AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 188/2014
Bs. As., 17/2/2014
VISTO el Expediente Nº 144/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los
fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos
especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de
comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos
Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos
de digitalización.
Que la actividad realizada por los servicios de comunicación
audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter
fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que
se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir,
difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.
Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº
1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la
administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del
artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a
la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un
comité de evaluación.
Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y
financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos que
impulsen el desarrollo y la sustentabilidad de los medios de
comunicación audiovisual bajo su titularidad.
Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo
específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras
que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y
utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la
conservación del acervo natural y cultural.
Que son objetivos de la mencionada Ley, el fortalecimiento de acciones
que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las
localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de
una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el
patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas
que integran la Nación.
Que cabe destacar que la comunicación audiovisual resulta una actividad
de interés público y trascendencia social y que en ese marco cobran
asimismo importancia la preservación y el desarrollo de las actividades
previstas en la Ley Nº 26.522 como parte de las obligaciones del Estado
Nacional de salvaguardar el derecho a la información, a la
participación, la preservación y el desarrollo del Estado de Derecho,
así como los valores de la libertad de expresión.
Que en el cumplimiento de los mencionados objetivos, resulta necesario
convocar a concurso para el otorgamiento de subsidios a diversos
actores que constituyen el universo de los medios audiovisuales
atendiendo para ello a diversos factores tales como la sustentabilidad
económica de la actividad a promocionar, su importancia histórica,
cultural, y su distribución geográfica en el territorio nacional.
Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo
por el cual se apruebe el procedimiento del referido concurso, los
requisitos y condiciones para la presentación de los proyectos
mencionados, su posterior selección y ejecución.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL acordó el dictado del
presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Convócase a concurso abierto en todo el territorio
nacional a personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con
licencia o reconocimiento vigente de servicios de radiodifusión sonora,
para el otorgamiento de subsidios de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($
130.000) para ser destinados a TREINTA (30) proyectos, correspondientes
al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES (FOMECA) / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014.
ARTICULO 2º — Apruébase el Reglamento para el llamado a concurso del
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES
/ EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 que, como Anexo I forma parte de la
presente.
ARTICULO 3° — Encomiéndese al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION.
ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente, no
excederá de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 3.900.000) y se
imputará a la partida correspondiente del presupuesto para el Ejercicio
2014.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese a la DIRECCION NACIONAL DE
DELEGACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio,
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
ANEXO I
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014
1. Nombre del Concurso
Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014, al concurso
cuyas bases y condiciones se encuentran establecidas en el presente
Reglamento.
2. Objetivo
El objetivo del FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 es fomentar la
adquisición de equipamiento técnico para la mejora de la emisión y
recepción de las señales de servicios de radiodifusión sonora bajo la
titularidad de personas jurídicas sin fines de lucro, con su
consiguiente certificación técnica, e incorporar y mejorar la
infraestructura física y tecnológica que permitan el normal desarrollo
de las tareas diarias.
3. Presentación del proyecto
El Formulario Unico de Presentación y los formularios complementarios
podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).
Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de
proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de
contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar
La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento.
El proyecto no podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.
4. Requisitos para la presentación del proyecto
Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Realizar la inscripción online en el Registro FOMECA, al que se
podrá acceder a través de la página web de AFSCA (www.afsca.gob.ar).
2. Imprimir la hoja de Inscripción del Registro FOMECA e incorporarla
como primera hoja de la Carpeta de Presentación del Proyecto.
3. Completar el FORMULARIO UNICO FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 según lo establecido en el presente Reglamento.
4. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente
constará la leyenda “FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/EQUIPAMIENTO PARA
RADIOS 2014”, Nombre del proyecto, Región por la que participa,
denominación de la Entidad solicitante, Localidad y Provincia. A tal
efecto la AFSCA proveerá la plantilla para ser completada, impresa y
pegada en el sobre.
5. El sobre debe contener una carpeta impresa y anillada que conste de
4 partes: 1. Hoja de Registro FOMECA; 2. Documentación; 3. Proyecto; 4.
Sobre con CD incluyendo el contenido digitalizado de la carpeta. Cada
una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y
firmadas en su totalidad por el presidente o apoderado legal de la
entidad.
6. Documentación Requerida:
6.1. Hoja impresa del registro FOMECA realizado de forma online.
6.2. Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica.
6.3. Fotocopia certificada de los Estatutos.
6.4. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.
6.5. Constancia de CUIT.
6.6. Constancia de CBU.
6.7. Fotocopia de la Resolución de otorgamiento de la licencia o reconocimiento vigente.
6.8. Formularios de alta de beneficiario (3 formularios completados y
uno de ellos certificado por la entidad bancaria), para el pago del
Tesoro de la Nación.
6.9. Tres (3) Presupuestos con membrete de los proveedores. |
7. Todas las hojas deberán estar firmadas por el Presidente de la
entidad, su representante o apoderado. En este último caso deberá
presentar copia del poder que lo acredite como tal, en los términos del
artículo 31 y siguientes del Reglamento de la Ley de Procedimientos
Administrativos Decreto Nº 1759/72.
Cuando se adjunten fotocopias de documentos exigidos en el presente
reglamento, éstas deben hallarse certificadas por Entidad Bancaria; o
Registro Civil; o Autoridad Judicial Competente; o Escribano Público; o
por la máxima autoridad administrativa de la Delegación del AFSCA, en
cuya jurisdicción se encuentra la localidad donde se presta el servicio.
8. Sólo serán considerados gastos elegibles para el cálculo de
inversión del proyecto, aquellos que estén vinculados en forma
inequívoca al objeto del proyecto, contribuyan al logro de los
resultados previstos en su formulación y respeten el principio de
independencia del proveedor.
5. Postulantes
Podrán ser postulantes al FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014, las
personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con la adjudicación
de licencia o reconocimiento otorgado a través del dictado de
Resolución Nº 753-COMFER/06, vigente a la fecha.
6. Proyectos elegibles y montos
Se financiarán montos de CIENTO TREINTA MIL PESOS ($ 130.000) por cada
uno de los TREINTA (30) proyectos ganadores de aquellas personas
jurídicas sin fines de lucro que cuenten con radios con licencia o
reconocimiento vigente.
7. Subsidio
Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte
no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del
proyecto presentado. El subsidio cubrirá un monto fijo de hasta el
OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la totalidad del proyecto, debiendo
las entidades complementar el mismo con un QUINCE POR CIENTO (15%) o
más en concepto de contrapartida.
Por consiguiente la distribución del subsidio y la correspondiente contraparte se harán de la siguiente manera:
MONTO TOTAL DEL PROYECTO | No menor a | $ 152.942.- | 100% |
SUBSIDIO | Igual a | $ 130.000.- | 85% |
CONTRAPARTE | No menor a | $ 22.942.- | 15% |
De esta manera los proyectos ganadores deberán considerar un plan de
inversión de por lo menos PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
CUARENTA Y DOS ($ 152.942.-), de los cuales la AFSCA subsidiará el
OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de ese monto, que es equivalente a
PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000.-), y la entidad deberá aportar al
menos el QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del proyecto, que
equivale a PESOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 22.942.-)
8. Destino de los fondos del subsidio.
El subsidio podrá aplicarse a los siguientes ítems:
1. GASTOS DE CAPITAL
1.A. Equipamiento tecnológico: Están incluidos en este rubro todos
aquellos equipamientos tecnológicos tales como antenas radiofónicas,
amplificador de audio, consolas o mixer, paneles acústicos, tendidos de
redes y telefonía, híbridos telefónicos, instrumental y accesorios
(micrófonos, auriculares, grabadores, discos externos, luz aire,
estabilizadores de tensión, racks, etc.), computadoras, notebooks,
tabletas, flota de trunking o celulares, receptor de señal de celular,
y todo otro material o equipamiento cuya asignación al proyecto en
materia tecnológica sea de identificación unívoca y que sirva para
iniciar las emisiones o que impacte en la modernización de la emisora.
1.B. Adecuación edilicia: Están incluidos en este rubro todas las
intervenciones y obras (mampostería, pintura, tendido eléctrico,
iluminación, etc.) tendientes a mejorar las condiciones del lugar donde
se encuentra emplazada la radio, tales como el estudio de radio, la
sala de operación técnica, la sala de edición, la sala de equipos de
transmisión, la instalación de la torre de transmisión, e instalaciones
complementarias como baños, cocina, etc.
2. RECURSOS HUMANOS
Están comprendidas en este rubro las erogaciones correspondientes al
pago de honorarios profesionales, certificación técnica, consultoría,
etc. Los honorarios correspondientes a recursos humanos cuyas funciones
sean operativas en el proyecto (coordinación general, asistente, etc.),
no podrán exceder los PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) mensuales, ni los
PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-) por la duración total del proyecto,
para cada persona.
Los gastos de capital deberán cubrir exactamente el SETENTA POR CIENTO
(70%) del subsidio otorgado que corresponde a PESOS NOVENTA Y UN MIL ($
91.000.-), mientras que los gastos de recursos humanos cubrirán
exactamente el otro TREINTA POR CIENTO (30%) equivalente a PESOS
TREINTA Y NUEVE MIL ($ 39.000.-).
9. Destino de los fondos de la contraparte.
Los gastos de contraparte podrán aplicarse a los mismos ítems
descriptos en el punto anterior, “Destino de los fondos del subsidio”,
más gastos de alquiler, servicios corrientes (luz, agua, gas, internet,
etc.), catering, pudiendo asignarse sin restricciones ni limites
porcentuales a cualquiera de los rubros en tanto y en cuanto cubran no
menos del QUINCE POR CIENTO (15%) de la totalidad de los gastos del
proyecto.
El esquema general de distribución del subsidio respecto de la aplicación de gastos y la contraparte es la siguiente:
GASTOS DE CAPITAL | $ 91.000.- |
RECURSOS HUMANOS | $ 39.000.- |
TOTAL SUBSIDIO | $ 130.000.- |
TOTAL CONTRAPARTE | $ 22.942.- |
TOTAL PROYECTO | $ 152.942.- |
10. Gastos excluidos.
No podrán incluirse en el presupuesto y rendición de gastos del proyecto, ninguno de los ítems que se señalan a continuación:
1. Reestructuración de deudas.
2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso.
3. Pago de cesantías.
4. Compras de inmuebles.
5. Adquisición de bienes usados que no tengan afectación específica según lo dispuesto en el apartado 8 1.
6. Impuestos, tasas, etc.
7. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.
8. Pagos realizados por un tercero por cuenta y orden de los solicitantes.
9. Pagos con tarjetas de crédito o débito que no estén a nombre de las entidades beneficiarias.
10. Pagos en cuotas que no se encuentren totalmente cancelados.
11. Gastos bancarios.
12. Compra de vehículos.
Si se detectaran durante la ejecución gastos de esta naturaleza, los
mismos serán detraídos del monto del subsidio, aún en el supuesto en
que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.
11. Cronograma
El cronograma de implementación del FOMECA / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014 prevé las siguientes etapas
Etapa | Fecha |
Inicio del Concurso | 5 de Marzo 2014 |
Cierre de presentación proyectos | 21 de Abril 2014 |
Anuncio de los seleccionados | 23 de Junio 2014 |
Entrega 1er. Desembolso | A partir del 1 de Septiembre de 2014 |
Rendición del 1er. Desembolso | 15 al 30 de Octubre de 2014 |
Evaluación de la rendición 1er. desembolso y entrega 2do. Desembolso | 30 de Octubre al 14 de Noviembre de 2014 |
Fecha de finalización del proyecto | 31 de Enero de 2015 |
Rendición final y Evaluación del proyecto | 2 al 27 de Febrero de 2015 |
(Nota Infoleg: por art. 1° Resolución N° 361/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 22/5/2015 se prorroga la Evaluación de la rendición 1°
desembolso y entrega 2° desembolso del 15 al 28 de Febrero de 2015 del cronograma establecido en el presente punto)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 986/2015
de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
21/10/2015 se prorroga la Fecha de Finalización del Proyecto al 30 de
Noviembre de 2015 del cronograma establecido en el presente punto. Prórroga anterior: Resolución N° 361/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 22/5/2015)
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 986/2015de
la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
21/10/2015 se prorroga la fecha de Rendición Final y Evaluación del
Proyecto del 1 al 30 de Diciembre de 2015 del cronograma establecido en
el presente punto. Prórroga anterior: Resolución N° 361/2015 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 22/5/2015)
12. Competencia y distribución regional
Con el fin de garantizar una distribución federal en el fondo
establecido para este concurso, los proyectos que pertenezcan a la
misma región del país, competirán entre sí y serán rankeados en la
evaluación de acuerdo a la región de la que formen parte. A los fines
expuestos se establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso,
por las provincias que se detallan a continuación:
1) Región Centro Metropolitano: Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
2) Región Centro Norte: Córdoba y Santa Fe;
3) Región Noreste Argentino: Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos;
4) Región Noroeste Argentino: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero;
5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja;
6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
13. Plazo de ejecución
El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los OCHO (8)
meses, siendo la fecha límite para la presentación de los comprobantes
que acrediten la ejecución del mismo el 27 de febrero de 2015. Se
considerarán como válidos todos aquellos comprobantes de gastos que
sean emitidos a partir de la fecha de anuncio de los proyectos
seleccionados y hasta el 31 de Enero de 2015.
14. Comité de Evaluación
El Comité de Evaluación estará compuesto por CINCO (5) miembros, DOS
(2) de los cuales serán propuestos por el CONSEJO FEDERAL DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL. Su conformación será comunicada públicamente
en fecha previa al cierre de presentación de proyectos. Ningún miembro
del Comité de Evaluación podrá integrar ni haber integrado en el último
año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de
los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las
entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de
consanguinidad o afinidad en primero y segundo grado con personas que
formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del
cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de
administración o fiscalización de cualquiera de las entidades
participantes del Concurso. En caso de corroborarse el mencionado
vínculo la entidad resultará excluida del proceso de evaluación. Si
ésta situación fuera detectada luego de ser elegida ganadora, la
entidad deberá devolver la totalidad del subsidio a la AFSCA,
independientemente de que hubiese realizado o no las erogaciones
correspondientes a la producción del proyecto.
15. Lugar y fecha de presentación de los proyectos
La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de
Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas y se recibirán hasta las 17
horas del 21 de Abril de 2014.
Los proyectos podrán presentarse asimismo en cualquiera de las
delegaciones de este Organismo en el interior del país o por vía postal.
Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones deberán
contar con el sello en el sobre que acredita el día de recepción de los
mismos, considerándose esta fecha como la única válida a los fines de
la presentación.
Los proyectos pueden presentarse por vía postal hasta el 21 de Abril de
2014; a tal fin se considerará como válida la fecha del matasellos
postal.
No se aceptarán presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha indicadas para el cierre del concurso.
16. Instancias y criterios generales de evaluación
La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias.
En la primera se considerará la presentación del proyecto y la
documentación de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento.
Aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos establecidos
para la presentación serán excluidos y no pasarán a la instancia del
Comité de Evaluación.
La segunda instancia estará a cargo del Comité de Evaluación quien
elegirá a los TREINTA (30) mejores proyectos de acuerdo con los
criterios de evaluación y considerando la grilla de evaluación que se
reseña a continuación. Las propuestas contendrán la información
necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de
calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de
la propuesta. La evaluación de las solicitudes estará basada en:
a) Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto
Se tomarán en cuenta los siguientes aspectos:
a.1.) Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos de la presente convocatoria.
a.2.) Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su
consistencia interna, de la adecuada dotación de recursos y de las
condiciones externas a las que su éxito está supeditado. Para ello se
tendrá en cuenta:
a.2.1.) Claridad de los objetivos.
a.2.2.) Precisión en la definición de las etapas y tareas.
a.2.3.) Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas.
a.2.4.) Elegibilidad y racionalidad del presupuesto. En el caso del equipamiento se considerarán solamente equipos homologados.
b) Capacidad técnica de los solicitantes
A los efectos de la evaluación de la aptitud técnica para la
realización del proyecto, se tendrá en cuenta los conocimientos,
experiencia y capacidades del equipo que conforma la emisora y
participa en el proyecto de ejecución del subsidio.
c) Aportes a la diversidad comunicacional y cultural.
Se considerarán los diversos aportes de los beneficiarios, como voz
diferenciadora de sectores y comunidades que expresan la diversidad
comunicacional y el patrimonio cultural de nuestra Nación.
d) Evaluación económica de la inversión y sostenibilidad
Se analizará la consistencia de la inversión y las actividades
consideradas para la sostenibilidad del proyecto. En este punto se
tomarán en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
d.1. Razonabilidad económica de la inversión y su consistencia entre los diferentes componentes de la misma.
d.2. Análisis de las acciones que propendan a la sostenibilidad del proyecto.
e) Presentación del último balance.
Con el objeto de estimular el ordenamiento administrativo de las
entidades se ponderara aquellas entidades que presenten su último
balance contable.
17. Grilla de puntuación para la evaluación
El Comité de Evaluación juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:
Criterios de evaluación | Puntaje |
A. Factibilidad y Calidad tecnológica del proyecto | 0-20 |
B. Capacidad técnica de los solicitantes | 0-20 |
C. Aportes a la diversidad comunicacional y cultural | 0-20 |
D. Evaluación económica de la inversión y sostenibilidad | 0-30 |
E. Presentación del último balance de la entidad | 0-10 |
Total | 0-100 |
18. Irrecurribilidad de la decisión
Aprobado el proyecto por el Comité de Evaluación, el Directorio emitirá
el acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es
irrecurrible en sede administrativa.
19. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas
1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el
Boletín Oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el
convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el
representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE
(15) días corridos contados a partir de la notificación de la
resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los
seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por
decaído el derecho sobre el subsidio otorgado.
2. Desembolsos y rendición de gastos: Durante los OCHO (8) meses que
durará la ejecución de los proyectos la AUTORIDAD FEDERAL realizará DOS
(2) desembolsos. En virtud de ello el proyecto deberá establecer la
utilización que le dará al primer y al último desembolso. El primer
desembolso será por una suma equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%)
del monto total del subsidio, el que se realizará luego de la firma del
convenio y el segundo a partir del 30 de Octubre de 2014, previa
aprobación de la evaluación intermedia del proyecto y sus respectivas
rendiciones de gastos. Las rendiciones de los gastos deberán respetar
los montos correspondientes del subsidio otorgado, discriminado entre
gastos de capital y gastos corrientes y recursos humanos; al mismo
tiempo se deberán respetar los montos correspondientes a los gastos del
subsidio y de la contraparte, y los previstos para el primer y segundo
desembolso. Los excedentes de gastos de las facturas rendidas en el
primer desembolso no podrán computarse para el segundo, de la misma
manera que los excedentes de las facturas rendidas como gastos
provenientes del subsidio no podrán computarse como gastos de
contraparte y viceversa. Todos los gastos, tanto los correspondientes
al subsidio como los que surgen de la contraparte, deberán rendirse
mediante facturas, con sus respectivos recibos, debidamente
confeccionados de acuerdo a la normativa establecida por la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que
realizará el área competente de la AUTORIDAD FEDERAL, que se
efectivizará entre el 30 de Octubre al 14 de Noviembre de 2014. La
evaluación intermedia, establecerá el grado de avance del proyecto y se
realizará a partir de un informe preliminar realizado por los
seleccionados, el cual tendrá el carácter de declaración jurada, y
complementado por un informe confeccionado por este Organismo.
La rendición y la evaluación final del proyecto podrán realizarse hasta
el 27 de Febrero de 2015, debiendo los seleccionados rendir cuentas de
todos los gastos realizados hasta el 31 de Enero de 2015.
20. Obligaciones de los beneficiarios
Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades
que emanan del presente Reglamento. En caso de que la AFSCA considere
que la aplicación de los fondos por parte del beneficiario no está
debidamente rendida, o su aplicación no se corresponde con la
presentación del proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el
convenio por incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado
correctamente las presentaciones correspondientes a la ejecución y
rendición del subsidio quedarán inhibidos para participar de los
concursos siguientes. Los proyectos ganadores deberán incluir material
gráfico, que será entregado por la AFSCA, cuyo contenido dirá “Esta
Radio ha sido ganadora del Concurso FOMECA / Equipamiento para Radios
2014 y subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL con fondos públicos”. Asimismo y de manera complementaria
deberán emitir por lo menos CUATRO (4) veces al día un separador, que
será entregado por la AFSCA, cuyo audio dirá “Esta radio ha sido
ganadora del Concurso FOMECA / Equipamiento para Radios 2014 y
subsidiado por la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL con fondos públicos”.
21. Difusión de los proyectos ganadores
La participación en el Concurso implica para los participantes cuyos
proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la
AFSCA para la difusión de todo tipo de comunicación vinculada al
concurso y sus resultados.
Todos los ganadores autorizan a la AFSCA a la utilización de su nombre,
imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con
finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere
convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir
retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se
comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la
AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización
mencionada como condición de participación.
FORMULARIO UNICO
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES (FOMECA) / EQUIPAMIENTO PARA RADIOS 2014