DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 400/1971
Bs. As., 19/4/1971
VISTO, lo propuesto por el señor Secretario de Informaciones de Estado, y
CONSIDERANDO:
Que el cumplimiento de las funciones asignadas y el incremento de las
tareas específicas que de aquellas se derivan, hacen necesario una
adecuación constante de los medios personales disponibles.
Que en cumplimiento de las disposiciones sobre Ordenamiento y
Transformación de la Administración Pública, la Secretaría de
Informaciones de Estado debe poner en funcionamiento un nuevo
agrupamiento funcional.
Que a los efectos de un nuevo agrupamiento funcional es necesario
reajustar el plantel básico de la Secretaría de Informaciones de Estado.
Que atento a lo dispuesto en el Decreto Nº 234/69 cuando se modifican,
suprimiendo o agregando, dotaciones en estructuras, el Decreto
correspondiente debe tener el carácter de rectificatorio.
Por ello, y en uso de la atribución conferida por la Ley Nº 17.614,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Rectifícase a
partir de la fecha de vigencia del presente Decreto, el plantel básico
y el agrupamiento funcional de la Secretaria de Informaciones de Estado
aprobados por Decretos “S” números 6.755 de fecha 25 de octubre de 1968
y 399 de fecha 19 de abril de 1971, según planillas —Anexos 1 y 2— que
forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2° — La Secretaría de
Estado de Hacienda coordinará con la Secretaría de Informaciones de
Estado los reajustes presupuestarios que correspondan a fin de proveer
los fondos necesarios para el cumplimiento del presente Decreto.
Art. 3° — Derógase toda otra disposición que se oponga al presente Decreto.
Art. 4° — El presente Decreto es clasificado de “SECRETO” regístrese y archívese en la Secretaría de Informaciones de Estado. — LANUSSE.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).