MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Nº 365/2014
Bs. As., 17/3/2014
VISTO el Expediente Nº S04:0062234/2013 del registro de la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, las Leyes Nros. 26.216,
26.338, 26.520, 26.644, 26.792 y 26.919, el Decreto Nº 1993 del 14 de
diciembre de 2010, las Resoluciones M.I. Nros. 1308 del 12 de junio de
2007 y 2025 del 28 de agosto de 2007, y M.J. y D.H. Nº 249 del 28 de
febrero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones indicadas en el Visto, se propicia una
propuesta tendiente a actualizar el valor del incentivo establecido en
el marco del PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO
establecido por la Ley Nº 26.216.
Que por la Ley Nº 26.216 se creó el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA
VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO, facultando al PODER EJECUTIVO NACIONAL y
a la autoridad de aplicación a establecer el procedimiento de entrega,
recepción, inutilización, destrucción pública de armas y municiones y
la determinación de las características particulares del incentivo y su
valor.
Que a través del Decreto Nº 483/07 se reglamentó la aplicación de la
Ley Nº 26.216, estableciendo que el MINISTERIO DEL INTERIOR ordenará la
realización de la destrucción pública de las armas de fuego y
municiones recibidas en el marco del PROGRAMA, conforme con la
metodología que se determine según el material y dentro de los plazos
legales.
Que de conformidad a la Ley Nº 26.338, dichas funciones fueron
transferidas al entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS y posteriormente, por el Decreto Nº 1993/10 recayeron en el
actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la propuesta efectuada encuentra su fundamento en la modificación
que el paso del tiempo ha producido en la realidad de la vida
ciudadana, produciéndose una desactualización de los valores del
incentivo establecido por la Ley Nº 26.216; razón por la cual una
actualización de los mismos resulta necesaria y beneficiosa a efectos
de obtener la mayor adhesión social posible al PROGRAMA NACIONAL DE
ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO.
Que a través del Decreto Nº 560/08 y las Leyes Nros. 26.520, 26.644,
26.792 y 26.919 se prorrogó el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA
DE ARMAS DE FUEGO.
Que han tomado la debida intervención el servicio jurídico del REGISTRO
NACIONAL DE ARMAS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este
Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los artículos 2° y 6° de la Ley Nº 26.216, el Decreto Nº 483/07, y la
Ley Nº 26.338 (en concordancia con el Decreto Nº 1993/10).
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la “ESCALA DE VALORES DEL INCENTIVO POR LA
ENTREGA VOLUNTARIA Y ANONIMA DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES” del
PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO, la que como
Anexo I se agrega a la presente formando parte integral de la misma.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia
y Derechos Humanos.
ANEXO I
e. 25/03/2014 N° 17509/14 v. 25/03/2014