AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 188/2014

Bs. As., 17/2/2014

VISTO el Expediente Nº 144/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización.

Que la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.

Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº 1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un comité de evaluación.

Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos que impulsen el desarrollo y la sustentabilidad de los medios de comunicación audiovisual bajo su titularidad.

Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la conservación del acervo natural y cultural.

Que son objetivos de la mencionada Ley, el fortalecimiento de acciones que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas que integran la Nación.

Que cabe destacar que la comunicación audiovisual resulta una actividad de interés público y trascendencia social y que en ese marco cobran asimismo importancia la preservación y el desarrollo de las actividades previstas en la Ley Nº 26.522 como parte de las obligaciones del Estado Nacional de salvaguardar el derecho a la información, a la participación, la preservación y el desarrollo del Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión.

Que en el cumplimiento de los mencionados objetivos, resulta necesario convocar a concurso para el otorgamiento de subsidios a diversos actores que constituyen el universo de los medios audiovisuales atendiendo para ello a diversos factores tales como la sustentabilidad económica de la actividad a promocionar, su importancia histórica, cultural, y su distribución geográfica en el territorio nacional.

Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se apruebe el procedimiento del referido concurso, los requisitos y condiciones para la presentación de los proyectos mencionados, su posterior selección y ejecución.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Convócase a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con licencia o reconocimiento vigente de servicios de radiodifusión sonora, para el otorgamiento de subsidios de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000) para ser destinados a TREINTA (30) proyectos, correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES (FOMECA) / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014.

ARTICULO 2º — Apruébase el Reglamento para el llamado a concurso del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 que, como Anexo I forma parte de la presente.

ARTICULO 3° — Encomiéndese al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente, no excederá de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 3.900.000) y se imputará a la partida correspondiente del presupuesto para el Ejercicio 2014.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese a la DIRECCION NACIONAL DE DELEGACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

ANEXO I

REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014

1. Nombre del Concurso

Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES —FOMECA— / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014, al concurso cuyas bases y condiciones se encuentran establecidas en el presente Reglamento.

2. Objetivo

El objetivo del FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 es fomentar la adquisición de equipamiento técnico para la mejora de la emisión y recepción de las señales de servicios de radiodifusión sonora bajo la titularidad de personas jurídicas sin fines de lucro, con su consiguiente certificación técnica, e incorporar y mejorar la infraestructura física y tecnológica que permitan el normal desarrollo de las tareas diarias.

3. Presentación del proyecto

El Formulario Unico de Presentación y los formularios complementarios podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).

Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar

La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento.

El proyecto no podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.

4. Requisitos para la presentación del proyecto

Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Realizar la inscripción online en el Registro FOMECA, al que se podrá acceder a través de la página web de AFSCA (www.afsca.gob.ar).

2. Imprimir la hoja de Inscripción del Registro FOMECA e incorporarla como primera hoja de la Carpeta de Presentación del Proyecto.

3. Completar el FORMULARIO UNICO FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 según lo establecido en el presente Reglamento.

4. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente constará la leyenda “FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014”, Nombre del proyecto, Región por la que participa, denominación de la Entidad solicitante, Localidad y Provincia. A tal efecto la AFSCA proveerá la plantilla para ser completada, impresa y pegada en el sobre.

5. El sobre debe contener una carpeta impresa y anillada que conste de 4 partes: 1. Hoja de Registro FOMECA; 2. Documentación; 3. Proyecto; 4. Sobre con CD incluyendo el contenido digitalizado de la carpeta. Cada una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y firmadas en su totalidad por el presidente o apoderado legal de la entidad.

6. Documentación Requerida:

6.1. Hoja impresa del registro FOMECA realizado de forma online.

6.2. Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica.

6.3. Fotocopia certificada de los Estatutos.

6.4. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.

6.5. Constancia de CUIT.

6.6. Constancia de CBU.

6.7. Fotocopia de la Resolución de otorgamiento de la licencia o reconocimiento vigente.

6.8. Formularios de alta de beneficiario (3 formularios completados y uno de ellos certificado por la entidad bancaria), para el pago del Tesoro de la Nación.

6.9. Tres (3) Presupuestos con membrete de los proveedores.

7. Todas las hojas deberán estar firmadas por el Presidente de la entidad, su representante o apoderado. En este último caso deberá presentar copia del poder que lo acredite como tal, en los términos del artículo 31 y siguientes del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72.

Cuando se adjunten fotocopias de documentos exigidos en el presente reglamento, éstas deben hallarse certificadas por Entidad Bancaria; o Registro Civil; o Autoridad Judicial Competente; o Escribano Público; o por la máxima autoridad administrativa de la Delegación del AFSCA, en cuya jurisdicción se encuentra la localidad donde se presta el servicio.

8. Sólo serán considerados gastos elegibles para el cálculo de inversión del proyecto, aquellos que estén vinculados en forma inequívoca al objeto del proyecto, contribuyan al logro de los resultados previstos en su formulación y respeten el principio de independencia del proveedor.

5. Postulantes

Podrán ser postulantes al FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014, las personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con la adjudicación de licencia o reconocimiento otorgado a través del dictado de Resolución Nº 753-COMFER/06, vigente a la fecha.

6. Proyectos elegibles y montos

Se financiarán montos de CIENTO TREINTA MIL PESOS ($ 130.000) por cada uno de los TREINTA (30) proyectos ganadores de aquellas personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con radios con licencia o reconocimiento vigente.

7. Subsidio

Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del proyecto presentado. El subsidio cubrirá un monto fijo de hasta el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la totalidad del proyecto, debiendo las entidades complementar el mismo con un QUINCE POR CIENTO (15%) o más en concepto de contrapartida.

Por consiguiente la distribución del subsidio y la correspondiente contraparte se harán de la siguiente manera:

MONTO TOTAL DEL PROYECTONo menor a$ 152.942.-100%
SUBSIDIOIgual a$ 130.000.-85%
CONTRAPARTENo menor a$ 22.942.-15%

De esta manera los proyectos ganadores deberán considerar un plan de inversión de por lo menos PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 152.942.-), de los cuales la AFSCA subsidiará el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de ese monto, que es equivalente a PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000.-), y la entidad deberá aportar al menos el QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del proyecto, que equivale a PESOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 22.942.-)

8. Destino de los fondos del subsidio.

El subsidio podrá aplicarse a los siguientes ítems:

1. GASTOS DE CAPITAL

1.A. Equipamiento tecnológico: Están incluidos en este rubro todos aquellos equipamientos tecnológicos tales como antenas radiofónicas, amplificador de audio, consolas o mixer, paneles acústicos, tendidos de redes y telefonía, híbridos telefónicos, instrumental y accesorios (micrófonos, auriculares, grabadores, discos externos, luz aire, estabilizadores de tensión, racks, etc.), computadoras, notebooks, tabletas, flota de trunking o celulares, receptor de señal de celular, y todo otro material o equipamiento cuya asignación al proyecto en materia tecnológica sea de identificación unívoca y que sirva para iniciar las emisiones o que impacte en la modernización de la emisora.

1.B. Adecuación edilicia: Están incluidos en este rubro todas las intervenciones y obras (mampostería, pintura, tendido eléctrico, iluminación, etc.) tendientes a mejorar las condiciones del lugar donde se encuentra emplazada la radio, tales como el estudio de radio, la sala de operación técnica, la sala de edición, la sala de equipos de transmisión, la instalación de la torre de transmisión, e instalaciones complementarias como baños, cocina, etc.

2. RECURSOS HUMANOS

Están comprendidas en este rubro las erogaciones correspondientes al pago de honorarios profesionales, certificación técnica, consultoría, etc. Los honorarios correspondientes a recursos humanos cuyas funciones sean operativas en el proyecto (coordinación general, asistente, etc.), no podrán exceder los PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) mensuales, ni los PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-) por la duración total del proyecto, para cada persona.

Los gastos de capital deberán cubrir exactamente el SETENTA POR CIENTO (70%) del subsidio otorgado que corresponde a PESOS NOVENTA Y UN MIL ($ 91.000.-), mientras que los gastos de recursos humanos cubrirán exactamente el otro TREINTA POR CIENTO (30%) equivalente a PESOS TREINTA Y NUEVE MIL ($ 39.000.-).

9. Destino de los fondos de la contraparte.

Los gastos de contraparte podrán aplicarse a los mismos ítems descriptos en el punto anterior, “Destino de los fondos del subsidio”, más gastos de alquiler, servicios corrientes (luz, agua, gas, internet, etc.), catering, pudiendo asignarse sin restricciones ni limites porcentuales a cualquiera de los rubros en tanto y en cuanto cubran no menos del QUINCE POR CIENTO (15%) de la totalidad de los gastos del proyecto.

El esquema general de distribución del subsidio respecto de la aplicación de gastos y la contraparte es la siguiente:

GASTOS DE CAPITAL$ 91.000.-
RECURSOS HUMANOS$ 39.000.-
TOTAL SUBSIDIO$ 130.000.-
TOTAL CONTRAPARTE$ 22.942.-
TOTAL PROYECTO$ 152.942.-

10. Gastos excluidos.

No podrán incluirse en el presupuesto y rendición de gastos del proyecto, ninguno de los ítems que se señalan a continuación:

1. Reestructuración de deudas.

2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso.

3. Pago de cesantías.

4. Compras de inmuebles.

5. Adquisición de bienes usados que no tengan afectación específica según lo dispuesto en el apartado 8 1.

6. Impuestos, tasas, etc.

7. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.

8. Pagos realizados por un tercero por cuenta y orden de los solicitantes.

9. Pagos con tarjetas de crédito o débito que no estén a nombre de las entidades beneficiarias.

10. Pagos en cuotas que no se encuentren totalmente cancelados.

11. Gastos bancarios.

12. Compra de vehículos.

Si se detectaran durante la ejecución gastos de esta naturaleza, los mismos serán detraídos del monto del subsidio, aún en el supuesto en que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.

11. Cronograma

El cronograma de implementación del FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 prevé las siguientes etapas

EtapaFecha
Inicio del Concurso5 de Marzo 2014
Cierre de presentación proyectos21 de Abril 2014
Anuncio de los seleccionados23 de Junio 2014
Entrega 1er. DesembolsoA partir del 1 de Septiembre de 2014
Rendición del 1er. Desembolso15 al 30 de Octubre de 2014
Evaluación de la rendición 1er. desembolso y entrega 2do. Desembolso30 de Octubre al 14 de Noviembre de 2014
Fecha de finalización del proyecto31 de Enero de 2015
Rendición final y Evaluación del proyecto2 al 27 de Febrero de 2015


(
Nota Infoleg: por art. 1° Resolución N° 361/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 22/5/2015 se prorroga la Evaluación de la rendición 1° desembolso y entrega 2° desembolso del 15 al 28 de Febrero de 2015 del cronograma establecido en el presente punto)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 986/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 21/10/2015 se prorroga la Fecha de Finalización del Proyecto al 30 de Noviembre de 2015 del cronograma establecido en el presente punto. Prórroga anterior: Resolución N° 361/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 22/5/2015)

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 986/2015de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 21/10/2015 se prorroga la fecha de Rendición Final y Evaluación del Proyecto del 1 al 30 de Diciembre de 2015 del cronograma establecido en el presente punto. Prórroga anterior: Resolución N° 361/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 22/5/2015)

12. Competencia y distribución regional

Con el fin de garantizar una distribución federal en el fondo establecido para este concurso, los proyectos que pertenezcan a la misma región del país, competirán entre sí y serán rankeados en la evaluación de acuerdo a la región de la que formen parte. A los fines expuestos se establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso, por las provincias que se detallan a continuación:

1) Región Centro Metropolitano: Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

2) Región Centro Norte: Córdoba y Santa Fe;

3) Región Noreste Argentino: Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos;

4) Región Noroeste Argentino: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero;

5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja;

6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

13. Plazo de ejecución

El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los OCHO (8) meses, siendo la fecha límite para la presentación de los comprobantes que acrediten la ejecución del mismo el 27 de febrero de 2015. Se considerarán como válidos todos aquellos comprobantes de gastos que sean emitidos a partir de la fecha de anuncio de los proyectos seleccionados y hasta el 31 de Enero de 2015.

14. Comité de Evaluación

El Comité de Evaluación estará compuesto por CINCO (5) miembros, DOS (2) de los cuales serán propuestos por el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL. Su conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de presentación de proyectos. Ningún miembro del Comité de Evaluación podrá integrar ni haber integrado en el último año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de consanguinidad o afinidad en primero y segundo grado con personas que formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de administración o fiscalización de cualquiera de las entidades participantes del Concurso. En caso de corroborarse el mencionado vínculo la entidad resultará excluida del proceso de evaluación. Si ésta situación fuera detectada luego de ser elegida ganadora, la entidad deberá devolver la totalidad del subsidio a la AFSCA, independientemente de que hubiese realizado o no las erogaciones correspondientes a la producción del proyecto.

15. Lugar y fecha de presentación de los proyectos

La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas y se recibirán hasta las 17 horas del 21 de Abril de 2014.

Los proyectos podrán presentarse asimismo en cualquiera de las delegaciones de este Organismo en el interior del país o por vía postal.
Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones deberán contar con el sello en el sobre que acredita el día de recepción de los mismos, considerándose esta fecha como la única válida a los fines de la presentación.

Los proyectos pueden presentarse por vía postal hasta el 21 de Abril de 2014; a tal fin se considerará como válida la fecha del matasellos postal.
No se aceptarán presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha indicadas para el cierre del concurso.

16. Instancias y criterios generales de evaluación

La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias.

En la primera se considerará la presentación del proyecto y la documentación de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos establecidos para la presentación serán excluidos y no pasarán a la instancia del Comité de Evaluación.

La segunda instancia estará a cargo del Comité de Evaluación quien elegirá a los TREINTA (30) mejores proyectos de acuerdo con los criterios de evaluación y considerando la grilla de evaluación que se reseña a continuación. Las propuestas contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta. La evaluación de las solicitudes estará basada en:

a) Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto

Se tomarán en cuenta los siguientes aspectos:

a.1.) Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos de la presente convocatoria.

a.2.) Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su consistencia interna, de la adecuada dotación de recursos y de las condiciones externas a las que su éxito está supeditado. Para ello se tendrá en cuenta:

a.2.1.) Claridad de los objetivos.

a.2.2.) Precisión en la definición de las etapas y tareas.

a.2.3.) Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas.

a.2.4.) Elegibilidad y racionalidad del presupuesto. En el caso del equipamiento se considerarán solamente equipos homologados.

b) Capacidad técnica de los solicitantes

A los efectos de la evaluación de la aptitud técnica para la realización del proyecto, se tendrá en cuenta los conocimientos, experiencia y capacidades del equipo que conforma la emisora y participa en el proyecto de ejecución del subsidio.

c) Aportes a la diversidad comunicacional y cultural.

Se considerarán los diversos aportes de los beneficiarios, como voz diferenciadora de sectores y comunidades que expresan la diversidad comunicacional y el patrimonio cultural de nuestra Nación.

d) Evaluación económica de la inversión y sostenibilidad

Se analizará la consistencia de la inversión y las actividades consideradas para la sostenibilidad del proyecto. En este punto se tomarán en cuenta, entre otros, los siguientes factores:

d.1. Razonabilidad económica de la inversión y su consistencia entre los diferentes componentes de la misma.

d.2. Análisis de las acciones que propendan a la sostenibilidad del proyecto.

e) Presentación del último balance.

Con el objeto de estimular el ordenamiento administrativo de las entidades se ponderara aquellas entidades que presenten su último balance contable.

17. Grilla de puntuación para la evaluación

El Comité de Evaluación juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:

Criterios de evaluaciónPuntaje
A. Factibilidad y Calidad tecnológica del proyecto0-20
B. Capacidad técnica de los solicitantes0-20
C. Aportes a la diversidad comunicacional y cultural0-20
D. Evaluación económica de la inversión y sostenibilidad0-30
E. Presentación del último balance de la entidad0-10
Total0-100

18. Irrecurribilidad de la decisión

Aprobado el proyecto por el Comité de Evaluación, el Directorio emitirá el acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es irrecurrible en sede administrativa.

19. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas

1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el Boletín Oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE (15) días corridos contados a partir de la notificación de la resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por decaído el derecho sobre el subsidio otorgado.

2. Desembolsos y rendición de gastos: Durante los OCHO (8) meses que durará la ejecución de los proyectos la AUTORIDAD FEDERAL realizará DOS (2) desembolsos. En virtud de ello el proyecto deberá establecer la utilización que le dará al primer y al último desembolso. El primer desembolso será por una suma equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total del subsidio, el que se realizará luego de la firma del convenio y el segundo a partir del 30 de Octubre de 2014, previa aprobación de la evaluación intermedia del proyecto y sus respectivas rendiciones de gastos. Las rendiciones de los gastos deberán respetar los montos correspondientes del subsidio otorgado, discriminado entre gastos de capital y gastos corrientes y recursos humanos; al mismo tiempo se deberán respetar los montos correspondientes a los gastos del subsidio y de la contraparte, y los previstos para el primer y segundo desembolso. Los excedentes de gastos de las facturas rendidas en el primer desembolso no podrán computarse para el segundo, de la misma manera que los excedentes de las facturas rendidas como gastos provenientes del subsidio no podrán computarse como gastos de contraparte y viceversa. Todos los gastos, tanto los correspondientes al subsidio como los que surgen de la contraparte, deberán rendirse mediante facturas, con sus respectivos recibos, debidamente confeccionados de acuerdo a la normativa establecida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).

3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que realizará el área competente de la AUTORIDAD FEDERAL, que se efectivizará entre el 30 de Octubre al 14 de Noviembre de 2014. La evaluación intermedia, establecerá el grado de avance del proyecto y se realizará a partir de un informe preliminar realizado por los seleccionados, el cual tendrá el carácter de declaración jurada, y complementado por un informe confeccionado por este Organismo.

La rendición y la evaluación final del proyecto podrán realizarse hasta el 27 de Febrero de 2015, debiendo los seleccionados rendir cuentas de todos los gastos realizados hasta el 31 de Enero de 2015.

20. Obligaciones de los beneficiarios

Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades que emanan del presente Reglamento. En caso de que la AFSCA considere que la aplicación de los fondos por parte del beneficiario no está debidamente rendida, o su aplicación no se corresponde con la presentación del proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente las presentaciones correspondientes a la ejecución y rendición del subsidio quedarán inhibidos para participar de los concursos siguientes. Los proyectos ganadores deberán incluir material gráfico, que será entregado por la AFSCA, cuyo contenido dirá “Esta Radio ha sido ganadora del Concurso FOMECA / Equipamiento para Radios 2014 y subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL con fondos públicos”. Asimismo y de manera complementaria deberán emitir por lo menos CUATRO (4) veces al día un separador, que será entregado por la AFSCA, cuyo audio dirá “Esta radio ha sido ganadora del Concurso FOMECA / Equipamiento para Radios 2014 y subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL con fondos públicos”.

21. Difusión de los proyectos ganadores

La participación en el Concurso implica para los participantes cuyos proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la AFSCA para la difusión de todo tipo de comunicación vinculada al concurso y sus resultados.

Todos los ganadores autorizan a la AFSCA a la utilización de su nombre, imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización mencionada como condición de participación.

FORMULARIO UNICO

FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES (FOMECA) / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014















e. 24/02/2014 N| 9979/14 v. 24/02/2014