a
partir del 28 de Noviembre de 2014, previa aprobación de la evaluación
intermedia del proyecto y sus respectivas rendiciones de gastos. Las
rendiciones de los gastos deberán respetar los montos correspondientes
del subsidio otorgado, discriminado entre gastos de capital y gastos
corrientes y recursos humanos; al mismo tiempo se deberán respetar los
montos correspondientes a los gastos del subsidio y de la contraparte,
y los previstos para el primer y segundo desembolso. Los excedentes de
gastos de las facturas rendidas en el primer desembolso no podrán
computarse para el segundo, de la misma manera que los excedentes de
las facturas rendidas como gastos provenientes del subsidio no podrán
computarse como gastos de contraparte y viceversa. Todos los gastos,
tanto los correspondientes al subsidio como los que surgen de la
contraparte, deberán rendirse mediante facturas, con sus respectivos
recibos, debidamente confeccionados de acuerdo a la normativa
establecida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que
realizará el área competente de la AUTORIDAD FEDERAL, que se realizará
entre el 14 al 28 de Noviembre de 2014. La evaluación intermedia,
establecerá el grado de avance del proyecto y se realizará a partir de
un informe preliminar realizado por los seleccionados, el cual tendrá
el carácter de declaración jurada, y complementado por un informe
confeccionado por este Organismo.
Finalizada dicha evaluación, se procederá a realizar las
recomendaciones correspondientes para ajustar el desarrollo del
proyecto.
La rendición y la evaluación final del proyecto podrá realizarse hasta
el 30 de Junio de 2015, debiendo los seleccionados rendir cuentas de
todos los gastos realizados hasta el 29 de Mayo de 2015.
23. Obligaciones de los beneficiarios
Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades
que emanan del presente Reglamento. En caso de que la AFSCA considere
que la aplicación de los fondos por parte del beneficiario no está
debidamente rendida, o su aplicación no corresponda con la presentación
del proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por
incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente
las presentaciones correspondientes a la ejecución y rendición del
subsidio quedarán inhibidos para participar de los concursos siguientes.
24. Otras obligaciones y condiciones
Sin perjuicio de las obligaciones que expresamente pudieran
establecerse, corre por cuenta y exclusiva responsabilidad de los
ganadores la contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y
el pago de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento
del objeto del presente Concurso.
Los proyectos ganadores deberán incluir material gráfico, que será
entregado por la AFSCA, cuyo contenido dirá “Esta radio ha sido
ganadora del Concurso FOMECA/COMUNICACION CON IDENTIDAD/ PRODUCCIONES
RADIOFONICAS 2014 y subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL con fondos públicos”, el cual deberá colocarse
en un espacio visible de la emisora. Asimismo las emisoras deberán
emitir al comenzar y al culminar el programa un separador entregado por
la AFSCA cuyo audio dirá: “Esta radio ha sido ganadora del Concurso
FOMECA COMUNICACION CON IDENTIDAD/ PRODUCCIONES RADIOFONICAS 2014 y
subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL con fondos públicos”.
25. Difusión de los proyectos ganadores
La participación en el Concurso implica para los participantes, cuyos
proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la
AFSCA para la difusión y reproducción del trabajo producido, para todo
tipo de comunicación vinculada al concurso y sus resultados.
Todos los ganadores autorizan a la AFSCA a la utilización de su nombre,
imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con
finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere
convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir
retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se
comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la
AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización
mencionada como condición de participación. En aquellos casos en que
los participantes presenten proyectos en colaboración o derivadas,
deberán presentar todas las autorizaciones que correspondan por la
utilización, modificación, difusión y fijación del trabajo realizado
por terceros. En caso de que no presenten dichas autorizaciones, la
AFSCA estará facultada a retirarles el subsidio del que han resultado
acreedores.
FORMULARIO II