ENERGIA HIDROELECTRICA
Decreto N° 1.029/1985
Apruébase un contrato suscripto entre
Misiones Sociedad Anónima (EMSA) y un consorcio de empresas para la
ejecución, operación y mantenimiento de las obras del Aprovechamiento
Hidroeléctrico del Arroyo Urugua-í.
Bs. As., 6/6/85
VISTO el
Expediente N° 24.076/85
del registro de la Secretaría
, y
CONSIDERANDO:
Que la creciente demanda de energía en la Provincia de Misiones
-aislada del Sistema Interconectado Nacional- torna impostergable
adoptar los medios que aseguren su oportuno abastecimiento.
Que, asimismo resulta equitativo proveer lo necesario para reducir el
costo de la energía en dicha provincia, ya que pese a contar con
importantes recursos hidráulico, soporta niveles tarifarios que exceden
los vigentes en otras zonas del país.
Que, según lo han confirmado los análisis efectuados por los organismos
componentes de la Secretaría de Energía, la ejecución del proyecto de
la central Hidroeléctrica del Arroyo Urugua-í, constituye una vía
adecuada para solucionar los problemas expuestos.
Que por Ley de la Provincia de Misiones N° 1.319 de fecha 12 de marzo
de de 1981 se otorgó la concesión del aprovechamiento hidroeléctrico
del Arroyo Urugua-í, a Electricidad de Misiones Sociedad Anónima
(EMSA), la que quedó autorizada a contratar con terceros la
construcción operación y manteniento de las obras.
Que previa aprobación por Decreto N° 1.729 del 14 de julio de 1983, con
fecha 21 de marzo de 1984 se suscribieron entre el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID) y Electricidad de Misiones Sociedad Anónma (EMSA)
dos contratos de préstamo, con la garantía de la Nación Argentina, con
destino al financiamieno parcial del proyecto por la suma total de
sesenta y seis millones de dólares estadounidenses (U$S 66.000.000)
Que de conformidad con las prescripciones de la Ley Provincial N° 1.361
del 12 de marzo de 1981, Electricidad de Misiones Sociedad Anónima
(EMSA) convocó a una Licitaión Pública Internacional para la ejecución
de la obra y operación y mantenimiento. Como consecuencia del proceso
licitatorio de empresas de capital nacional cuya adjudicación fue
aprobada por el Gobierno de la Provincia de Misiones mediante Decreto
N° 42 del 8 de enero de 1985, habiéndose suscripto el correspondiente
contrato el 19 de marzo de 1985.
Que en la resoución conjunta N° 249/82 MOSP y 542/82 ME. de los
Ministerios de Obras y Servicios públicos y de Economía, por medio de
la cual se autorizó oportunamente la mencionada licitación
internacional, se dispuso que las actuaicones referentes al concurso y
al contrato resultante del mismo, debían ser elevados al Poder
Ejecutivo Nacional para su aprobación y otorgamiento de garantías
-contractuales, no financieras- por parte del Estado Nacional.
Que en concordancia con los lineamientos políticos del actual gobierno
democrático, al contrato ha sido anexada una cláusula adicional, a
efectos de que una vez concluidas las obras de la Central
Hidroeléctrica del Arroyo Urugua-í, Electricidad de Misiones Sociedad
Anónima (EMSA) pueda hacerece cargo -sin indemnización alguna de la
operación y mantenimiento el Sistema, asegurándose así, el libre
ejercicio de tal decisión política por parte del gobierno de la
Provincia, en cuya órbita y bajo cuyo control opera la mancionada
Sociedad.
Que con el objeto de afianzar el desarrollo de la Provincia de Misiones
mediante el adecuado abastecimiiento energético y dada la particular
situación geográfica de la Provincia, el Decreto N° 1.820 del 1° de
septimebre de 1980, declara de interés nacional a todos sus efectos las
obras del Plan de Abastecimiento Energético, entre las que está
inlcuida la central de Urugua-í.
Que de acuerdo a los dispuesto por el artículo 48 de la Ley N° 16.432,
incorporado a la Ley Permanente de Presupuesto, modificado por el
artículo 7° de la Ley N° 20.548, el Poder Ejectuvo Nacional se halla
autorizado para prestar la garantía de la Nación Argentina a obras y
explotaciones declaradas de interés nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° - Apruébase el
contrato y cláusula adicional suscriptos entre Electicidad Misiones
Sociedad Anónima (EMSA) y las empresas Sideco Americana Sociedad
Constructora, Inmobiliaria, Industrial y Financiera (Sideco Americana
SACII Y F), Sade Sociedad Anónima, Constructora, Comercial, Industrial,
Financiera, Inmobiliaria y de Mandatos (SADE SACCIFIM) International
Engineers and Contractors Sociedad Anónima (IECSA) e Industrias
Metalúrgicas Pescarmona Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y
Financiera (IMPSA IC y F) con fecha 19 de marzo de 1985 para la
ejecución operación y mantenimiento de las obras de Aprovechamiento
Hidroeléctrco del Arroyo Urugua-í, que forman parte del presente
decreto.
Art. 2° - La aprobación
dispuesta con el artículo 1° del presente Decreto implica el
otorgamiento de las garantías contractuales estipuladas en el artículo
42 del Pliego de Bases y Condiciones legales del Aprovechamiento
Hidroléctrico del Arroyo Urugua-í.
Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ALFONSIN
Roque G. Carranza
Antonio A. Tróccoli
Juan V. Sourroille
Nota: Este decreto se publica sin Anexos.