MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 110/2014


Registro Nº 286/2014


Bs. As., 17/2/2014

VISTO el Expediente Nº 659/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 del Expediente Nº 659/12, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION por la parte gremial y la FUNDACION BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGONICA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 28 de las presentes actuaciones, ratifica el acuerdo bajo análisis el secretario general de la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION.

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Empresa Nº 1246/11 “E”.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION, por la parte gremial y la FUNDACION BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGONICA, por el sector empleador, obrante a fojas 8 del Expediente Nº 659/12, conjuntamente con la ratificación obrante a fojas 28 del Expediente Nº 659/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo conjuntamente con la ratificación, obrantes a fojas 8 y 28, respectivamente del Expediente Nº 659/12.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1246/11 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 659/12

Buenos Aires, 18 de Febrero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 110/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8 y 28 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 286/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

En la ciudad de Viedma, a los 12 días del mes de Diciembre de 2012, comparecen ante la Delegación Regional Viedma, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; para celebrar la audiencia designada para el día de la fecha a las 09.30 hs. Se encuentra presente la Dra. Silvana FONT como responsable de Sindicales de la Delegación Regional Viedma; por la Unión Personal Civil de la Nación, Seccional Río Negro (U.P.C.N.) se encuentran presentes, el Sr. Omar PINTOS, la Sra. Sandra MIKELOVICH, el Sr. Oscar LUCERO, el Sr. Guillermo CORDIDO, el Sr. Pablo GUNTHER, Hugo SOSA y el Sr. Jorge A. PANIZ en carácter de secretario gremial. Por la parte de la Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica, se encuentran presentes los paritarios designados, el Sr. Antonio BENEGAS y el Cdor. Diego PASSANNANTE y el Dr. Juan Martín BRUSSINO KAIN en carácter de asesor legal.

Toma la palabra la patronal y manifiesta que conforme el último ofrecimiento realizado está dispuesto a mejorarlo, y para ello ofrece otorgar a partir de los salarios de enero de 2013 una suma variable cuyo mínimo para el personal operativo será de $ 300 y un máximo de $ 589, es decir transformar la suma de trescientos pesos propuesta como fija, en variable conforme los agrupamientos y los grados. Asimismo mantener la suma fija de $ 200 hasta el mes de marzo de 2013 inclusive. Por su parte ofrece recategorizar al personal que revista las categorías Operativo Grado 1 (que contempla 154 casos), y Operativo Grado 2 (que contempla a 30 casos), en una categoría más, quedando los O1 en O2, y los O2 en O3. De tal modo que el ofrecimiento de mejora salarial para los meses de enero, febrero y marzo de 2013 será del orden del 1% en promedio para todo el personal de la FUNBAPA.

Cabe agregar que se mantiene el ofrecimiento de la suma fija de pesos Doscientos para el mes de diciembre 2012 y la suma de pesos seiscientos para el mes de diciembre 2012 en concepto de gratificación extraordinaria anual, y por única vez.

Las partes se comprometen a reunirse el 19 de marzo de 2013.

Finalmente las partes solicitan a la autoridad de aplicación que homologue el presente acuerdo.

Sin más, se da por finalizada la audiencia, extendiéndose a las partes copia de la misma.

Buenos Aires, 22 de noviembre de 2013.

Señora
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Dra. Silvia Squire de Puig Moreno
S______________/___________________D

Expte. Nº 659/12.

Atento lo dictaminado en el Expediente del epígrafe, me dirijo a la Señora Directora Nacional, en mi carácter de Secretario General del CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL, a efectos de ratificar en todas y cada una de sus partes lo actuado por la SECCIONAL RIO NEGRO de esta UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION.

Que, asimismo, vengo a nominar a los miembros que integrarán la Comisión Negociadora en representación de esta Organización Sindical, habiéndose respetado los postulados de integración de la misma con representantes de los trabajadores en la Empresa y con pleno ajuste a los mandatos legales referidos al cupo femenino.

Miembros Titulares:

Jorge Antonio PanizSecretario Gremial Río NegroD.N.I. 12.150.995
Sandra Elizabeth MikelovichDelegada GremialD.N.I. 27.002.976
Mirna Fabiana ContrerasDelegada GremialD.N.I. 22.364.893
Pablo GuntherDelegado GremialD.N.I. 28.722.775
Omar Alberto PintosDelegado GremialD.N.I. 13.459.359
Armando Oscar LuceroDelegado GremialD.N.I. 11.594.799

Saludo a la señora Directora con atenta consideración.