MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 24/2014
Bs. As., 17/2/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0412868/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 137 de fecha 25 de abril de 2011 de la SECRETARIA
DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO
ELECTRICO MAYORISTA (MEM) del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y TRANSPORTE, actualmente MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y
ENERGIA de la Provincia de MENDOZA, como AGENTE GENERADOR por la
CENTRAL HIDROELECTRICA NIHUIL IV de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW).
Que el Artículo 3º del referido acto condicionaba la vigencia de la
autorización otorgada a la celebración, antes del 31 de diciembre de
2012, del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del
Artículo 14 de la Ley Nº 15.336, texto conforme al Artículo 89 de la
Ley Nº 24.065.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la
suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que
conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones
pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se
considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de
2014.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA
DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la
SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les
compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del
Artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la
Ley Nº 24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase la postergación de la fecha límite definida en
el Artículo 3° de la Resolución Nº 137 de fecha 25 de abril de 2011 de
la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando el MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y ENERGIA de la Provincia de MENDOZA habilitado para
actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO
ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELECTRICA NIHUIL IV hasta
el 31 de diciembre de 2014.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1058/2022
de la Secretaría de Energía B.O. 25/11/2015 se autoriza la postergación
de la fecha límite definida en el presente Artículo, quedando el
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA de la Provincia de MENDOZA habilitado
para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA NIHUIL IV hasta
el 31 de diciembre de 2017.)
ARTICULO 2° — Notifíquese al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y ENERGIA de
la Provincia de MENDOZA, a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante
en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a HIDRONIHUIL
SOCIEDAD ANONIMA, a HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA
(HINISA) y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR
DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A.).
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de
Energía.
e. 21/02/2014 Nº 9956/14 v. 21/02/2014