CONVENIOS

Decreto Nº 2.789/1980

Apruébase un Convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Salta.

Bs. As. 31/12/80

VISTO el Expediente Nº 780.036/80 del registro de la Secretaría de Estado de Energía, por el que se solicita la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional del Convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Salta, y

CONSIDERADO:

Que de conformidad con el Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980, se aprobó lo resuelto por la Resolución Conjunta del Ministerio del Interior y el Ministerio de Economía números 9 y 1.332 respectivamente, de fecha 3 de diciembre de 1979 relacionada con la transferencia de servicios que presta Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado a las Provincias, en las condiciones prescriptas por la Ley Nº 18.586.

Que por el Artículo 2º de la Ley número 18.586, la transferencia se concretaría mediante Convenios a celebrarse con cada Provincia, ad-referendum del Poder Ejecutivo Nacional.

Que el Convenio, se apoya en las previsiones de las citadas disposiciones legales.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º - Apruébase el Convenio de fecha 18 de setiembre de 1980 celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Salta que forma parte integrante del presente decreto por el cual se acuerda transferir a esta última, servicios eléctricos de la referida Sociedad, existentes, dentro de los límites provinciales, de conformidad con el Artículo 2º del Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

José A. Martinez de Hoz

Albano E. Harguindeguy


Nota: Este Decreto se publica sin Anexo.