ENERGIA HIDROELECTRICA

Decreto N° 1.029/1985

Apruébase un contrato suscripto entre Misiones Sociedad Anónima (EMSA) y un consorcio de empresas para la ejecución, operación y mantenimiento de las obras del Aprovechamiento Hidroeléctrico del Arroyo Urugua-í.

Bs. As., 6/6/85

VISTO el Expediente N° 24.076/85 del registro de la Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que la creciente demanda de energía en la Provincia de Misiones -aislada del Sistema Interconectado Nacional- torna impostergable adoptar los medios que aseguren su oportuno abastecimiento.

Que, asimismo resulta equitativo proveer lo necesario para reducir el costo de la energía en dicha provincia, ya que pese a contar con importantes recursos hidráulico, soporta niveles tarifarios que exceden los vigentes en otras zonas del país.

Que, según lo han confirmado los análisis efectuados por los organismos componentes de la Secretaría de Energía, la ejecución del proyecto de la central Hidroeléctrica del Arroyo Urugua-í, constituye una vía adecuada para solucionar los problemas expuestos.

Que por Ley de la Provincia de Misiones N° 1.319 de fecha 12 de marzo de de 1981 se otorgó la concesión del aprovechamiento hidroeléctrico del Arroyo Urugua-í, a Electricidad de Misiones Sociedad Anónima (EMSA), la que quedó autorizada a contratar con terceros la construcción operación y manteniento de las obras.

Que previa aprobación por Decreto N° 1.729 del 14 de julio de 1983, con fecha 21 de marzo de 1984 se suscribieron entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Electricidad de Misiones Sociedad Anónma (EMSA) dos contratos de préstamo, con la garantía de la Nación Argentina, con destino al financiamieno parcial del proyecto por la suma total de sesenta y seis millones de dólares estadounidenses (U$S 66.000.000)

Que de conformidad con las prescripciones de la Ley Provincial N° 1.361 del 12 de marzo de 1981, Electricidad de Misiones Sociedad Anónima (EMSA) convocó a una Licitaión Pública Internacional para la ejecución de la obra y operación y mantenimiento. Como consecuencia del proceso licitatorio de empresas de capital nacional cuya adjudicación fue aprobada por el Gobierno de la Provincia de Misiones mediante Decreto N° 42 del 8 de enero de 1985, habiéndose suscripto el correspondiente contrato el 19 de marzo de 1985.

Que en la resoución conjunta N° 249/82 MOSP y 542/82 ME. de los Ministerios de Obras y Servicios públicos y de Economía, por medio de la cual se autorizó oportunamente la mencionada licitación internacional, se dispuso que las actuaicones referentes al concurso y al contrato resultante del mismo, debían ser elevados al Poder Ejecutivo Nacional para su aprobación y otorgamiento de garantías -contractuales, no financieras- por parte del Estado Nacional.

Que en concordancia con los lineamientos políticos del actual gobierno democrático, al contrato ha sido anexada una cláusula adicional, a efectos de que una vez concluidas las obras de la Central Hidroeléctrica del Arroyo Urugua-í, Electricidad de Misiones Sociedad Anónima (EMSA) pueda hacerece cargo -sin indemnización alguna de la operación y mantenimiento el Sistema, asegurándose así, el libre ejercicio de tal decisión política por parte del gobierno de la Provincia, en cuya órbita y bajo cuyo control opera la mancionada Sociedad.

Que con el objeto de afianzar el desarrollo de la Provincia de Misiones mediante el adecuado abastecimiiento energético y dada la particular situación geográfica de la Provincia, el Decreto N° 1.820 del 1° de septimebre de 1980, declara de interés nacional a todos sus efectos las obras del Plan de Abastecimiento Energético, entre las que está inlcuida la central de Urugua-í.

Que de acuerdo a los dispuesto por el artículo 48 de la Ley N° 16.432, incorporado a la Ley Permanente de Presupuesto, modificado por el artículo 7° de la Ley N° 20.548, el Poder Ejectuvo Nacional se halla autorizado para prestar la garantía de la Nación Argentina a obras y explotaciones declaradas de interés nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el contrato y cláusula adicional suscriptos entre Electicidad Misiones Sociedad Anónima (EMSA) y las empresas Sideco Americana Sociedad Constructora, Inmobiliaria, Industrial y Financiera (Sideco Americana SACII Y F), Sade Sociedad Anónima, Constructora, Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y de Mandatos (SADE SACCIFIM) International Engineers and Contractors Sociedad Anónima (IECSA) e Industrias Metalúrgicas Pescarmona Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera (IMPSA IC y F) con fecha 19 de marzo de 1985 para la ejecución operación y mantenimiento de las obras de Aprovechamiento Hidroeléctrco del Arroyo Urugua-í, que forman parte del presente decreto.

Art. 2° - La aprobación dispuesta con el artículo 1° del presente Decreto implica el otorgamiento de las garantías contractuales estipuladas en el artículo 42 del Pliego de Bases y Condiciones legales del Aprovechamiento Hidroléctrico del Arroyo Urugua-í.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ALFONSIN

Roque G. Carranza

Antonio A. Tróccoli

Juan V. Sourroille

Nota: Este decreto se publica sin Anexos.