MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 94/2014
Bs. As., 17/2/2014
VISTO Expediente Nº S01:0335553/2004 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que en el respectivo expediente, la Dirección General de Laboratorios y
Control Técnico, propone la actualización de la Misión, Visión y la
Política de la Calidad que guiará las acciones vinculadas al Sistema de
Gestión de Calidad de la citada Dirección General y los Laboratorios
Regionales y Campos Experimentales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y a la Acreditación de Ensayos.
Que los laboratorios de referencia a nivel internacional garantizan la
validez y confiabilidad de sus resultados analíticos implementando
sistemas de aseguramiento de la calidad y acreditando sus ensayos en
acuerdo a normas reconocidas.
Que la Norma ISO IEC 17025/IRAM 301 —Requisitos Generales para la
competencia de los Laboratorios de Ensayos y de Calibración— establece
los requisitos que deben cumplir los laboratorios que deseen acreditar
sus ensayos.
Que la Política de la Calidad muestra los compromisos que se asumen a
efectos de garantizar el cumplimiento de los requisitos pautados y
satisfacer al cliente.
Que los objetivos enunciados en la Política de la Calidad requieren ser
actualizados integrando al proceso a los Laboratorios Regionales y
Campos Experimentales.
Que el proceso de actualización se realiza en forma periódica en el marco de los procesos de mejora continua.
Que las actividades de aseguramiento de la calidad en Laboratorios de
Ensayos Analíticos y en los Campos Experimentales facilitan los
procesos de reconocimiento mutuo.
Que es necesario documentar el compromiso de la alta gerencia en el cumplimiento de la Norma ISO IEC 17025/IRAM 301.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de índole legal que formular.
Que la suscripta es competente para resolver en esta instancia de
conformidad las atribuciones conferidas por el Artículo 8°, inciso h)
del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su
similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la actualización de la Misión, Visión y Política
de la Calidad que regirán las actividades de la Dirección General de
Laboratorios y Control Técnico, Laboratorio de Referencia, los
Laboratorios Regionales y los Campos Experimentales del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que, como Anexo, forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA M. GUILLEN, Presidenta,
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
ANEXO
Misión:
La Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, Laboratorio de
Referencia, los Laboratorios Regionales y los Campos Experimentales del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) tienen
como misión respaldar analíticamente las políticas, acciones y
decisiones del Organismo en su responsabilidad de controlar la calidad
de productos e insumos agropecuarios, salvaguardar la sanidad animal y
vegetal y proteger la salud pública.
Visión:
Ser un conjunto de Laboratorios y Campos Experimentales integrados,
cuya excelencia basada en el cumplimiento de normativas y prácticas
nacionales e internacionales en materia de gestión de laboratorios,
permita el reconocimiento mutuo con organismos sanitarios pares,
consolide nuestra función como referencia nacional, regional e
internacional, facilite el intercambio comercial de los productos
agropecuarios y asegure la satisfacción de nuestros clientes.
Política de la Calidad:
Se establece la Política de la Calidad de la Dirección General de
Laboratorios y Control Técnico, Laboratorios Regionales y Campos
Experimentales del SENASA, de acuerdo a una visión basada en la
satisfacción de las necesidades y expectativas de nuestros usuarios
internos y externos, la competencia del personal y el fortalecimiento
de la cooperación con organismos sanitarios y técnicos, nacionales e
internacionales. Por ello, nos comprometemos a:
• Realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de nuestra
Misión con idoneidad científico-técnica, actuando con responsabilidad y
transparencia, en forma objetiva e imparcial, garantizando la calidad
de los ensayos y manteniendo en todo momento la confidencialidad.
• Mantener y mejorar continuamente la eficacia de nuestro Sistema de
Gestión cumpliendo Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) y/o los
requisitos de la Norma ISO-IEC 17025/IRAM 301 y normativas nacionales,
regionales e internacionales vinculadas al desempeño de laboratorios en
el ámbito de incumbencia del SENASA.
• Implementar los procedimientos administrativos en el ámbito de los
Laboratorios y Campos Experimentales en materia de gestión de recursos
a fin de que el Organismo ejecute su plan anual de compras resguardando
los objetivos de la calidad y garantizando la disponibilidad de los
mismos en tiempo y forma.
• Asegurar la competencia del personal propiciando su participación en
actividades de capacitación, entrenamiento y actualización en temas
técnicos y de gestión.
• Utilizar métodos de ensayo apropiados y debidamente validados que satisfagan las necesidades de nuestros usuarios.
• Planificar e implementar nuestras actividades y servicios teniendo en
cuenta la seguridad y los aspectos ambientales asociados.
• Difundir la Política de la Calidad y los documentos del Sistema de
Gestión, asegurándose que todo el personal, en el área de su
competencia, los conozca, los comprenda y los aplique en su trabajo
cotidiano.
• Revisar periódicamente esta Política para asegurar su eficacia y adecuación.
La responsabilidad de la aplicación de esta Política incluye e incumbe
a todo el personal, en todos los niveles de la Dirección General de
Laboratorios y Control Técnico, Laboratorios Regionales y Campos
Experimentales de acuerdo a su puesto de trabajo, autoridad y
responsabilidad, siendo su cumplimiento una obligación para todos.
e. 24/02/2014 N° 10420/14 v. 24/02/2014