MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 201/2014

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Industria.

Bs. As., 20/2/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0027268/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2.625 de fecha 27 de diciembre de 2012, se designó con carácter transitorio al Licenciado en Economía Don Mario Roberto SOSA (M.I. Nº 16.631.696) en el cargo, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, de Director de la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del funcionario mencionado.

Que el profesional citado se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

Que el profesional mencionado precedentemente fue exceptuado de lo establecido en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 1° del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del día 8 de enero de 2013, fecha de su vencimiento, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del presente decreto, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto Nº 2.625 de fecha 27 de diciembre de 2012, en el cargo de Director de la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, al Licenciado en Economía Don Mario Roberto SOSA (M.I. Nº 16.631.696), Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos por el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Débora A. Giorgi.