MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 365/2014

Bs. As., 17/3/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0062234/2013 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, las Leyes Nros. 26.216, 26.338, 26.520, 26.644, 26.792 y 26.919, el Decreto Nº 1993 del 14 de diciembre de 2010, las Resoluciones M.I. Nros. 1308 del 12 de junio de 2007 y 2025 del 28 de agosto de 2007, y M.J. y D.H. Nº 249 del 28 de febrero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones indicadas en el Visto, se propicia una propuesta tendiente a actualizar el valor del incentivo establecido en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO establecido por la Ley Nº 26.216.

Que por la Ley Nº 26.216 se creó el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO, facultando al PODER EJECUTIVO NACIONAL y a la autoridad de aplicación a establecer el procedimiento de entrega, recepción, inutilización, destrucción pública de armas y municiones y la determinación de las características particulares del incentivo y su valor.

Que a través del Decreto Nº 483/07 se reglamentó la aplicación de la Ley Nº 26.216, estableciendo que el MINISTERIO DEL INTERIOR ordenará la realización de la destrucción pública de las armas de fuego y municiones recibidas en el marco del PROGRAMA, conforme con la metodología que se determine según el material y dentro de los plazos legales.

Que de conformidad a la Ley Nº 26.338, dichas funciones fueron transferidas al entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y posteriormente, por el Decreto Nº 1993/10 recayeron en el actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la propuesta efectuada encuentra su fundamento en la modificación que el paso del tiempo ha producido en la realidad de la vida ciudadana, produciéndose una desactualización de los valores del incentivo establecido por la Ley Nº 26.216; razón por la cual una actualización de los mismos resulta necesaria y beneficiosa a efectos de obtener la mayor adhesión social posible al PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO.

Que a través del Decreto Nº 560/08 y las Leyes Nros. 26.520, 26.644, 26.792 y 26.919 se prorrogó el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO.

Que han tomado la debida intervención el servicio jurídico del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 6° de la Ley Nº 26.216, el Decreto Nº 483/07, y la Ley Nº 26.338 (en concordancia con el Decreto Nº 1993/10).

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la “ESCALA DE VALORES DEL INCENTIVO POR LA ENTREGA VOLUNTARIA Y ANONIMA DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES” del PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO, la que como Anexo I se agrega a la presente formando parte integral de la misma.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I


e. 25/03/2014 N° 17509/14 v. 25/03/2014