CONTRATOS
Decreto 303/2014
Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Bs. As., 13/3/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0004040/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº
3066/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 3066/OC-AR, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” por un monto
de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES (U$S 24.000.000).
Que el objetivo general del Programa es contribuir al aumento de la
productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del
capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas. Para
lograr este objetivo, el Programa incluirá DOS (2) componentes con
acciones e instrumentos para ayudar a que más profesionales argentinos
se formen a nivel de postgrado en el exterior y un mayor número de
empresas y de instituciones de ciencia y tecnología capaciten a sus
recursos humanos en centros de excelencia internacionales.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2)
componentes: (i) “Becas para maestrías en ciencia y tecnología” y (ii)
“Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología”.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a través de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO,
denominada en adelante “Organismo Ejecutor”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo BID Nº 3066/OC-AR, así como toda otra documentación
relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID Nº 3066/OC-AR
y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución
del “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, siempre y cuando no
constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni
deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 40 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005)
y sus modificatorias.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 3066/OC-AR a celebrarse entre la
REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES (U$S
24.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Becas
en Ciencia y Tecnología”, que consta de las Estipulaciones Especiales
integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas
por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Unico, cuyas copias autenticadas
forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Asimismo,
forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III,
las copias autenticadas de las “Políticas para la Adquisición de Bienes
y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y las
“Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados
por el Banco Interamericano de Desarrollo”, respectivamente, ambas
correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
Nº 3066/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se
aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo BID Nº 3066/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1°
de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
Art. 4° — Desígnase a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Becas en Ciencia y Tecnología”, quedando facultada para realizar todas
las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del
Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo
de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la
presente medida.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).