EDUCACION SUPERIOR
Decreto 438/2014
Instituto Universitario Escuela de Medicina del Hospital Italiano, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorización definitiva.
Bs. As., 31/3/2014
VISTO el Expediente Nº 1.136/10 en TREINTA Y CUATRO (34) cuerpos del
Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley de Educación Superior Nº
24.521 y el Decreto Reglamentario Nº 576 del 30 de mayo de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4° de la Ley Nº 24.521 traza como objetivos de la
educación superior, entre otros, formar científicos, profesionales y
técnicos que se caractericen por la solidez de su formación y por su
compromiso con la sociedad de la que forman parte; promover el
desarrollo de la investigación y las creaciones artísticas,
contribuyendo al desarrollo científico, tecnológico y cultural de la
Nación; garantizar crecientes niveles de calidad y excelencia en todas
las opciones institucionales del sistema; profundizar los procesos de
democratización en la educación superior, contribuir a la distribución
equitativa del conocimiento y asegurar la igualdad de oportunidades;
articular la oferta educativa de los distintos tipos de instituciones
que la integran y promover una adecuada diversificación de los estudios
de nivel superior, que atienda tanto a las expectativas y demandas de
la población como los requerimientos del sistema cultural y de la
estructura productiva.
Que resulta una obligación ineludible, en virtud de la responsabilidad
indelegable que le cabe al Estado en la prestación del servicio de
educación superior, instrumentar los medios necesarios a fin de
reconocer y garantizar el derecho a cumplir con ese nivel de la
enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la
formación y capacidad requeridas.
Que con el objeto de hacer efectivo los elevados propósitos formulados
en la norma citada, el Legislador previó un régimen específico que
determina los requisitos que deberán satisfacer las instituciones
universitarias que propendan a esos fines.
Que en el citado expediente el INSTITUTO UNIVERSITARIO ESCUELA DE
MEDICINA DEL HOSPITAL ITALIANO, con sede central en la calle POTOSI
4240, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, autorizado a funcionar
provisoriamente por el Decreto Nº 591 del 19 de julio de 2000, solicita
el reconocimiento definitivo para funcionar como institución
universitaria privada, a tenor de lo dispuesto por el artículo 65 de la
Ley Nº 24.521 de Educación Superior.
Que la solicitud fue presentada según las prescripciones del artículo
12 del Decreto Nº 576/96 y substanciada conforme el procedimiento
establecido en el artículo 13 de dicho decreto, habiéndose producido
las evaluaciones correspondientes y remitidas las actuaciones a la
COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU).
Que dicha Comisión ha producido el dictamen correspondiente por el que
recomienda otorgar el reconocimiento definitivo solicitado,
considerando que el INSTITUTO UNIVERSITARIO ESCUELA DE MEDICINA DEL
HOSPITAL ITALIANO ha llevado a cabo un desarrollo académico e
institucional acorde con los principios comprometidos implícitamente al
momento de obtener la autorización provisoria para funcionar y, en
consecuencia, entiende que está en condiciones de ejercer las
atribuciones otorgadas por la Ley Nº 24.521 de Educación Superior y su
reglamentación a las instituciones universitarias privadas con
reconocimiento definitivo, en los distintos aspectos de su gestión
académica, administrativa y económico-financiera.
Que en virtud de los antecedentes expuestos y habiendo satisfecho el
peticionante el requisito establecido por el artículo 27, inciso a) del
Decreto Nº 576/96, el MINISTERIO DE EDUCACION aconseja conceder el
reconocimiento definitivo al INSTITUTO UNIVERSITARIO ESCUELA DE
MEDICINA DEL HOSPITAL ITALIANO.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 65 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase en
forma definitiva al INSTITUTO UNIVERSITARIO ESCUELA DE MEDICINA DEL
HOSPITAL ITALIANO, con sede central en la calle POTOSI 4240, CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en los términos del artículo 65 de la Ley de
Educación Superior Nº 24.521, a funcionar como institución
universitaria privada dentro del régimen de la citada ley y sus normas
reglamentarias.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E.
Sileoni.