CONTRATOS

Decreto 271/2014

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento.

Bs. As., 6/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0219770/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 120.500.000).

Que el objetivo del citado Programa es mejorar el acceso, la calidad y la prestación de los servicios de agua potable en los municipios localizados al sudoeste del área metropolitana de la Provincia de BUENOS AIRES, beneficiando alrededor de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL (850.000) habitantes.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3) componentes: (i) “Obras de Agua Potable”, (ii) “Reducción de Agua no Contabilizada” y (iii) “Gestión Ambiental, Auditorías y Cargos Financieros”.

Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos de financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS - Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, a través de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. - AySA, denominada en adelante “Organismo Ejecutor”.

Que en relación al citado Programa, corresponde facultar al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS por intermedio de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo a emitir los actos administrativos y/o convenios que resulten necesarios para encomendar a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. - AySA, la administración, coordinación y ejecución de las obras, inversiones y actividades correspondientes. Tales instrumentos legales deberán reflejar, además, los aspectos operativos de la transferencia de los recursos, así como la supervisión del debido cumplimiento de las actividades del mencionado Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y, resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 120.500.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I”, que consta de las “Condiciones Particulares de Contratación” integradas por VEINTIUN (21) cláusulas, de las “Condiciones Generales de Contratación” integradas por TREINTA Y TRES (33) cláusulas y UN (1) Anexo Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Art. 2° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo CAF, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS - Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, a través de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. —AySA—, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I”, quedando facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del citado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente medida.

Art. 5° — Autorízase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por intermedio de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, a emitir los actos administrativos y/o convenios que resulten necesarios para encomendar a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. —AySA—, la administración, coordinación y ejecución de las obras, inversiones y actividades correspondientes al Programa. Tales instrumentos legales deberán reflejar, además, los aspectos operativos de la transferencia de los recursos, así como la supervisión del debido cumplimiento de las actividades del citado Programa.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Julio M. De Vido.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).