MINISTERIO DE INDUSTRIA
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución Nº 288/2014
Bs. As., 19/3/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0010331/2014 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 24.624,
25.300 y 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2014, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de
1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de
2002 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3
de enero de 2014 y la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de
2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que asimismo, por el citado decreto y sus modificaciones, se
establecieron los objetivos para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole
competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas,
entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y
complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su
carácter de Autoridad de Aplicación.
Que también por dicho decreto, se establecieron las competencias para
la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DEL DESARROLLO REGIONAL y para la SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL
FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha aprobado la estructura
organizativa a nivel Dirección, ello no obstó en ningún momento la
continuidad del trámite de las actuaciones.
Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado
a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y
fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del
personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que por el Artículo 27, cuarto párrafo, de la Ley Nº 24.624, se
modifica el Régimen mencionado precedentemente, haciéndolo extensivo a
todas las personas de existencia visible o ideal que desarrollen
actividades económicas.
Que las destinatarias de los beneficios derivados de este Régimen son
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el fin de que, a través de
la capacitación, promuevan su crecimiento y desarrollo, resultando
política prioritaria del Gobierno Nacional todos los temas vinculados a
dicho sector.
Que por los Artículos 2º y 4º de la Ley Nº 22.317, sustituidos por los
Artículos 42 y 43 de la Ley Nº 25.300 respectivamente, se dispuso que
el límite del cupo de Crédito Fiscal a solicitar por parte de las
empresas, no podrá exceder del OCHO POR MIL (8‰), para el caso de
grandes empresas, u OCHO POR CIENTO (8%) para el caso de Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas respecto de la masa salarial de los DOCE
(12) meses anteriores tomados desde la fecha que establece la
reglamentación.
Que por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de
fecha 29 de abril de 1999, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal
para Capacitación.
Que mediante el Artículo 38, inciso b) de la Ley Nº 26.895 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2014, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3º de la Ley Nº
22.317 para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000).
Que resulta necesario que la reglamentación de acceso al Régimen de
Crédito Fiscal para Capacitación cumpla con el objeto de lograr un
eficaz y mejor impacto social, regional y económico de los fondos
disponibles, asegurando al mismo tiempo un proceso de recepción,
evaluación y asignación transparente y ágil, por lo cual deberán
presentarse al citado Régimen los proyectos de capacitación bajo las
modalidades establecidas en dicha reglamentación.
Que por los Artículos 9° y 10 del Decreto Nº 819/98 se crearon los Registros de Empresas y de Unidades Capacitadoras.
Que la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, establece que las
empresas que soliciten acceso al Régimen de Crédito Fiscal para
Capacitación, deberán estar previamente inscriptas en el Registro de
Empresas, disponiendo la información que deben presentar a tal fin y
los formularios en que deben hacerlo.
Que al mismo tiempo es pertinente asegurar a las empresas la libertad
de contratación de las Unidades Capacitadoras de los Proyectos de
Capacitación, en función de las necesidades de las empresas y en
consideración de los antecedentes y de la especialidad de las Unidades
Capacitadoras.
Que la precitada Disposición Nº 389/04 de la ex SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, establece que dichas
Unidades Capacitadoras deberán estar previamente inscriptas en el
Registro de Unidades Capacitadoras de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, debiendo éste contener los
antecedentes relevantes de las mismas para el dictado de la
capacitación en las diferentes temáticas.
Que en virtud de los objetivos que lleva adelante la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en relación a la
promoción del sector industrial y su mayor competitividad, resulta de
sumo interés asignar en forma prioritaria los recursos públicos a
dichos sectores.
Que asimismo, se considera adecuado promover el crecimiento y
desarrollo con las herramientas disponibles de las regiones del Norte
Grande, Patagonia, La Pampa, Cuyo y Litoral.
Que sin perjuicio de lo expuesto, es de vital importancia la
participación de mayor cantidad de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
de todo el país en el llamado a presentación y ejecución de Proyectos
de Capacitación, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para
Capacitación que se propicia por la presente medida.
Que en esta primera convocatoria se establece la utilización de un cupo de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).
Que deviene oportuno entonces, efectuar DOS (2) convocatorias en este
ejercicio, a los fines de poder asegurar a las empresas la
disponibilidad de cupo de Crédito Fiscal durante todo el año 2014.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 22.317, los Decretos Nros. 819/98, 434/99 y
357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Reglamento para el primer Llamado a
Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2014 -
Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas Primera Convocatoria, de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
que como Anexo I, con TREINTA Y OCHO (38) hojas, forma parte integrante
de la presente resolución, para esta primera convocatoria.
ARTICULO 2° — Apruébase el Modelo de Primer Testimonio de Escritura
Pública para Empresas Solicitantes (Personas Jurídicas), que como Anexo
II, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3° — Apruébase el Modelo de Primer Testimonio de Escritura
Pública para Personas Físicas o Sociedades de Hecho que como Anexo III,
con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 4° — Apruébase el Modelo de Certificación Contable para la
Presentación de Proyectos, que como Anexo IV, con SEIS (6) hojas, forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 5° — Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo para la Presentación
de Proyectos Bajo la Modalidad 1 (Para más de una Empresa Solicitante),
que como Anexo V, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTICULO 6° — Apruébase el Modelo de Acta Compromiso y Adhesión al
Reglamento a Suscribir por las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1
Empresas y de la Modalidad 1 Emprendedores (Personas Jurídicas), que
como Anexo VI, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 7° — Apruébase el Modelo de Acta Compromiso y Adhesión al
Reglamento a Suscribir por las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1
Empresas y Modalidad 1 Emprendedores (Personas Físicas o Sociedades de
Hecho), que como Anexo VII, con DOS (2) hojas, forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTICULO 8° — Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo para la Presentación
de Proyectos bajo la Modalidad 2 (Para más de una Empresa Solicitante),
que como Anexo VIII, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTICULO 9° — Apruébase el Modelo de Certificación Contable para la
Rendición de Cuentas, que como Anexo IX, con DOS (2) hojas, forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 10. — Establécese para el Régimen de Crédito Fiscal para
Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas un cupo máximo de
PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000) para la primera convocatoria,
correspondientes al cupo de OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000) establecido
en el Artículo 38, inciso b) de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
ARTICULO 11. — Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a colaborar con la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en la difusión del presente Régimen, a
través de los organismos competentes.
ARTICULO 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario
de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de
Industria.
ANEXO I
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS DE
CAPACITACION AÑO 2014 - REGIMEN DE CREDITO FISCAL PARA CAPACITACION DE
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. PRIMERA CONVOCATORIA.
ARTICULO 1º.- OBJETO
El presente Reglamento rige la convocatoria de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA (en adelante “SPYMEYDR”), para la Presentación y Ejecución de
Proyectos destinados a la Capacitación del Personal de Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas (en adelante “MIPYMES”) que tributen impuestos
nacionales y reúnan los demás requisitos que se establecen en el
presente Reglamento.
La implementación del presente Reglamento se realizará a través de la
Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente
de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
del MINISTERIO DE INDUSTRIA (en adelante “LA DIRECCION”).
ARTICULO 2º.- PERIODO DE VIGENCIA DEL LLAMADO A PRESENTACION DE PROYECTOS
Se realizará bajo la modalidad de ventanilla abierta. Esto significa
que las Empresas Solicitantes podrán presentar Proyectos de
Capacitación desde la publicación del presente Reglamento en el Boletín
Oficial y en todo momento, por el sistema informático, hasta las
DIECISEIS HORAS (16 hs.) del día 30 de junio de 2014, o en su defecto
hasta la utilización total del cupo presupuestario asignado si esto
fuere anterior.
ARTICULO 3°.- CUPO
Para la presente convocatoria se utilizará un cupo de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).
ARTICULO 4º.- MODALIDADES
A los fines de la presente convocatoria, los Proyectos de Capacitación
deberán encuadrarse en alguna de las siguientes Modalidades:
a) MODALIDAD 1 EMPRESAS: Proyectos de Capacitación presentados por UNA
(1) o más Empresas Solicitantes Cedentes para la capacitación de UNA
(1) o más “MIPYMES” Beneficiarias de capacitación.
Bajo esta Modalidad, pueden ser solicitantes Grandes Empresas o
“MIPYMES” aplicando en cada caso el porcentaje que corresponda para el
cálculo de su cupo disponible.
Podrán ser beneficiarias de capacitación, las “MIPYMES” cuyos códigos
de actividad principal sean industriales, conforme el Nomenclador de
Actividades de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
tengan empleados en relación de dependencia o al menos UNO (1) en su
nómina y que revistan la calidad de proveedores o clientes o formen
parte de sectores vinculados a la cadena productiva como potenciales
proveedores o clientes de las Empresas Solicitantes Cedentes, a menos
que formen parte de un mismo grupo económico con las Empresas
Solicitantes Cedentes, conforme los criterios de control y vinculación
establecidos por el Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades
Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones, y que dicho grupo no
pueda ser considerado “MIPYMES”, es decir que las Empresas
Beneficiarias podrán acceder al Programa de Crédito Fiscal y
Capacitación Federal, si el Grupo Económico al que pertenecen es
considerado “MIPYMES” en el marco de la Resolución Nº 24 de fecha 15 de
febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y sus modificaciones. Los representantes
legales que ostenten los cargos de presidente, vicepresidente y/o socio
gerente de las empresas beneficiarias no podrán coincidir en tales
cargos en las respectivas empresas cedentes.
Asimismo podrán ser beneficiarias de capacitación, las Cooperativas de
Trabajo registradas en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS (en adelante “AFIP”) cuyos códigos de Actividad Principal sean
industriales según el Nomenclador de Actividades de ese organismo.
Las Empresas Solicitantes Cedentes podrán presentar bajo esta Modalidad
Proyectos de Capacitación cuyo objetivo sea el desarrollo local,
regional y/o sectorial.
b) MODALIDAD 1 DESARROLLO DE EMPRENDEDORES: Proyectos de Capacitación
presentados por UNA (1) o más Empresas Solicitantes Cedentes para la
capacitación de UNA (1) o más “MIPYMES” emprendedoras beneficiarias de
capacitación.
Bajo esta Modalidad, pueden ser solicitantes Grandes Empresas o
“MIPYMES” aplicando en cada caso el porcentaje que corresponda para el
cálculo de su cupo disponible.
Podrán ser beneficiarias de capacitación, las “MIPYMES” emprendedoras
las cuales podrán ser personas físicas y/o jurídicas con menos de DOS
(2) años de inicio de actividades y/o cuya primera venta, en caso de
existir, haya sido realizada no más de DOS (2) años antes de la fecha
de presentación del Proyecto, y que estén registradas en la “AFIP” con
códigos de actividad principal que sean de Industria, según el
Nomenclador de Actividades de dicho organismo.
Los Emprendedores deberán estar categorizados como “MIPYMES”, de
conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 24/01 de la ex
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, y sus modificaciones.
c) MODALIDAD 2: Proyectos de Capacitación presentados directamente por
UNA (1) o más “MIPYMES” para su propia capacitación (Empresas
Solicitantes Beneficiarias).
En las TRES (3) Modalidades descriptas, las únicas habilitadas para
presentar Proyectos son las Empresas Solicitantes, quienes a su vez
serán las destinatarias del Crédito Fiscal.
Asimismo sólo podrán ser Empresas Beneficiarias las que revistan
calidad de “MIPYMES” de acuerdo a la Resolución Nº 24/01 de la ex
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, y sus modificaciones y
siempre que el promedio de las ventas totales anuales calculadas
conforme al Artículo 2º y concordantes de la resolución mencionada, no
supere el monto de PESOS OCHENTA MILLONES (80.000.000).
Cuadro Resumen:
MODALIDADES | EMPRESAS SOLICITANTES | EMPRESAS BENEFICIARIAS |
a) Modalidad 1 EMPRESAS | Grandes Empresas o “MIPYMES” (Cedentes). | - “MIPYMES” con al menos UN (1) empleado en relación de dependencia. - Cooperativas de Trabajo con actividad Industrial. |
b) Modalidad 1 EMPRENDEDORES | Grandes Empresas o “MIPYMES” (Cedentes). | “MIPYMES EMPRENDEDORAS” con actividad industrial. |
c) Modalidad 2 | “MIPYMES”. | Las mismas “MIPYMES”. |
ARTICULO 5º.- SUJETOS QUE PARTICIPAN EN LOS PROYECTOS
Los sujetos participantes en los Proyectos pueden ser: las Empresas
Solicitantes Cedentes, las Empresas Beneficiarias de Modalidad 1
EMPRESAS, las Empresas Beneficiarias de Modalidad 1 EMPRENDEDOR,
Empresas Solicitantes Beneficiarias de la Modalidad 2, las Unidades
Capacitadoras, en adelante “UCAP”, y el Personal Beneficiario de las
actividades de capacitación, de acuerdo a las siguientes definiciones:
a) EMPRESAS SOLICITANTES CEDENTES: toda persona física o jurídica
productora de bienes o prestadora de servicios, constituida bajo
cualquiera de las formas admitidas por la legislación vigente y que
tributen impuestos nacionales, quien deberá ceder el cupo solicitado
con destino a la capacitación del personal de las Empresas
Beneficiarias de Modalidad 1 en cualquiera de las Modalidades
previstas, conforme lo establece el Artículo 4º, incisos a) y b) del
presente Reglamento.
b) EMPRESAS BENEFICIARIAS DE MODALIDAD 1 EMPRESAS: las “MIPYMES” o
Cooperativas de Trabajo, que se beneficien de la capacitación, deberán
ser en todos los casos Micro, Pequeñas o Medianas Empresas
categorizadas de acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 24/01 de
la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, y sus modificaciones.
c) EMPRESAS BENEFICIARIAS DE MODALIDAD 1 EMPRENDEDORES: los
emprendedores que se beneficien de la capacitación deberán ser en todos
los casos empresas “MIPYMES” categorizadas de acuerdo a lo establecido
por la Resolución Nº 24/01 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA, y sus modificaciones, con menos de DOS (2) años de inicio de
actividades y/o cuya primera venta, en caso de existir, haya sido
realizada no más de DOS (2) años antes de la fecha de presentación del
Proyecto, y que estén registradas en la “AFIP” con códigos de actividad
principal Industrial, según el Nomenclador de Actividades de dicho
organismo.
d) EMPRESAS SOLICITANTES BENEFICIARIAS DE MODALIDAD 2: toda persona
física o jurídica productora de bienes o prestadora de servicios,
constituida bajo cualquiera de las formas admitidas por la legislación
vigente y que tributen impuestos nacionales, que solicitan un cupo para
destinarlo a la capacitación de su propio personal, deben ser en todos
los casos empresas “MIPYMES” categorizadas de acuerdo a lo establecido
por la Resolución Nº 24/01 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA, y sus modificaciones y siempre que el promedio de ventas
totales anuales calculadas conforme al Artículo 2º y concordantes de la
resolución mencionada, no supere el monto de PESOS OCHENTA MILLONES ($
80.000.000).
No estarán habilitadas a presentar Proyectos las Empresas Solicitantes
que registren deudas fiscales nacionales y/o previsionales exigibles
por la “AFIP”.
e) UNIDADES CAPACITADORAS: personas físicas y/o jurídicas responsables
de realizar las actividades de capacitación conducentes al desarrollo
de los recursos humanos de las “MIPYMES”, que acrediten antecedentes
relevantes y experiencia demostrable en la actividad y dentro de ella,
en la temática específica de los cursos y/o actividades involucrado/as
en el Proyecto presentado, quienes deberán estar previamente inscriptas
en el Registro de “UCAP” establecido por la Disposición Nº 389 de fecha
29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION.
A tal fin se asignará a las “UCAP” una clave de seguridad e
identificación personal requeridos por dicha disposición para su
inscripción, revalidación y/o la modificación de datos de la “UCAP” en
el mencionado Registro.
Quedan excluidas de participar de los Proyectos de Capacitación las
“UCAP” que conformen un Grupo Económico conforme los criterios de
control y vinculación establecidos por el Artículo 33 de la Ley Nº
19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones con
las Empresas Solicitantes que las presentaran o con las Empresas
Beneficiarias de la capacitación.
Los docentes de la “UCAP” no podrán entablar ni mantener relación de
dependencia con las Empresas Solicitantes y/o Empresas Beneficiarias de
los cursos o actividades a su cargo.
f) PERSONAL BENEFICIARIO: son los empleados en relación de dependencia
y/o titulares de las Empresas Solicitantes Beneficiarias cuya
capacitación se realice a través de las actividades de capacitación
contenidas en el Proyecto.
En todos los casos “LA DIRECCION” podrá verificar la relación de dependencia de los empleados.
ARTICULO 6º.- EXCLUSIONES AL REGIMEN
No podrán ser Empresas Beneficiarias de la Capacitación las que desarrollen como actividad principal alguna de las siguientes:
a) Financieras
b) Inmobiliarias (Compra, venta y/o alquiler)
c) Corredores de Títulos
d) Empresas de seguros privadas de capitalización
e) Entidades de pensión privada abierta
f) Prestadores de servicios profesionales.
A los efectos de clarificar la enunciación precedente se incluye la
siguiente nómina con el detalle de actividades económicas establecidas
por la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (en adelante
“CLANAE”):
01 al 0150.2 Agricultura, Ganadería, Caza y Servicios Conexos;
02 al 020.39 Silvicultura, extracción de madera y servicios conexos;
05 al 050.30 Pesca, explotación de criaderos de peces, granjas piscícolas y servicios conexos;
651100 Servicios de la banca central (Incluye las actividades del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA);
652110 Servicios de la banca mayorista;
652120 Servicios de la banca de inversión;
652130 Servicios de la banca minorista;
652201 Servicios de intermediación financiera realizada por las compañías financieras;
652202 Servicios de intermediación financiera realizada por sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda y otros inmuebles;
652203 Servicios de intermediación financiera realizada por cajas de crédito;
659810 Actividades de crédito para financiar otras actividades
económicas (Incluye las empresas de “factoring” y otras formas de
adelanto);
659890 Servicios de crédito n.c.p. (Incluye el otorgamiento de
préstamos por entidades que no reciben depósitos y que están fuera del
sistema bancario y cuyo destino es financiar el consumo, la vivienda u
otros bienes);
659910 Servicios de agentes de mercado abierto “puros” (Incluye las transacciones extrabursátiles -por cuenta propia);
659920 Servicios de entidades de tarjeta de compra y/o crédito;
659990 Servicios de financiación y actividades financieras n.c.p.
(Incluye actividades de inversión en acciones, títulos, fondos comunes
de inversión, la actividad de corredores de bolsa, las sociedades de
inversión inmobiliaria y sociedades de cartera, arrendamiento
financiero o “leasing”, securitización, etc.);
661110 Servicios de seguros de salud (Incluye medicina prepaga);
661120 Servicios de seguros de vida (Incluye los seguros de vida, retiro y sepelio);
661130 Servicios de seguros a las personas excepto los de salud y de vida (Incluye los seguros de accidentes);
661210 Servicios de aseguradoras de riesgo de trabajo (ART);
661220 Servicios de seguros patrimoniales excepto los de las aseguradoras de riesgo de trabajo;
661300 Reaseguros;
662000 Administración de fondos de jubilaciones y pensiones (A.F.J.P.)
671110 Servicios de mercados y cajas de valores;
671120 Servicios de mercados a término;
671130 Servicios de bolsas de comercio;
671200 Servicios bursátiles de mediación o por cuenta de terceros (Incluye la actividad de agentes y sociedades de bolsa);
671910 Servicios de casas y agencias de cambio;
671920 Servicios de sociedades calificadoras de riesgos;
671990 Servicios auxiliares a la intermediación financiera n.c.p.,
excepto a los servicios de seguros y de administración de fondos de
jubilaciones y pensiones;
672110 Servicios de productores y asesores de seguros;
672190 Servicios auxiliares a los servicios de seguros n.c.p.;
672200 Servicios auxiliares a la administración de fondos de jubilaciones y pensiones;
741101 Servicios jurídicos,
741102 Servicios notariales;
741200 Servicios de contabilidad y teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal.
701090 Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados n.c.p.
702000 Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o
por contrato (Incluye compra, venta, alquiler, remate, tasación,
administración de bienes, realizados a cambio de una retribución o por
contrato, y la actividad de administradores, martilleros, rematadores,
comisionistas)
ARTICULO 7º.- MASA SALARIAL BRUTA
Se entenderá por Masa Salarial Bruta, a los efectos del presente
Reglamento, a los montos remuneratorios totales abonados al personal
ocupado en las empresas, computados por sus importes brutos mensuales.
Su cálculo surge de aplicar la reglamentación establecida para
determinar los montos imponibles sujetos a aportes y contribuciones
previsionales informados en la declaración jurada mensual al Sistema
Unico de Seguridad Social (SUSS - Formulario Nº 931 de “AFIP”, concepto
Remuneración 2) de los últimos DOCE (12) meses previos a la
presentación del Proyecto.
No se considerará Masa Salarial a toda asignación en dinero o en especie efectuada de manera no remunerativa.
ARTICULO 8º.- CALCULO DEL MONTO MAXIMO DE REINTEGRO
a) Para el caso de las “MIPYMES”, el monto máximo a reintegrar no podrá
en ningún caso superar el OCHO POR CIENTO (8%) de la Masa Salarial
Bruta correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados desde la
presentación del Proyecto.
b) Para el caso de las Grandes Empresas Solicitantes Cedentes de la
Modalidad 1, el monto computable será del OCHO POR MIL (8‰) de la Masa
Salarial Bruta correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados a
partir de la presentación del Proyecto.
Para el cálculo de los límites establecidos en los incisos a) y b) del
presente artículo, deben computarse todos los reintegros solicitados
bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación establecido por la
Ley Nº 22.317, cualquiera fuere el organismo administrador de dicho
cupo (la “SPYMEYDR”, el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA y/o
el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL).
ARTICULO 9º.- ACTIVIDADES DE CAPACITACION
Las actividades de capacitación son todas aquellas actividades
organizadas y sistemáticas que impartan un tipo de aprendizaje que
educan con vistas a ciertos fines específicos. Dichas actividades
pueden consistir en el dictado de cursos o la realización de talleres,
presenciales o a distancia y que conlleven un fin educativo.
No se considerará como actividad de capacitación a las reuniones
grupales de asesoría. Como así tampoco las sesiones individuales de
“coaching” para ejecutivos.
Las actividades de capacitación se clasificarán en Abiertas o Cerradas.
a) ACTIVIDADES ABIERTAS: se considera actividad Abierta a aquella
realizada por una “UCAP” orientada al público en general, y que son
ejecutadas, exclusivamente por Instituciones Educativas: Universidades
Públicas o Privadas o Centros de Formación Profesional o Instituto de
Nivel Superior No Universitario.
En las actividades Abiertas no hay requisitos de cantidad mínima de
participantes. Las actividades son de carácter presencial. En el caso
de las Universidades podrán dictar capacitaciones a distancia.
Todas las actividades de capacitación que no puedan encuadrarse como
actividades Abiertas, deberán presentarse como actividades Cerradas de
acuerdo a lo establecido a continuación.
b) ACTIVIDADES CERRADAS: se considera actividad Cerrada a aquella
capacitación diseñada específicamente para las Empresas Solicitantes y
con financiamiento exclusivo de las mismas.
Las actividades deberán dictarse en jornadas de capacitación, las
cuales deberán ser ejecutadas en días laborables entre las SIETE HORAS
(7 hs.) y las VEINTIDOS HORAS (22:00 hs.) y los sábados de OCHO HORAS
(8 hs.) a TRECE HORAS (13 hs.) y cuya duración no exceda las SEIS HORAS
(6 hs.) reloj por día y por empresa.
En este tipo de actividades la cantidad mínima de participantes aceptable es de TRES (3) asistentes.
Las Empresas Solicitantes deberán completar el “Cronograma de
Actividades” consignando todas las jornadas de capacitación a dictarse
para la actividad al momento de la presentación del Proyecto.
Las actividades desarrolladas por una “UCAP” que revista la calidad de
persona física, deberán ser dictadas exclusivamente por el titular de
la explotación unipersonal.
Sólo se admitirán actividades Cerradas con carácter presencial.
Una actividad Cerrada se considerará realizada si se completa al menos
un OCHENTA POR CIENTO (80%) de la carga horaria incluida en el
“Formulario de Proyecto de Capacitación” y aprobada por “LA DIRECCION”.
Asimismo la cantidad de asistentes que completen el curso deberá ser
igual o mayor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los asistentes
informados y aprobados en el Proyecto, y como mínimo TRES (3)
asistentes.
Cuando se constate una asistencia igual o mayor al CINCUENTA POR CIENTO
(50%) y menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del total de
participantes aprobados, “LA DIRECCION” aplicará descuentos
proporcionales.
Un asistente de una actividad Cerrada se considerará tal, a los fines
del cálculo de los párrafos precedentes, si asiste al menos a un
SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las jornadas de capacitación
incluidas en dicha actividad.
Ante algún incumplimiento de lo previsto por el presente artículo “LA
DIRECCION” podrá aplicar el descuento parcial o total de la actividad.
ARTICULO 10.- PROYECTOS DE CAPACITACION
Se entiende por Proyecto el conjunto de actividades de capacitación
dirigidas a facilitar el cumplimiento de los objetivos de la “MIPYMES”
y a satisfacer o resolver sus necesidades o problemas.
Sólo serán admisibles proyectos en los cuales la suma total de los
montos aprobados para las actividades sea igual o mayor a PESOS CINCO
MIL ($ 5.000).
1) Proyectos presentados bajo la Modalidad 1:
Cada Proyecto de Capacitación podrá incluir hasta VEINTE (20) Empresas Beneficiarias titulares.
Asimismo, se podrán incluir en cada proyecto un máximo de DIEZ (10) Empresas Beneficiarias suplentes.
Cada Proyecto podrá contener hasta un máximo de SIETE (7) actividades incluyendo Abiertas y/o Cerradas.
Las actividades dictadas por Instituciones Educativas: Universidades
Públicas o Privadas o Centros de Formación Profesional o Institutos de
Nivel Superior No Universitario, en Proyectos presentados bajo esta
Modalidad serán consideradas como actividades Abiertas a los efectos de
la aplicación del presente Reglamento.
El tope de Proyectos a presentar por cada empresa bajo esta Modalidad será de CINCO (5) Proyectos.
2) Proyectos presentados bajo la Modalidad 2:
Cada Proyecto podrá incluir hasta SIETE (7) actividades de capacitación incluyendo en el mismo Abiertas y/o Cerradas.
El tope de Proyectos a presentar por cada empresa bajo esta Modalidad será de DOS (2) Proyectos.
Excepcionalmente, a solicitud de las Empresas Solicitantes y a criterio
de “LA DIRECCION”, se evaluará la presentación de Proyectos adicionales.
ARTICULO 11.- RESPONSABILIDAD SOBRE LOS PROYECTOS
a) Las empresas que presenten Proyectos, bajo cualquier Modalidad, son responsables de:
I- La veracidad de toda la información consignada sobre las empresas,
sus características económicas, societarias, contables, fiscales y
sobre la existencia de relación laboral del personal beneficiario.
II- La validez y autenticidad de toda la documentación presentada.
III- Garantizar las condiciones para la realización de las actividades
incluidas en el Proyecto en lo relativo a organización, si las
actividades fueran Cerradas.
IV- Controlar y propiciar la asistencia de los participantes en las actividades de capacitación correspondientes.
V- Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los
Proyectos y aceptar los requerimientos formulados por “LA DIRECCION”
con la antelación prevista en el presente Reglamento.
VI- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en
los locales como respecto de las actividades relacionadas con la
capacitación, si las actividades fueran Cerradas.
b) Las “UCAP” serán responsables de:
I- Llevar adelante la ejecución de las actividades de capacitación,
atender a su cumplimiento en lo relacionado con la función docente y su
calidad técnico-pedagógica, en un todo de conformidad con el Proyecto
aprobado.
II- Cumplir, en completa corresponsabilidad con las Empresas
Solicitantes, con el control del número de participantes presentes en
las jornadas de capacitación, conforme lo declarado en el Proyecto
presentado.
III- Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los
Proyectos y aceptar los requerimientos formulados por “LA DIRECCION”
con la antelación prevista en el presente Reglamento, para el caso que
la actividad de capacitación sea cerrada.
IV- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en
los locales como respecto de las actividades relacionadas con la
capacitación.
V- En el caso de actividades Abiertas la “UCAP” deberá emitir el certificado de asistencia, según sus usos y costumbres.
A todos los efectos del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación,
los acuerdos privados entre sujetos participantes de los Proyectos,
tanto en relación con la prestación de servicios de capacitación como
en cualquier otro aspecto que en el marco de los Proyectos pudiera
suscitarse, no obligarán en modo alguno a la “SPYMEYDR”, quien sólo
reconocerá como único responsable y parte legitimada en el
procedimiento, a la Empresa Solicitante.
ARTICULO 12.- CONCEPTOS REINTEGRABLES
Los montos a reintegrar en cada Proyecto, podrán distribuirse entre los siguientes conceptos:
a) ACTIVIDADES DE CAPACITACION: en este rubro se podrán incluir los
costos de inscripción, matrículas, aranceles y/o honorarios por
capacitación correspondientes al dictado de actividades de
capacitación, netos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
b) GASTOS POR REALIZACION DE ESCRITURAS Y/O CERTIFICACIONES CONTABLES
DE LAS EMPRESAS SOLICITANTES DE TODAS LAS MODALIDADES: las mismas
podrán solicitar el reintegro de gastos por Escrituras y/o
Certificaciones Contables requeridas para la presentación de Proyectos
de Crédito Fiscal y/o Rendición de Cuentas de los mismos, hasta un
monto máximo de reintegro de hasta PESOS DOS MIL ($ 2.000), neto del
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
No se admitirán solicitudes de reintegro por el concepto detallado en
este inciso para las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1.
ARTICULO 13.- TOPES DEL PRESENTE REGIMEN
Se establecen para la presente convocatoria, los siguientes topes:
1) PARA LOS PROYECTOS MODALIDAD 1
a) En la Modalidad 1, cada Empresa Solicitante Cedente podrá ceder su
cupo de Crédito Fiscal de acuerdo a los estipulado en el Artículo 8°
del presente Reglamento, y hasta la suma de PESOS CUARENTA MIL ($
40.000) por Empresa Beneficiaria.
b) Las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1, podrán recibir como
máximo hasta la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) de UNA (1) o más
Empresas Cedentes para la presente convocatoria, no afectando su
participación bajo la Modalidad 2, la cual se regirá por lo establecido
en el presente Reglamento para dicha Modalidad.
2) PARA LOS PROYECTOS MODALIDAD 2
a) Las Empresas Solicitantes Beneficiarias de la Modalidad 2 podrán
realizar actividades de capacitación Abiertas hasta el OCHO POR CIENTO
(8%) de la Masa Salarial Bruta que le corresponda por su masa salarial
conforme lo establece el Artículo 8° del presente Reglamento.
b) Particularmente, podrán realizar actividades de capacitación
Cerradas como máximo hasta la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000)
para el presente llamado, o hasta el cupo que le corresponda por su
masa salarial, debiendo tomarse como tope el importe que resulte menor.
3) PARA EL PERSONAL BENEFICIARIO
a) El Personal Beneficiario, podrá realizar actividades de capacitación
Abiertas por hasta la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) por
participante y por curso, pudiendo el mismo participante realizar más
de un curso abierto.
b) Se requerirá que el participante posea una antigüedad en la empresa
mayor a SEIS (6) meses, debiéndose acompañar el alta temprana del
empleado actualizada al momento de la presentación de la documentación.
4) PARA LAS “UCAP”
Las “UCAP” podrán participar en más de UN (1) Proyecto, fijándose los
siguientes topes máximos para el presente llamado, de acuerdo a la
siguiente clasificación de “UCAP”, excluyéndose las Universidades
Públicas y Privadas, y sólo para cuando participaren en actividades
Cerradas:
I- Instituciones Educativas que acrediten experiencia en la temática a
desarrollar y antecedentes en capacitación del sector de la Pequeña y
Mediana Empresa, hasta la suma de PESOS UN MILLON CIEN MIL ($
1.100.000) netos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
II- Empresas de capacitación y consultoría que acrediten experiencia en
la temática a desarrollar, antecedentes en capacitación del sector de
la Pequeña y Mediana Empresa y dotación de docentes idóneos, hasta la
suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 360.000) netos del Impuesto al
Valor Agregado (IVA).
III- Aquellas “UCAP” constituidas por personas físicas y que acrediten
experiencia en la temática a desarrollar y/o antecedentes en la
capacitación del sector de la Pequeña y Mediana Empresa, sólo podrán
solicitar por Proyecto de Capacitación hasta un tope máximo de
honorarios de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) netos del Impuesto al
Valor Agregado (IVA). Las actividades desarrolladas por este tipo de
“UCAP” deben ser exclusivamente dictadas por el/los titular/es de las
mismas.
A los efectos del cómputo de dichos topes, se sumará el monto total de
honorarios solicitados neto del Impuesto al Valor Agregado (IVA),
correspondientes a las horas de capacitación a cargo de la “UCAP” en
todos los Proyectos presentados en el llamado 2014 en que la misma
participe.
En resumen,
MODALIDAD 1 |
|
Cantidad de actividades: | Máximo de SIETE (7) actividades en cada Proyecto de Capacitación. |
Empresas Beneficiarias: | Máximo de VEINTE (20) empresas en cada Proyecto de Capacitación y pueden contemplarse hasta DIEZ (10) empresas suplentes. |
Monto a Ceder: | Máximo de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) por Empresa Beneficiaria. |
Monto a recibir por Empresa Beneficiaria: | Máximo de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) para el presente llamado. |
Gastos de certificación: | Máximo de PESOS DOS MIL ($ 2.000) para la Empresa Solicitante Cedente para toda la convocatoria. |
MODALIDAD 2 |
|
Cantidad de Proyectos: | Máximo de DOS (2) Proyectos de Capacitación por Empresa Solicitante. |
Cantidad de actividades: | Máximo de SIETE (7) actividades en cada Proyecto de Capacitación. |
Actividades Cerradas: | Máximo de hasta PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) para el presente llamado. |
Actividades Abiertas: | OCHO POR CIENTO (8%) de la Masa Salarial Bruta de los últimos DOCE (12) meses. |
Gastos de Certificación: | Máximo de PESOS DOS MIL ($ 2.000) para la Empresa Solicitante Beneficiaria para toda la convocatoria. |
Personal Beneficiario: | • PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) por participante y por actividad Abierta, pudiendo realizar más de una actividad. |
• Actividad Abierta se requiere acreditar antigüedad mayor a SEIS (6) meses. |
Topes Máximos para las “UCAP” que participen en actividades Cerradas: | a) Instituciones Educativas reconocidas hasta la suma de PESOS UN MILLON CIEN MIL ($ 1.100.000). |
b) Empresas de capacitación y consultoría: hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 360.000). |
c)
“UCAP” personas físicas o sociedades de hecho: hasta la suma de PESOS
DOSCIENTOS MIL ($ 200.000). Todos los valores son netos del
Impuesto al Valor Agregado (IVA). |
ARTICULO 14.- MODALIDAD 1 EMPRESAS – MODALIDAD 1 EMPRENDEDOR Y MODALIDAD 2. CRITERIOS DE PRIORIZACION.
El monto de reintegro para las actividades incluidas en los Proyectos
MODALIDAD 1 EMPRESAS - MODALIDAD 1 EMPRENDEDOR y MODALIDAD 2, se
calculará de acuerdo al siguiente procedimiento:
Serán elegibles las actividades que alcancen un mínimo de SESENTA (60)
puntos y un máximo de CIENTO VEINTE (120) puntos. La calificación será
realizada en base a la siguiente tabla:
CRITERIOS DE PRIORIZACION/PONDERACION | PUNTAJE |
a) SECTOR ECONOMICO – Ponderación 30 |
|
CADENAS PRODUCTIVAS PLAN INDUSTRIAL 2020 | 30 puntos |
OTRAS INDUSTRIAS / SERVICIOS INDUSTRIALES / CONSTRUCCION | 20 puntos |
SERVICIOS GENERALES/PERSONALES | 10 puntos |
COMERCIO | 5 puntos |
b) DOMICILIO PRODUCTIVO – Ponderación 20 |
|
NORTE GRANDE / PATAGONIA / LA PAMPA | 20 puntos |
CUYO Y LITORAL | 15 puntos |
CENTRO Y BUENOS AIRES | 10 puntos |
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES | 5 puntos |
c) RANGO DE FACTURACION - Ponderación 20 |
|
MIPYMES HASTA 20 Millones | 20 puntos |
MIPYMES HASTA 40 Millones | 15 puntos |
MIPYMES HASTA 80 Millones | 10 puntos |
d) TIPO DE ACTIVIDAD - Ponderación 30 |
|
ABIERTA UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS | 30 puntos |
ABIERTA UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS | 20 puntos |
CERRADAS / IN COMPANY | 10 puntos |
e) TEMATICA Y DESTINATARIO - Ponderación 20 (*)(**) |
|
CALIFICACION A | 20 puntos |
CALIFICACION B | 15 puntos |
CALIFICACION C | 10 puntos |
(*)
Tema | Subtema | Dueños/titulares | Gerentes/Mandos medios | Operarios/Administrativos |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Administración | A | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Contabilidad | B | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Costos | B | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Evaluación de Proyectos | A | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Finanzas | B | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Gestión de compras | B | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Legales, fiscales y previsionales | B | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Logística | B | B | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Presupuesto | B | B | B |
Calidad | Buenas Prácticas de manufactura | A | A | A |
Calidad | Gestión de Calidad | A | A | A |
Calidad | Mejora continua | A | A | A |
Comercio Exterior | Estudios de mercado | A | A | B |
Comercio Exterior | Introducción al Comercio exterior | A | A | B |
Dirección de Empresas | Gestión de empresas - Avanzado | A | B | C |
Dirección de Empresas | Gestión de empresas - Introducción | B | B | C |
Estrategia | Conducción y Liderazgo | A | B | C |
Estrategia | Control de Gestión | A | B | C |
Estrategia | Gestión de RRHH | A | B | C |
Estrategia | Gestión del Cambio | A | B | C |
Estrategia | Gestión del Medioambiente | A | B | C |
Estrategia | Negociación | A | B | C |
Estrategia | Planeamiento Estratégico y Operativo | A | B | C |
Formulación de Proyectos | Formulación de Proyectos | A | A | A |
Idiomas | Chino | C | C | C |
Idiomas | Español | C | C | C |
Idiomas | Francés | C | C | C |
Idiomas | Inglés | C | C | C |
Idiomas | Italiano | C | C | C |
Idiomas | Portugués | C | C | C |
Marketing | Atención y Retención | B | B | C |
Marketing | Comunicación | B | B | C |
Marketing | Investigación de Mercado | B | B | C |
Marketing | Marketing | B | B | C |
Marketing | Marketing Directo | B | B | C |
Marketing | “Packaging” y presentaciones | B | B | C |
Marketing | Posicionamiento e Imagen Corporativa | B | B | C |
Marketing | Publicidad y/o Promoción (incluye diseño y producción de Stands) | B | B | C |
Producción | Diseño Industrial | A | A | A |
Producción | Investigación y desarrollo | A | A | A |
Producción | Mantenimiento | A | A | A |
Producción | Organización y Métodos | A | A | A |
Producción | Procesos | A | A | A |
Producción | Producción | A | A | A |
Producción | Seguridad | A | A | A |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Bases de Datos | A | B | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Desarrollo de software | A | B | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Internet | A | B | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Sistemas | A | B | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Tecnología | A | B | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Utilitarios oficina | C | C | C |
Ventas y Comercialización | Comercialización | B | B | B |
Ventas y Comercialización | Ventas | B | B | B |
(**)
Tipo de Curso Abierto | Dueños/titulares | Gerentes/Mandos medios | Operarios/ Administrativos |
Maestrías y Posgrados | A | B | C |
Programas Ejecutivos | B | A | C |
Jornadas y Seminarios | B | C | B |
ARTICULO 15.- MODALIDAD 1 EMPRESAS- MODALIDAD 1 EMPRENDEDOR y MODALIDAD 2. PORCENTAJES RECONOCIBLES
Las distintas combinaciones posibles arrojarán el puntaje final y a
dicho puntaje le corresponderá un porcentaje de reintegro según el
siguiente detalle:
PUNTAJE | PORCENTAJE REINTEGRO |
105-120 | 90% |
90-104 | 80% |
75-89 | 60% |
60-74 | 40% |
ARTICULO 16.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION DE PROYECTOS
Las empresas a los efectos de la presentación de Proyectos en el
presente llamado, deberán observar el procedimiento y las condiciones
que seguidamente se detallan:
a) VIA INTERNET: las empresas que presenten una solicitud de reintegro
por actividades de capacitación deberán completar el “Formulario de
Presentación de Proyectos” disponible en la página Web de la “SPYMEYDR”
(http://www.accionpyme.mecon.gob.ar/dna2/login.php), mediante la
utilización de la clave asignada al momento de inscripción. En esta
instancia no será necesaria la presentación de documentación alguna. El
Proyecto será evaluado y se responderá a la solicitante sobre la
viabilidad del mismo.
En el caso de resultar viable se preaprobará y notificará a las
empresas mediante sistema informático y/o correo electrónico,
requiriéndose a las Empresas solicitantes la presentación de la
documentación respaldatoria dentro de los plazos señalados de
conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
En caso de no resultar viable se comunicará por la misma vía a las empresas las causas y recomendaciones para su reformulación.
b) EN SOPORTE PAPEL: si el Proyecto presentado resultare viable, las
empresas deberán imprimir el “Formulario de Presentación de Proyectos”,
junto con toda la documentación requerida en el Artículo 18 del
presente Reglamento, en un plazo que no exceda los VEINTE (20) días
hábiles contados a partir de la comunicación de la preaprobación.
ARTICULO 17.- EVALUACION DE PROYECTOS
Los Proyectos serán objeto de una evaluación que comprende los siguientes aspectos, de conformidad con el presente Reglamento:
a) La admisibilidad de las Empresas Solicitantes y/o Beneficiarias.
b) La adecuación del Proyecto a los objetivos de la empresa y a sus problemáticas y necesidades.
c) Las actividades incluidas en los Proyectos de acuerdo a los topes y
porcentajes de acuerdo a lo establecido en los Artículos 13, 14 y 15
del presente Reglamento.
d) La evaluación institucional de la “UCAP” se realizará en función de
la información solicitada y consignada en el “Formulario de
Presentación de Proyectos” y en el Registro de la “UCAP”, considerando
los siguientes aspectos.
I- Tipología institucional: persona física o jurídica y su naturaleza.
II- Antecedentes y experiencia que acredite la “UCAP”.
III- Formación académica y experiencia del docente que realice la actividad.
e) La razonabilidad económica de los costos del Proyecto en base a los
precios de mercado y a la coherencia entre los objetivos y problemática
de la empresa con lo solicitado.
f) La evaluación técnico-pedagógica de las actividades de capacitación incluidas.
En caso de haber sido preaprobado y luego de la comunicación vía
sistema informático y/o correo electrónico de la preaprobación, podrá
comenzarse la ejecución de las actividades Abiertas, a cuenta y riesgo
de las Empresas Solicitantes y en forma previa a que “LA DIRECCION”
verifique el cumplimiento de los requisitos formales.
ARTICULO 18.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA APROBACION DEFINITIVA DE LOS PROYECTOS
Una vez comunicada la preaprobación, las empresas y las “UCAP” según
corresponda, deberán presentar, la siguiente documentación de acuerdo a
la Modalidad, plazos y a la tipología de las actividades.
a) DOCUMENTACION SOLICITADA EN PROYECTOS DE MODALIDAD 1
a.1) Las Empresas Solicitantes Cedentes deberán presentar:
I- “Formulario de Presentación de Proyectos” establecido en el Artículo
16, inciso b) del presente Reglamento, impreso y firmado en carácter de
declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s
legal/es o apoderado con facultades suficientes. La firma inserta en la
última hoja del “Formulario de Presentación de Proyectos” deberá estar
certificada por Escribano Público o Juez de Paz. Si el registro del
Escribano Público interviniente estuviere fuera de la jurisdicción de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización
del Colegio de Escribanos correspondiente a su jurisdicción. En los
casos que intervengan apoderados deberá acompañarse copia del poder
certificada y legalizada de corresponder.
Se requerirá la certificación de firmas en el primer “Formulario de
Proyecto de Capacitación” presentado para su aprobación, no resultando
necesario volver a efectuar dicha certificación en los Proyectos
posteriores siempre y cuando no se modifique el firmante.
II- UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de
Escritura Pública, según modelo presentado en el Anexo II o III del
presente Reglamento, según corresponda.
En caso de tratarse de un testimonio realizado por un Escribano cuyo
registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos correspondiente.
III- Certificación Contable para la presentación de Proyectos: UN (1)
original y UNA (1) fotocopia simple, emitida por Contador Público
Nacional que no posea relación de dependencia con ninguno de los
sujetos participantes del proyecto, con su firma debidamente
certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que
corresponda, según modelo presentado en el Anexo IV del presente
Reglamento.
IV- Si hubiere más de una Empresa Solicitante Cedente, las mismas
deberán suscribir y presentar el Acta Acuerdo para la presentación de
Proyectos bajo la Modalidad 1, según modelo presentado en el Anexo V
del presente Reglamento. Dichas firmas deberán estar certificadas por
Escribano Público o Juez de Paz.
En caso de tratarse de una certificación por Escribano Público cuyo
registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos correspondiente.
a.2) Las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1 EMPRESAS deberán presentar:
I- Acta Compromiso y Adhesión al Reglamento: cada una de las Empresas
Beneficiarias deberá presentar un Acta Compromiso y Adhesión al
Reglamento, según modelos presentados en los Anexos VI o VII del
presente Reglamento, según corresponda. La cual incluirá la información
jurídica de la empresa y la manifestación de aceptación y adhesión al
presente Reglamento, suscripta por el titular, representante legal o
apoderado con facultades suficientes debidamente acreditadas. En los
casos que intervengan apoderados deberá acompañarse copia del poder
certificada y legalizada de corresponder.
Dichas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público o Juez de Paz.
En caso de tratarse de una certificación otorgada por Escribano Público
cuyo registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos de la Jurisdicción correspondiente.
II- Certificación Contable para la presentación de Proyectos: UN (1)
original y UNA (1) fotocopia simple, emitida por Contador Público
Nacional que no posea relación de dependencia con ninguno de los
sujetos participantes del proyecto, con su firma debidamente
certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que
corresponda, según modelo presentado en el Anexo IV del presente
Reglamento.
a.3) La/s Empresa/s Beneficiaria/s de la Modalidad 1 EMPRENDEDORES deberán presentar:
I- Acta Compromiso y Adhesión al Reglamento: cada una de las Empresas
Beneficiarias deberá presentar un Acta Compromiso y Adhesión al
Reglamento, según modelos presentados en el Anexo VI del presente
Reglamento. La cual incluirá la información jurídica de la empresa y la
manifestación de aceptación y adhesión al presente Reglamento,
suscripta por el Representante Legal o Apoderado con facultades
suficientes debidamente acreditadas.
En los casos que intervengan apoderados deberá acompañarse copia del poder certificada y legalizada de corresponder.
Dichas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público o Juez de Paz.
En caso de tratarse de una certificación otorgada por Escribano Público
cuyo registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos de la Jurisdicción correspondiente.
II- Certificación Contable para la presentación de Proyectos: UN (1)
original y UNA (1) fotocopia simple, emitida por Contador Público
Nacional que no posea relación de dependencia con ninguno de los
sujetos participantes del proyecto, con su firma debidamente
certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que
corresponda, según modelo presentado en el Anexo IV del presente
Reglamento.
b) DOCUMENTACION SOLICITADA EN PROYECTOS DE MODALIDAD 2
Las Empresas Solicitantes Beneficiarias deberán presentar:
I- “Formulario de Presentación de Proyectos” establecido en el Artículo
16, inciso b) del presente Reglamento, impreso y firmado en carácter de
declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s
legal/es o apoderado con facultades suficientes. La firma inserta en la
última hoja del “Formulario de Presentación de Proyectos” deberá estar
certificada por Banco, Escribano Público o Juez de Paz. Si el registro
del Escribano Público interviniente estuviere fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañarse la
legalización del Colegio de Escribanos correspondiente a su
jurisdicción. En los casos que intervengan apoderados deberá
acompañarse copia del poder certificada y legalizada de corresponder.
Se requerirá la certificación de firmas en el primer “Formulario de
Proyecto de Capacitación” presentado para su aprobación, no resultando
necesario volver a efectuar dicha certificación en los Proyectos
posteriores siempre y cuando no se modifique el firmante.
II- En caso de ser una persona jurídica, UN (1) original y UNA (1)
fotocopia simple del Primer Testimonio de Escritura Pública, según
modelo presentado en el Anexo II del presente Reglamento. En caso de
tratarse de un testimonio realizado por Escribano Público cuyo registro
estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de Escribanos
correspondiente.
III- En caso de ser una Persona Física o Sociedad de Hecho, UN (1)
original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de Escritura
Pública según modelo presentado en el Anexo III del presente Reglamento.
En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañarse la
legalización del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción
correspondiente.
IV- Certificación Contable para la presentación de Proyectos: UN (1)
original y UNA (1) copia simple, emitida por Contador Público Nacional
que no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos
participantes del Proyecto, con su firma debidamente certificada por el
Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda según modelo
presentado en el Anexo IV del presente Reglamento.
V- Si hubiere más de una Empresa Solicitante, las mismas deberán
suscribir y presentar el Acta Acuerdo para la presentación de Proyectos
bajo la Modalidad 2 que deberá especificar la participación que tendrá
cada una de las Empresas Solicitantes Beneficiarias en el Proyecto y
cuál de ellas reviste el carácter de Solicitante Principal. Dicha Acta
Acuerdo deberá presentarse según modelo presentado en el Anexo VIII del
presente Reglamento. Dichas firmas deberán estar certificadas por
Escribano Público, Banco o Juez de Paz.
En caso de tratarse de una certificación otorgada por Escribano Público
cuyo registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos de la Jurisdicción correspondiente.
VI- Copia simple de la Constancia de Alta Temprana actualizada a la
fecha de presentación del Proyecto de los empleados en relación de
dependencia que asistirán como participantes a las actividades
incluidas en los Proyectos.
Los modelos de Escrituras, Certificaciones Contables y Actas Acuerdo
estarán disponibles en la página Web del Ministerio de Industria.
c) DOCUMENTACION SOLICITADA A LA “UCAP”:
c.1) La “UCAP” deberá presentar ya sea se trate de persona física y/o
jurídica, y exclusivamente en Proyectos que incluyan actividades
Cerradas:
I- Impresión del “Formulario de Inscripción al Registro de “UCAP” de
Crédito Fiscal” el cual será impreso desde el sistema informático,
firmado en carácter de declaración jurada, en todas sus hojas por
el/los representante/s legal/es o apoderado/s con facultades
suficientes de la “UCAP”. Dicha firma deberá certificarse por Escribano
Público, Banco o Juez de Paz.
En caso de tratarse de una certificación otorgada por Escribano Público
cuyo registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos de la Jurisdicción correspondiente.
En caso de tratarse de una certificación otorgada por Escribano Público
cuyo registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá acompañarse la legalización del Colegio de
Escribanos de la Jurisdicción correspondiente.
En el caso que se presenten como “UCAP” las universidades legalmente
reconocidas para funcionar por las autoridades nacionales competentes
y/o los entes autárquicos del ESTADO NACIONAL, éstos quedan exceptuados
de presentar la documentación solicitada en el presente inciso.
En caso de producirse un cambio de representante legal, se deberá
presentar nuevamente una certificación de firmas por Escribano, Banco o
Juez de Paz.
ARTICULO 19.- FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION
La utilización de los modelos de Primer Testimonio de Escritura
Pública, Certificaciones Contables, Declaraciones Juradas y demás
documentación resulta de carácter obligatorio por parte de las Empresas
Solicitantes y “UCAP”. Los modelos estarán disponibles en la página Web
de la “SPYMEYDR”
(http://www.industria.gob.ar/credito-fiscal-capacitacion/manuales-de-usuario).
Las presentaciones en soporte papel deberán efectuarse de acuerdo a los
modelos y en plazos previstos en el presente Reglamento, vía correo
postal o personalmente en el Departamento de Mesa de Entradas de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA; sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº
651, Planta Baja, Sector II, (Código Postal C1067ABB) Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
ARTICULO 20.- RESOLUCION APROBATORIA DE PROYECTOS DE CAPACITACION
Una vez concluida la etapa de evaluación formal de los Proyectos y para
aquellos que resultaren Formalizados, la Aprobación y Asignación de
cupo de Crédito Fiscal para el presente llamado, se realizará una vez
publicado el acto administrativo correspondiente. El mismo se publicará
en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA y se comunicará en la
página Web del Ministerio de Industria.
ARTICULO 21.- PLAZO DE EJECUCION DE LOS PROYECTOS DE CAPACITACION
Actividades Abiertas: Las empresas podrán comenzar a ejecutar las
actividades de capacitación Abiertas de los Proyectos, a su cuenta y
riesgo, desde el día siguiente a la comunicación vía sistema
informático o correo electrónico de la preaprobación del Proyecto.
El plazo máximo de ejecución de dichas actividades será hasta el día 31 de diciembre de 2014.
Actividades Cerradas: Las empresas podrán comenzar a ejecutar las
actividades de capacitación Cerradas de los Proyectos, a su cuenta y
riesgo, desde el día siguiente a la comunicación vía sistema
informático o correo electrónico de la aprobación del Proyecto. Para
estas actividades, las empresas deberán completar el “Cronograma de
Actividades” al momento de la aprobación del Proyecto.
El plazo máximo de ejecución de dichas actividades será hasta el día 31 de diciembre de 2014.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1452/2014
de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
B.O. 30/12/2014 se prorroga el plazo establecido en el presente
Artículo, con vencimiento el 31 de diciembre de 2014, hasta el 28 de
febrero de 2015 inclusive, para la ejecución de las actividades
cerradas conforme lo tipificado en el Artículo 9°, inciso b) del Anexo
I de la presente resolución y cuyos Proyectos han sido aprobados por
los Artículos 1° y 2° de la Resolución N° 1.434 de fecha 5 de diciembre
de 2014 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, consignados en el Anexo II que
forma parte integrante de la resolución de referencia.)
ARTICULO 22.- PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE LOS PROYECTOS
Los Proyectos deberán realizarse mediante la ejecución de las
actividades incluidas en el “Formulario de Proyectos de Capacitación” y
tal como fueron aprobados por “LA DIRECCION”.
Las actividades que no puedan ser constatadas por “LA DIRECCION” por
errores, omisiones, o notificaciones incompletas o extemporáneas, serán
consideradas como actividades no ejecutadas y pasibles de descuentos.
ARTICULO 23.- MODIFICACIONES RELATIVAS A LA EJECUCION
a) PROYECTOS PRESENTADOS BAJO LA MODALIDAD 1.
I- Se admitirán cambios de Empresas Beneficiarias en los Proyectos
presentados bajo la Modalidad 1, por las empresas suplentes cargadas
oportunamente en el “Formulario de Presentación de Proyectos”.
Dichos cambios serán efectuados a cuenta y riesgo de la empresa,
debiéndose presentar al momento de la rendición de cuentas la
documentación solicitada para las Empresas Beneficiarias.
II- Si la actividad contenida en el Proyecto aprobado fuere Cerrada
sólo podrán ser modificadas hasta UNA HORA (1 h.) antes de la hora de
inicio programada originalmente, en lo relativo a:
a) Fechas de Ejecución.
b) Horarios.
c) Lugar de ejecución de jornadas y/o actividades.
d) Docentes, en tanto no se modifique el perfil académico de los
aprobados y estén incluidos en el registro de la “UCAP” al momento de
realizar en cambio.
III- Si la actividad contenida en el Proyecto aprobado fuere Abierta,
sólo podrá ser modificada durante su ejecución de acuerdo a los cambios
propuestos por la “UCAP” organizadora de la actividad, siempre y cuando
dichos cambios se pudieren constatar por “LA DIRECCION” y no cambiaren
sustancialmente el Proyecto aprobado. Asimismo podrán efectuar cambios
de participantes por otros distintos de los aprobados, debiendo
adecuarse el perfil y función del participante a la actividad aprobada.
Dichos cambios serán efectuados a cuenta y riesgo de la empresa,
debiéndose presentar al momento de la rendición de cuentas una nota
suscripta por el representante legal de la sociedad acreditado en el
expediente indicando cargo/función del nuevo participante y
justificación del cambio, acompañando el alta temprana.
b) PROYECTOS PRESENTADOS BAJO MODALIDAD 2.
I- Si la actividad contenida en el Proyecto aprobado fuere Cerrada sólo
podrá ser modificada UNA HORA (1 h.) antes de la hora de inicio
programada originalmente, en lo relativo a:
a) Fechas de Ejecución.
b) Horarios.
c) Lugar de ejecución de jornadas y/o actividades.
d) Docentes, en tanto no se modifique el perfil académico de los
aprobados y estén incluidos en el registro de la “UCAP” al momento de
realizar el cambio.
e) Se admitirán cambios de participantes por otros distintos a los
titulares aprobados por los suplentes cargados en el “Formulario de
Presentación de Proyectos” oportunamente. Dichos cambios serán
efectuados a cuenta y riesgo de la empresa, debiéndose presentar al
momento de la rendición de cuentas el alta temprana correspondiente.
II- Si la actividad contenida en el Proyecto aprobado fuere Abierta
sólo podrá ser modificada durante su ejecución de acuerdo a los cambios
propuestos por la “UCAP” organizadora de la actividad, siempre y cuando
dichos cambios se pudieren constatar por “LA DIRECCION” y no cambiaren
sustancialmente el Proyecto aprobado. Asimismo podrán efectuar cambios
de participantes por otros distintos de los aprobados, debiendo
adecuarse el perfil y función de la actividad aprobada. Dichos cambios
serán efectuados a cuenta y riesgo de la empresa, debiéndose presentar
al momento de la rendición de cuentas la justificación correspondiente.
Ante algún incumpliendo de lo previsto por el presente artículo “LA
DIRECCION” podrá aplicar el descuento parcial o total de la actividad.
ARTICULO 24.- TOPE Y PLAZOS DE NOTIFICACION DE MODIFICACIONES
Las modificaciones a las actividades Cerradas en ambas Modalidades, se
deberán realizar exclusivamente por el sistema informático en la página
Web del Ministerio de Industria
(http://www.accionpyme.mecon.gob.ar/dna2/login.php) y estarán sujetos a
los siguientes límites:
I- Sólo se admitirán hasta un máximo de DOS (2) modificaciones por
jornada y hasta un máximo de SIETE (7) modificaciones por actividad
cerrada, relativas a cambios de fechas, horarios, lugar de ejecución y
docentes previstos en las actividades.
II- El plazo para efectuar dichas modificaciones será de hasta UNA HORA
(1 hs.) del inicio de la jornada, según cronograma cargado por la
empresa.
Sólo se admitirán modificaciones que sean notificadas por sistema informático.
No se admitirán descargos de ningún tipo por modificaciones efectuadas por otros medios.
ARTICULO 25.- VERIFICACION Y AUDITORIA
“LA DIRECCION” podrá, en cualquier instancia del desarrollo del
Proyecto, por si o por terceros, realizar verificaciones físicas o
virtuales y auditorías a las Empresas Solicitantes y/o Empresas
Beneficiarias o “UCAP”, en sus sedes o en el lugar en donde se realicen
las actividades, con el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución
e impacto de las mismas, encontrándose facultada para contactar a los
participantes de los cursos finalizados o en ejecución, a efectos de
evaluar la capacitación recibida por los mismos.
Las empresas y las “UCAP” deberán disponer de todos los medios
necesarios para facilitarle a “LA DIRECCION” el desarrollo de las
tareas de verificación y auditorías y proveerle toda la información que
solicite.
ARTICULO 26.- INCUMPLIMIENTOS AL PRESENTE REGLAMENTO
En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto por el
presente Reglamento, la Autoridad de Aplicación podrá disponer la
pérdida parcial o total de la jornada y/o la baja del Proyecto con la
correspondiente pérdida del Cupo de Crédito Fiscal asignado.
Incumplimientos | Carácter | Sanción |
Inejecución de jornada comprobada. | Grave | Baja de jornada |
Difiere la “UCAP”. | Grave | Baja de jornada |
Incumple docente informado y el mismo no está incluido en el registro de “UCAP”. | Grave | Baja de jornada |
La actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada. | Grave | Baja de jornada |
Reticencia
en brindar al auditor información y/o falta de exhibición de
documentación. Se establece una tolerancia máxima de CINCO (5) minutos
para el inicio de la verificación de la actividad desde el arribo del
auditor al lugar de ejecución. | Grave | Baja de jornada |
Participantes
auditados no alcanzan la asistencia mínima reglamentaria de al menos
TRES (3) personas, y/o los participantes auditados difieren de los
aprobados como titulares y/o suplentes no alcanzando la asistencia
mínima de TRES (3) participantes. | Grave | Baja de jornada |
Supera ausencia reglamentaria (asistencia menor al VEINTICINCO POR CIENTO (25%). | Grave | Baja de jornada |
Supera ausencia reglamentaria (asistencia menor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) e igual o mayor al VEINTICINCO POR CIENTO (25%). | Leve | Baja de jornada |
Incumple docente informado y el mismo está incluido en el registro de “UCAP”. | Leve | Baja de jornada |
El docente se niega a firmar el Acta de Auditoría. | Grave | Baja de jornada |
Asistencia igual o mayor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) y menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%). | Leve | Descuento proporcional según Normativa. |
Ante los incumplimientos y/o irregularidades constatados en todos y
cada uno de los Proyectos y/o actividades de una misma empresa, se
encuentren rendidos o no, la Autoridad de Aplicación podrá disponer la
pérdida parcial o total del beneficio otorgado.
A los efectos de lo establecido a continuación la acumulación de TRES
(3) sanciones de carácter leve serán equivalentes a UNA (1) de carácter
grave.
DOS (2) incumplimientos graves o su equivalente en la misma actividad. | Baja de actividad |
TRES (3) incumplimientos graves o su equivalente en la misma o en distinta actividad. | Baja de Proyecto |
CUATRO (4) incumplimientos graves o su equivalente en cualquiera de los Proyectos aprobados. | Baja de todos los Proyectos de la empresa en la convocatoria. |
Ejecución
menor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las actividades aprobadas y
siempre y cuando el monto que correspondiera reintegrar (dado el monto
rendido y el porcentaje aprobado) sea inferior al CINCUENTA POR CIENTO
(50%) del monto total aprobado en el Proyecto. | Baja del Proyecto |
Ejecución menor al OCHENTA POR CIENTO (80%) de la carga horaria aprobada para una actividad. | Baja de actividad |
Las sanciones que acarreen pérdidas parciales o totales del cupo de
Crédito Fiscal asignado serán impuestas mediante el acto administrativo
que apruebe la respectiva Rendición de Cuentas.
En los casos en que se detecten CUATRO (4) o más incumplimientos de
carácter grave, o su equivalente, en jornadas dictadas por una misma
“UCAP” en cualquiera de los proyectos, “LA DIRECCION” excluirá la
participación de dicha “UCAP” para el siguiente llamado, dejando
asentado tal antecedente en el legajo de registro de “UCAP”.
ARTICULO 27.- PRESENTACION DE LA RENDICION DE CUENTAS
Las Empresas Solicitantes podrán presentar como máximo UNA (1) Rendición de Cuentas por cada Proyecto aprobado.
Las Rendiciones de Cuentas de los Proyectos ejecutados deberán
presentarse en un plazo que no exceda los TREINTA (30) días hábiles
contados a partir del día siguiente a la finalización de la última
jornada/actividad del Proyecto aprobado y de la siguiente forma:
a) VIA INTERNET: Completar e imprimir el “Formulario de Rendición de
Cuentas” disponible en la página Web del Ministerio de Industria
(http://www.accionpyme.mecon.gob.ar/dna2/login.php), y posteriormente:
b) Se deberá presentar en soporte papel ante “LA DIRECCION” la documentación que se detalla a continuación:
I- “Formulario de Rendición de Cuentas” suscripto por el/los
Representante/s Legal/es o Apoderado/s de las Empresas Solicitantes de
acuerdo a la acreditación de personería prevista en el presente
Reglamento.
Se requerirá la certificación de firmas en el “Formulario de Rendición
de cuentas” presentado para su aprobación cuando se modifique el
firmante anteriormente presentado.
II- Fotocopias simples de las facturas y/o recibos por honorarios de
capacitación; suscriptos por el/los Representante/s Legal/es o
Apoderados de las Empresas Solicitantes debidamente acreditados;
consignando en cada una la denominación del curso facturado. Si las
facturas fueren de tipo A o B, deberán adjuntarse los recibos
cancelatorios correspondientes.
III- Fotocopias simples de las facturas y/o recibos por gastos de
Escrituras y/o Certificación, suscriptas por el/los Representante/s
Legal/es o Apoderados de las Empresas Solicitantes debidamente
acreditados; identificando en las mismas los conceptos facturados en
relación a los Proyectos. Si las facturas fueren tipo A o B deberán
adjuntarse los recibos cancelatorios correspondientes.
IV- Certificación Contable suscripta por Contador Público Nacional que
no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos
participantes del Proyecto y legalizada por el Consejo Profesional
correspondiente, referente al pago, cancelación y a la registración
contable de los comprobantes señalados en los incisos precedentes con
el detalle de los mismos, según modelo que se presenta en el Anexo IX
del presente Reglamento.
V- Fotocopia del certificado de asistencia para el caso de las
actividades Abiertas. En el que conste denominación de la actividad,
participante y fecha de la realización.
VI- En el caso de las actividades Cerradas se deberá presentar un
Original de la nómina de participantes por actividad en la cual se
consignen aquellos que asistieron al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%)
de las jornadas, con la firma autógrafa de éstos y del docente a cargo.
ARTICULO 28.- EVALUACION DE LA RENDICION DE CUENTAS
Las Rendiciones de Cuentas presentadas en formato papel serán sometidas
a una evaluación técnica. El informe de evaluación técnico versará
sobre la ejecución reglamentaria del Proyecto y contemplará el
cumplimiento de los lineamientos aprobados, así como lo informado por
las Empresas Solicitantes durante la etapa de ejecución de las
actividades.
Si los montos efectivamente erogados resultaren inferiores a los
solicitados y aprobados por “LA DIRECCION”, se aplicará a éstos, el
porcentaje de reintegro aprobado de la actividad respectiva.
Si los montos efectivamente erogados resultaren superiores a los
aprobados por “LA DIRECCION”, se reintegrará hasta el monto aprobado.
Si las facturas presentan incongruencias se descontará el monto rendido en la misma.
El informe contendrá una recomendación final sobre la aprobación,
rechazo y/o eventuales descuentos respecto de las Rendiciones de
Cuentas presentadas con fundamento en los hechos y antecedentes y en lo
previsto por el presente Reglamento.
ARTICULO 29.- PLAZOS Y FORMAS DE NOTIFICACION
Los sujetos participantes en los Proyectos de Capacitación detallados
en el Artículo 4° del presente Reglamento deberán observar los plazos
estipulados a continuación:
I- En caso de producirse un requerimiento de tipo técnico al Proyecto
antes de su preaprobación, el mismo deberá ser contestado en un plazo
de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la
comunicación de la observación técnica.
II- Una vez comunicada la preaprobación del Proyecto y en un plazo de
VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a dicha
comunicación, deberán presentar la documentación solicitada en los
Artículos 16 y 18 del presente Reglamento de acuerdo a la Modalidad, y
a la tipología de las actividades incluidas en los Proyectos.
III- En caso de producirse un requerimiento de tipo formal a la
documentación presentada en cualquier instancia del Proyecto, el mismo
deberá ser contestado en un plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a
partir del día siguiente a la comunicación de la observación formal.
IV- Una vez finalizado el Proyecto de Capacitación y aprobado mediante
la resolución de asignación de cupo, y en un plazo de TREINTA (30) días
hábiles contados a partir del día siguiente a la finalización de las
actividades, las Empresas Solicitantes deberán rendir cuentas de
acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 27 del presente
Reglamento enviando la documentación respaldatoria solicitada.
Las comunicaciones efectuadas por “LA DIRECCION” en relación con la
preaprobación, observaciones técnicas y/o formales y aprobación
relativas a los Proyectos de capacitación y/o Rendiciones de Cuentas
presentadas en el marco del presente llamado, serán efectuadas
exclusivamente vía sistema informático y/o correo electrónico,
debiéndose observar los plazos previstos en el presente artículo.
La no presentación de la documentación requerida en la forma y/o en el
plazo estipulado como así también el no cumplimiento de las
observaciones técnicas realizadas, implicará la desestimación del
Proyecto y/o rechazo de la Rendición de Cuentas con la consiguiente
pérdida del cupo asignado.
ARTICULO 30.- DE LA EMISION DEL CERTIFICADO
Una vez publicada en el Boletín Oficial la asignación de cupo y
aprobada la Rendición de Cuentas, tendrá lugar el dictado del acto
administrativo que establecerá la aprobación total o parcial de la
Rendición y la consiguiente emisión del Certificado de Crédito Fiscal a
favor de las Empresas Solicitantes.
En el caso de existir más de una Empresa Solicitante, ya sea Modalidad
1 o Modalidad 2, deberá realizarse el reintegro de acuerdo a lo que
determinen las Empresas Solicitantes en el Acta Acuerdo requerida en el
Artículo 18 del presente Reglamento, y sin que se excedan los topes y
montos previstos.
Los Certificados de Crédito Fiscal serán emitidos bajo la modalidad de
Bono Electrónico a favor de las Empresas Solicitantes de acuerdo a lo
establecido precedentemente y de conformidad a lo dispuesto por la
Resolución Nº 4 de fecha 14 de enero de 2011 de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA.
Asimismo y de acuerdo al Artículo 2° de dicha resolución, los
Certificados de Crédito Fiscal que se emitan bajo la modalidad de Bono
Electrónico tendrán una vigencia de VEINTICUATRO (24) meses contados
desde la fecha de su emisión.
ARTICULO 31.- MARCO LEGAL
La presentación del Proyecto implica el pleno conocimiento de toda la
normativa que rige el acceso al Régimen de Crédito Fiscal, la adhesión
al presente Reglamento y la aceptación de todos los efectos y
consecuencias producto de su aplicación, para todos los sujetos
participantes en los mismos.
ARTICULO 32.- RECURSOS
El régimen recursivo es el establecido en la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y en el Reglamento de
Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991; siendo
las Empresas Solicitantes de los Proyectos las partes legitimadas para
interponerlos.
ANEXO II
MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA EMPRESAS SOLICITANTES. (PERSONAS JURIDICAS)
FOLIO Nº_____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO______________________
En la Ciudad de________, a__________días del mes de______del año dos
mil catorce, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece
___________(Nombre y Apellido Completo), de nacionalidad ______
(argentina), nacido el ___de ___de______, ________(estado civil),
titular del Documento Nacional de Identidad número ____________,
C.U.I.T. Nº ___________, domiciliado legalmente en la
calle_______________ de _________, persona capaz, de mi conocimiento,
doy fe, así como de que interviene en su carácter de
_______________(Representante legal: Presidente, Socio Gerente, etc.,
de acuerdo al tipo social que corresponda y/o Apoderado con facultades
suficientes) de la sociedad que gira bajo la denominación de
___________________, C.U.I.T Nº ____________, domiciliada en
___________ y objeto social ____________ (designación del objeto
principal únicamente), lo que se justificará más adelante, y MANIFIESTA
que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo
establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, solicitándome que:
justifique la existencia de la persona jurídica y de su vigencia
actual, denominación o razón social, fecha de constitución, datos de su
inscripción y modificaciones en el registro público correspondiente,
domicilio y sede social, objeto social, acreditar la justificación de
la personería de su/s representante/s legal/es con mandato vigente y la
fecha en que vence su mandato.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO
CONSTAR: Que el compareciente acredita lo que me solicita que
justifique, con la siguiente documentación: a) La constitución de la
sociedad y su existencia legal con la escritura de constitución de la
sociedad de fecha ____, que pasó ante ________, al folio ______ del
Registro Notarial _________ a cargo de _________, la que en su primera
copia se inscribió el ________ bajo el número ___________del Libro
___________ de ___________ (y reformas si las hubiera). b) Que según
surge de la documentación citada en el punto anterior la sociedad tiene
una vigencia de ______________ años contados a partir del ___/___/____
(fecha que comienza a correr el plazo), por lo cual la misma se
encuentra vigente. c) Que su Objeto social es:__________, d) su
domicilio legal es ____________ y su domicilio productivo o de
desarrollo de actividades es:___________________e) la fecha de cierre
del ejercicio social es: ___/___/___, f) Que el representante legal de
la misma es: ____________________(Nombre y Apellido
Completo y DNI), en carácter de____________ (Presidente si es una S.A.,
Socio Gerente si es una S.R.L., y en este último caso si la
representación estuviese a cargo de dos o más socios deberá aclararse
cómo es el uso de la firma social; etc.) según la siguiente
documentación___________ (indicar las actas de asamblea de elección de
autoridades y de directorio de distribución de cargos si fuera una S.A.
o actas o instrumento correspondiente si fuera otro tipo societario),
que se encuentran inscriptas en ____________.
De dicha documentación surge que los representantes estatutarios de la
sociedad ejercen su mandato por el término de
____meses/años/ejercicios_____________ contados a partir del día
___/____/___ y hasta el día ___/___/___.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.
LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.
_______ Hay un sello.- Ante mí: ________- PARA ________expido esta
Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y
firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.
Nota:
En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañar la legalización
del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción correspondiente. |
ANEXO III
MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA PERSONAS FISICAS O SOCIEDADES DE HECHO
FOLIO Nº ___.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO ______________________________
En la Ciudad de _____, a ______días del mes de ________del año dos mil
catorce ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece ______
(Nombre y Apellido Completo), de nacionalidad ________ (argentina),
nacido el ___________de _______de ________(estado civil), titular del
Documento Nacional de Identidad número ___________ domiciliado
legalmente en la calle _________ de ___________, (en caso de tratarse
de una sociedad de hecho indicar nombre de los socios) persona capaz,
de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter
de titular de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) Nº
___________, con domicilio fiscal en ______________ en la calle
_________, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de
poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
solicitándome que: justifique sus datos personales, datos de su
inscripción y modificaciones en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, domicilio y actividad principal.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO
CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que
justifique, con la siguiente documentación: a) Del D.N.I. Nº
_______surge que el/los compareciente/s es/son: ______fecha de
nacimiento: ___/__/__ con domicilio real en la calle __________b) De la
constancia de inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS surge que la fecha de inscripción es: __/__/__ , que se
encuentra inscripto en _________ (indicar si es monotributo o régimen
general indicando en que tributos se encuentra inscripto), que su
actividad principal registrada en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS es: _____________ (Si tiene actividades secundarias inscriptas
indicar cuáles son __________) y que su domicilio fiscal es ___________
y su domicilio productivo es:___________________.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.
LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.
_______ - Hay un sello.- Ante mí: _________ - PARA______ expido esta
Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y
firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.
Nota:
En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañar la legalización
del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción correspondiente. |
ANEXO IV
MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
Señores:
Razón Social/Nombre:
Domicilio Legal:
C.U.I.T. N°:
En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del
interesado y para su presentación ante la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
certifico la información detallada en el apartado siguiente.
1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION
Declaración efectuada por la Empresa _____________ (indicar Razón
Social) con respecto a su inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, su actividad principal , domicilio legal
y productivo y demás información incluida en la planilla de datos que
se adjunta como ANEXO DECLARACION JURADA SOBRE BASE DE DATOS DE LA
EMPRESA, en los términos requeridos por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
firmada por mí al solo efecto de su identificación.
2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA
La emisión de una certificación consiste en constatar determinados
hechos y, circunstancias con registros contables y documentación de
respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los
conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los
comprobantes respaldatorios correspondientes y que detallo a
continuación referenciados para cada uno de los puntos indicados en la
planilla de datos que se adjunta como ANEXO DECLARACION JURADA SOBRE
BASE DE DATOS DE LA EMPRESA: (se deberá completar con los
comprobantes/registros contables que respalden los puntos de la
planilla adjunta)
1)
2)
3)
4)
5)
6)
Etcétera.
3. MANIFESTACION
En función de la tarea realizada, certifico que los datos contenidos en
la planilla de datos que se adjunta como ANEXO DECLARACION JURADA SOBRE
BASE DE DATOS DE LA EMPRESA surgen de la documentación detallada en el
punto 2.
En la Ciudad de………………., a los…… días del mes de………… de 2014.
Dr. xxxxxxxxxxxx
Contador Público (Universidad)
C.P.C.E.____ Tº xxx Fº xxx
ANEXO DECLARACION JURADA SOBRE BASE DE DATOS DE LA EMPRESA
A) DATOS DE LA EMPRESA
Razón Social / Nombre: |
|
C.U.I.T. N°: |
|
Tipo de empresa: (S.A., S.R.L., Responsable Inscripto, Monotributista, etcétera): |
|
Fecha de cierre del ejercicio social: |
|
Domicilio Legal: |
|
Domicilio productivo/de desarrollo de actividades: |
|
(En caso de tener más de una sede productiva, indicar el domicilio de cada una de ellas) |
|
B) PATRIMONIO Y ORIGEN DEL CAPITAL:
Monto del Patrimonio Neto (al MM/AA): último cierre |
|
Origen del capital: |
|
% Argentino: |
|
% Extranjero: |
|
C) DESCRIPCION DE ACTIVIDADES
Fecha de inicio de actividades: |
|
(Entendiéndose por tal la fecha de la primera venta facturada) (1) |
|
Código de actividad principal (Según Clasificador de la “AFIP” http://afip.gov.ar/genericos/novedades/clae.asp): |
|
Código de actividad secundaria (Según Clasificador de la “AFIP”): |
|
Actividad principal que desarrolla: descripción detallada |
|
Detalle Bienes y/o Servicios que ofrece: |
|
D) VENTAS ANUALES (VER NOTA 2)
Monto Ventas anuales al cierre de ejercicio 2011: |
|
Monto Ventas anuales al cierre de ejercicio 2012: |
|
Monto
Ventas anuales al cierre de ejercicio 2013: (En caso de no encontrarse
cerrado el ejercicio 2013, ingresar los TRES (3) últimos ejercicios
cerrados) |
|
Promedio de las Ventas de los TRES (3) últimos años/ejercicios: |
|
Indicar el tamaño de la empresa según Resolución SPYME Nº 24/01 y sus modificaciones: |
|
(MIPYME o GRAN EMPRESA) |
|
E) DESTINO DE LAS VENTAS (% de venta según su mercado de destino)
% de venta en mercado local (Argentina): |
|
% de venta en mercado extranjero (Exportación): |
|
Indicar si importa bienes para revender: | Indicar SI o NO |
Si es SI, % de venta de bienes importados con respecto a las ventas totales: |
|
F) GRUPO ECONOMICO
¿La
empresa integra un grupo económico, (en adelante “G.E”) en los términos
del Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o
1984) y sus modificaciones : | Indicar SI o NO |
Si la anterior es SI Principal actividad económica del “G.E”: |
|
|
Monto de ventas anuales del “G.E”.– al cierre de ejercicio 2011: |
|
Monto de ventas anuales del “G.E”.– al cierre de ejercicio 2012: |
|
Monto
de ventas anuales del “G.E”. – al cierre de ejercicio 2013: (En caso de
no encontrarse cerrado el ejercicio 2013, ingresar los últimos TRES (3)
últimos ejercicios cerrados) |
|
Promedio de ventas del “G.E” de los últimos TRES (3) años/ejercicios: |
|
G) MASA SALARIAL Y CUPO DE CREDITO FISCAL
Cantidad de empleados actuales: |
|
Sumatoria de masa salarial de los últimos DOCE (12) meses anteriores a la presentación del Proyecto. |
|
Período: desde………/2013 hasta ………../2014 |
|
Calcular el 8% u 8‰ de la sumatoria determinada en el renglón anterior: |
|
Monto
de Crédito Fiscal utilizado en otros organismos durante el año 2014
(MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL o INSTITUTO NACIONAL
DE EDUCACION TECNOLOGICA) |
|
H) SITUACION FISCAL Y PREVISIONAL
¿La empresa posee deuda impositiva exigible: | Indicar SI o NO |
¿La empresa posee deuda previsional exigible: | Indicar SI o NO |
Nota: Si la empresa se encuentra en plan de regularización de sus
obligaciones provisionales e impositivas, además deberá acompañar plan
de pago en copia simple y los últimos comprobantes de pago de dicha
moratoria firmados, todo ello en virtud de que la certificación
contable manifieste que la empresa posee deuda previsional e impositiva
exigible a la fecha.
Lugar y Fecha:
Contador
Independiente:
Firma:
Aclaración:
C.P.C.E.----------. Tº Fº
Firmado a los efectos de su identificación con la Certificación adjunta
(Deberá certificarse la firma del contador por CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS que corresponda).
(1)
Si la empresa es una sociedad regularmente constituida que es
continuadora de otra sociedad regular o de hecho o de una empresa
unipersonal, en tanto la actividad principal de ambas sea la misma y la
sociedad antecesora haya sido dada de baja en los registros
impositivos, puede consignarse la fecha de inicio de actividades de la
antecesora. |
(2)
Se entenderá por ventas totales anuales, el valor de las ventas que
surja del balance o información contable equivalente adecuadamente
documentada, excluido el impuesto al valor agregado y el impuesto
interno que pudiera corresponder y deducidas las exportaciones hasta un
máximo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de dichas ventas en caso de
corresponder. |
ANEXO V
MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
BAJO LA MODALIDAD I
(PARA MAS DE UNA EMPRESA SOLICITANTE)
En ___________(lugar y fecha), entre la Empresa __________ (indicar
Razón Social), con sede social en _______ (indicar domicilio legal),
representada en este acto por su _________ (indicar el representante
legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades
suficientes), Señor, ________________ (Nombre y Apellido Completo y
D.N.I. Nº), con facultades suficientes para ejercer la representación
que invoca; en adelante LA SOLICITANTE PRINCIPAL, y entre la Empresa
___________ (indicar Razón Social), con sede social en
____________(indicar domicilio legal), representada en este acto por su
___________ (indicar el representante legal que corresponda según tipo
social y/o apoderado con facultades suficientes), Señor,
____________________ (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº), con
facultades suficientes para ejercer la representación que invoca; en
adelante LA SOLICITANTE ASOCIADA, (tantas veces como Empresas
Solicitantes Cedentes Asociadas existan), en adelante LAS SOLICITANTES,
acuerdan celebrar la presente acta acuerdo de conformidad a las
cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA - OBJETO
LAS SOLICITANTES acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de
Capacitación a efectos de capacitar al personal de las “MIPYMES”
incluidas en el “Formulario de Proyecto de Capacitación”, en un todo de
conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen
de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en adelante
“LA SPYMEYDR”.
SEGUNDA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL
LAS SOLICITANTES presentarán a la “SPYMEYDR” la respectiva Rendición de
Cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir
el correspondiente Certificado de Crédito Fiscal, de conformidad a lo
establecido por el Artículo 27 del Reglamento para el Llamado a
Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2014 - Primera Convocatoria.
Asimismo acuerdan que la participación en el Proyecto, de cada una de
las empresas firmantes será la que se detalla a continuación:
Empresa a) ________ (porcentaje)
Empresa b) ________ (porcentaje)
Etcétera.
TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION
Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y
forma a LAS SOLICITANTES toda la información necesaria para la
elaboración de las Rendiciones de Cuentas y el monitoreo del Proyecto,
exigibles por La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación
Federal de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman _______________ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el
suyo.
NOTAS
a) Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o Escribano Público.
En caso de ser un Escribano cuyo registro estuviere fuera de la
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañar la
legalización del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción
correspondiente.
b) En caso de que el acta sea suscripta por un apoderado y la firma del
mismo sea certificada por Juez de Paz o Escribano Público, deberá
acompañarse copia certificada y legalizada del poder del firmante. |
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ANEXO VI
MODELO DE ACTA COMPROMISO Y ADHESION AL REGLAMENTO A SUSCRIBIR POR LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS
DE LA MODALIDAD 1 EMPRESAS Y DE LA MODALIDAD 1 EMPRENDEDORES.
(PERSONAS JURIDICAS)
En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año
dos mil catorce, el que suscribe ___________DNI N°__________, de
nacionalidad ________, nacido el ___de _____de ____,
________________(estado civil), titular del Documento Nacional de
Identidad número _______________, C.U.I.T. N°______________,
domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, en
mi carácter de_____________ (indicar Representante legal/Titular el que
corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades suficientes)
de la sociedad (Empresa Beneficiaria) que gira bajo la denominación de
“__________________”, C.U.I.T Nº ________________, con domicilio legal
en ____________ y domicilio productivo en ________________, cuya
Actividad principal es_____________________ , y la fecha de inicio de
dicha Actividad es___/___/___; realiza la siguiente Declaración Jurada
a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, aportando la información que se detalla a continuación.
PERSONERIA
La constitución de la sociedad es de fecha _____________, inscripta en
Inspección General de Justicia (IGJ) / Personas Jurídicas en
fecha_______ Nº de Inscripción_________.
El Representante Legal es ______________(indicar nombre y apellido del
presidente si fuese una S.A., de/los socio/s gerente/s si fuese una
S.R.L., del titular si fuese Empresa Unipersonal), conforme surge del
_________________ (indicar las actas de asamblea de elección de
autoridades y de distribución de cargos si fuera un S.A. o actas o
instrumento correspondiente si fuera otro tipo societario) con la
designación de autoridades vigente de fecha _/__/__ .
Fecha de vencimiento del Mandato del Representante Legal: ___/___/___
(o indicar si la vigencia del mandato es por tiempo indeterminado).
MANIFESTACION DE ACEPTACION Y ADHESION AL REGLAMENTO
La Empresa Beneficiaria manifiesta su acuerdo a la realización del
Proyecto de Capacitación presentado por la Empresa Cedente, a efectos
de capacitar a su personal, en un todo de conformidad con lo dispuesto
en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Asimismo, se compromete a brindar toda la información necesaria para la
elaboración de las rendiciones de cuentas y al monitoreo del Proyecto,
exigibles por La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación
Federal.
Se manifiesta, en carácter de Declaración Jurada, que los datos
consignados en este formulario son correctos y completos, sin omitir ni
falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la
verdad.
_____________________________
Firma y Aclaración del Representante Legal o Apoderado
NOTAS
a) Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o Escribano Público.
En caso de ser un Escribano cuyo registro estuviere fuera de la
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañar la
legalización del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción
correspondiente.
b) En caso de que el acta sea suscripta por un apoderado y la firma del
mismo sea certificada por Juez de Paz o Escribano Público, deberá
acompañarse copia certificada y legalizada del poder del firmante. |
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ANEXO VII
MODELO DE ACTA COMPROMISO Y ADHESION
AL REGLAMENTO A SUSCRIBIR POR LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS DE LA
MODALIDAD 1 EMPRESAS Y MODALIDAD 1 EMPRENDEDORES
(PERSONAS FISICAS O SOCIEDADES DE HECHO)
En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año
dos mil catorce, el que suscribe ___________DNI N°__________, de
nacionalidad ________, nacido el ___de _____de ____,
________________(estado civil), titular del Documento Nacional de
Identidad número _______________, C.U.I.T. N°______________,
domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, en
mi carácter de_____________ (Titular de la explotación unipersonal,
Socio y/o Apoderado con facultades suficientes) que gira bajo la
denominación de “__________________” (en el caso de Sociedad de Hecho
mencionar el nombre de los socios, en el caso de ser una explotación
unipersonal indicar nombre de la misma), C.U.I.T Nº ________________,
con domicilio legal en ____________ y domicilio productivo en
________________, cuya Actividad principal es_____________________ , y
la fecha de inicio de dicha Actividad es ___/___/___; realiza la
siguiente Declaración Jurada a los fines de poder cumplimentar lo
establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, aportando la
información que se detalla a continuación.
PERSONERIA
El titular de la empresa Unipersonal es: _______________( indicar nombre, apellido y DNI).
Los socios de la sociedad de Hecho son:__________________( indicar nombre, apellido y DNI de los socios).
MANIFESTACION DE ACEPTACION Y ADHESION AL REGLAMENTO
La Empresa Beneficiaria manifiesta su acuerdo a la realización del
Proyecto de Capacitación presentado por la Empresa Cedente, a efectos
de capacitar a su personal, en un todo de conformidad con lo dispuesto
en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Asimismo, se compromete a brindar toda la información necesaria para la
elaboración de las Rendiciones de Cuentas y al monitoreo del Proyecto,
exigibles por La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación
Federal.
Se manifiesta, en carácter de Declaración Jurada, que los datos
consignados en este formulario son correctos y completos, sin omitir ni
falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la
verdad.
_____________________________
Firma y Aclaración del Titular, Representante Legal o Apoderado
NOTAS
a) Las firmas deberán certificarse Juez de Paz o Escribano Público. En
caso de ser un Escribano cuyo registro estuviere fuera de la
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañar la
legalización del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción
correspondiente.
b) En caso de que el acta sea suscripta por un apoderado y la firma del
mismo sea certificada por Juez de Paz o Escribano Público, deberá
acompañarse copia certificada y legalizada del poder del firmante. |
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ANEXO VIII
MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD 2
(PARA MAS DE UNA EMPRESA SOLICITANTE)
En _________(lugar y fecha), entre la Empresa _______ (Razón Social),
con sede social en _________ (indicar domicilio legal), representada en
este acto por el Señor, _________(Nombre y Apellido Completo y D.N.I.
Nº) ______________ en su carácter de ___________ (indicar el
representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con
facultades suficientes), con facultades suficientes para ejercer la
representación que invoca; en adelante LA SOLICITANTE PRINCIPAL, y la
Empresa ______________(Razón Social), con sede social en ___________
(indicar domicilio legal), representada en este acto por el Señor
_______________ (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº) en su carácter
de ____________(indicar el representante legal que corresponda según
tipo social y/o apoderado con facultades suficientes), con facultades
suficientes para ejercer la representación que invoca; en adelante LA
SOLICITANTE ASOCIADA (tantas veces como Empresas Solicitantes existan),
en adelante LAS SOLICITANTES BENEFICIARIAS, acuerdan celebrar la
presente acta acuerdo de conformidad a las cláusulas que a continuación
se establecen:
PRIMERA - OBJETO
LAS SOLICITANTES BENEFICIARIAS acuerdan la presentación conjunta de un
Proyecto de Capacitación a efectos de capacitar al personal de sus
empresas, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas
reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, en adelante “LA SPYMEYDR”.
SEGUNDA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL
LA SOLICITANTE PRINCIPAL presentará a la “SPYMEYDR” la respectiva
Rendición de Cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines
de recibir el correspondiente Certificado de Crédito Fiscal, conforme a
lo establecido en el Artículo 27 del Reglamento para el Llamado a
Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2014. Primera Convocatoria.
Asimismo acuerdan que la participación en el Proyecto, de cada una de
las empresas firmantes será la que se detalla a continuación:
Empresa a) ________ (porcentaje)
Empresa b) ________ (porcentaje)
Etcétera.
TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION
Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y
forma a LA SOLICITANTE PRINCIPAL toda la información necesaria para la
elaboración de las Rendiciones de Cuentas y el monitoreo del Proyecto,
exigibles por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación
Federal.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman _____ ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.
NOTAS
a) Las firmas deberán certificarse por Banco, Juez de Paz o Escribano
Público. En caso de ser un Escribano cuyo registro estuviere fuera de
la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá acompañar
la legalización del Colegio de Escribanos de la Jurisdicción
correspondiente.
b) En caso de que el acta sea suscripta por un apoderado y la firma del
mismo sea certificada por Banco, Juez de Paz o Escribano Público,
deberá acompañarse copia certificada y legalizada del poder del
firmante. |
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ANEXO IX
MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA RENDICION DE CUENTAS
Señores:
Apellido y Nombre o Razón Social de la empresa Solicitante/Beneficiaria:
C.U.I.T. Nº
Domicilio Legal:
Localidad:
En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del
interesado y para su presentación ante la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
certifico la información detallada en el apartado siguiente.
1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION
Declaración efectuada por la sociedad sobre los gastos de capacitación
y/o de certificación realizada por________(Razón Social) y su
correspondiente registración contable llevados en los libros
obligatorios; correspondientes al Proyecto Nº________, por un valor
total neto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de $ ________ (PESOS
________).
2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA
La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar
determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o
documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se
limitó a cotejar los comprobantes de respaldo de la Declaración
indicada en el punto 1 con los registros contables, según se detalla a
continuación:
Tipo Comprobante | Nro. de Comprobante | Proveedor | $ neto de IVA (1) | $ IVA (2) | Total (1)+(2) |
Factura A-B-C | 000X-000000X |
|
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Recibo C- X | 000X-000000X |
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TOTAL |
|
|
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Las Facturas descriptas totalizan un importe (neto del Impuesto al Valor Agregado) de $________ (PESOS)________.
Describir la forma de cancelación de las facturas. En el caso de
Facturas A o B, debe incluirse el recibo X, que compruebe la
cancelación de las mismas.
3. MANIFESTACION PROFESIONAL
Sobre la base de las tareas descriptas, certifico:
a) Que las facturas, recibos y todos los comprobantes citados en los
cuadros precedentes, corresponden a las actividades de capacitación y/o
gastos de certificación del Proyecto N°_____/2014.
b) Que los servicios correspondientes se encuentran totalmente
cancelados y que el pago respectivo se efectuó por________ (indicar el
medio de pago que corresponda ej. efectivo, depósito, cheque o
transferencia bancaria), de acuerdo a lo estipulado por las normas.
c) Que la documentación respaldatoria de las operaciones (facturas,
recibos, y todo comprobante respaldatorio) son válidos en los términos
de la normativa aplicable vigente.
d) Que los comprobantes detallados en los cuadros precedentes se
encuentran registrados en los libros contables de la empresa los cuales
se encuentran llevados en forma legal.
Lugar y Fecha
Dr.
xxxxxxxxxxxxxx
Firma:
Aclaración:
C.P.C.E.-----------T° F°
Firmado a los efectos de su identificación con la Certificación adjunta
(Deberá certificarse la firma del contador por CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS que corresponda).
e. 20/03/2014 N° 17527/14 v. 20/03/2014