MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decreto 294/2014

Dase por designada la Directora Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal.

Bs. As., 13/3/2014

VISTO la Ley Nº 26.895, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, Nº 28 del 12 de diciembre de 2007 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008; y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 26.895 se prorroga el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que las facultades otorgadas al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que por el Decreto Nº 20/07 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo.

 Que por Decreto Nº 28 de fecha 12 de diciembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

Que, en el ámbito de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se encuentra vacante el cargo de “Director Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal”, el cual resulta indispensable cubrir transitoriamente con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección para el acceso a la función, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que la Dra. Alejandra Beatriz AGUILAR PEDALINO (D.N.I. Nº 21.138.934) reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1° del Decreto Nº 491/02 y los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada, a partir del 15 de febrero de 2013, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la agente Dra. Alejandra Beatriz AGUILAR PEDALINO (D.N.I. Nº 21.138.934) en el cargo Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva II, de Directora Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal, dependiente de la SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, dependiente de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel establecidos en el artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M. Kirchner.