MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 55/2014
Bs. As., 23/1/2014
VISTO el Expediente Nº 1578612/2013 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 22.431, Nº 25.689 y Nº
26.378 y el Decreto Nº 312 del 8 de marzo de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 22.431 se establece un sistema de protección
integral de las personas con discapacidad, disponiéndose a través de su
artículo 8° modificado por la Ley Nº 25.689, que el Estado Nacional
—entendiéndose por tal los tres Poderes que lo constituyen, sus
organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no
estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas
concesionarias de servicios públicos— está obligado a ocupar personas
con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en
una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad de
su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser
exclusivamente ocupados por ellas.
Que por la Ley Nº 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados
mediante Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas del día
13 de diciembre de 2006.
Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
comprende bajo dicho concepto a toda persona que tenga deficiencias
físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al
interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las
demás.
Que por el artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, los Estados Partes reconocen el derecho de
las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones con
las demás. Ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la
vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado
laboral que sea abierto, inclusivo y accesible.
Que con tal objeto, los Estados Partes se comprometen a adoptar medidas
destinadas a emplear personas con discapacidad en el sector público.
Que mediante el Decreto 312 de fecha 8 de marzo de 2010 se estableció
en el ámbito de competencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, el funcionamiento de un Registro de Postulantes con
Discapacidad, a fin de que los organismos obligados por la Ley, puedan
consultar los perfiles de las personas con discapacidad a efectos de la
cobertura de vacantes y contratación de personal en cumplimiento de la
obligación legal.
Que el Decreto Nº 312/10 establece en el párrafo segundo del artículo 3
que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL debe otorgar a
las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades obligadas,
una clave de acceso para consultar el Registro mencionado, debiendo
registrar las consultas que se generaren al mismo y que cartera laboral
aporte su institucionalización federal, a través de sus unidades
territoriales, para facilitar una mayor cobertura de captación de
potenciales postulantes.
Que el Decreto 312/10 establece, asimismo, que dicho servicio de empleo
para personas con discapacidad pueda ser consultado por los demás entes
indicados en el primer párrafo del artículo 8° de la Ley Nº 22.431,
modificado por la Ley Nº 25.689, interesados en la búsqueda de
postulantes para la cobertura de vacantes.
Que a fin de facilitar y agilizar la búsqueda de postulantes deviene
necesario aprobar el Manual de Consulta al Registro de Postulantes con
Discapacidad que funciona en el ámbito de la Dirección de Promoción de
la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el artículo 3 del Decreto 312 de fecha 8 de marzo de 2010.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Manual de Consulta al Registro de
Postulantes con Discapacidad que funciona en el ámbito de la Dirección
de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad
dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION
PROFESIONAL de la SECRETARIA DE EMPLEO que como ANEXO forma parte
integrante de la de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Manual de Usuario
Sistema Búsqueda de Postulantes con Discapacidad
(Decreto 312/10)
Contenido
INTRODUCCION
ACCESO AL APLICATIVO
FUNCIONALIDADES DEL SISTEMA
FORMULARIO PARA SOLICITUD DE ASESORAMIENTO A ORGANISMOS
BUSQUEDA DE POSTULANTES CON DISCAPACIDAD
SECCION CONDICIONES
SELECCION DE DATOS DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD
CERTIFICADO
Introducción
De conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 312/10, el
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social tiene a su cargo la
publicidad, publicación y administración vía la página web del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del Sistema de
Búsqueda de Postulantes con Discapacidad, el cual estará a disposición
de todos los organismos obligados por la norma para la búsqueda y
selección para cubrir puestos de empleo. Por su parte, la Dirección de
Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad de este
Ministerio es el área responsable de coordinación, asesoramiento,
consulta, contacto y mediación de todas las acciones que involucran
este Sistema y sus actores.
Para proceder a la búsqueda y selección de personas, los organismos
obligados por la norma deberán designar un único responsable
autorizante, a quien se le asignará un acceso para gestionar los
accesos al nuevo sistema.
Los usuarios del sistema deberán aprobar los compromisos de
confidencialidad asumidos por el Organismo, para llevar adelante las
consultas y selecciones de posibles candidatos de modo directo en el
Sistema de Búsqueda de Personal con Discapacidad. Una vez efectuado
estos pasos, el funcionario dispondrá y recibirá en su cuenta de correo
el certificado.
Acceso al Aplicativo
Para acceder al aplicativo Sistema de Búsqueda Laboral de Personas con Discapacidad (Decreto 312/10):
https://discapacidad312.trabajo.gob.ar/
Funcionalidades del Sistema
El Sistema nos va a permitir realizar las siguientes acciones:
• Solicitar una preselección de personal con discapacidad por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
• Consultar personal con discapacidad.
Formulario para solicitud de asesoramiento a Organismos
Luego de seleccionar la opción “Formulario para solicitud de
asesoramiento a Organismos” desde la pantalla de inicio, se mostrará el
formulario de solicitud de asesoramiento.
Los campos marcados con asterisco (*,) deben ser completados de forma obligatoria.
Luego se mostrará una vista previa del formulario completo, en donde
los campos no obligatorios que se encuentren incompletos por el
usuario, se visualizarán como “No especificado”.
Se podrán realizar las siguientes acciones:
• Confirmar: para finalizar la registración de datos, debe presionar el botón “Confirmar”.
• Volver: Para corrección de datos, debe presionar el botón “Volver”.
Asimismo, se podrá imprimir el formulario y el certificado correspondiente.
Búsqueda de Postulantes con Discapacidad
A través de la siguiente pantalla, se podrán definir los criterios de
búsqueda del personal con discapacidad que requiera reclutarse.
Al seleccionarse los criterios de búsqueda, que se encuentran en la
sección izquierda de la pantalla, se irá visualizando la información en
la sección derecha:
Los criterios de búsquedas que se pueden contar son:
• Edad
• Tipo de Discapacidad
• Provincia
• Sexo
• Nivel de Estudio
• Soporte
En los tipos de criterios de búsqueda, se muestran las cantidades de
registros que detectan con los criterios seleccionados. Por ejemplo,
como se muestra a continuación, se visualiza que el criterio de
búsqueda seleccionado (Tipo de Discapacidad = auditiva, cuenta con tres
registros y/o personas que cumplen con los requisitos solicitados)
Sección Condiciones
Selección de datos de personal con discapacidad
Desde la sección derecha, luego de haber seleccionado el vínculo
“Agregar”, se mostrarán los registros seleccionados en la parte
inferior de la pantalla, como se muestra a continuación:
Si requiere excluir algún postulante que se haya adicionado por error, debe presionar el botón “Eliminar”.
Para finalizar, debe presionar el botón guardar y se emitirá el
certificado que podrá imprimir, emitiéndose un correo electrónico al
usuario. Luego, el MTEySS, se contactará con Ud., para facilitarle la
información de los postulantes seleccionados.
Certificado
A continuación se visualiza un boceto del certificado que se emitirá.
e. 07/03/2014 N° 13067/14 v. 07/03/2014