PRESUPUESTO

Decreto 380/2014

Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la Dirección de Obra Social del Servicio Penitenciario Federal.

Bs. As., 26/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0247495/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y el Decreto Nº 1.776 del 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por la DIRECCION DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que el Decreto Nº 1.776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el Artículo 3° del Anexo al Decreto Nº 1.731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

Que del mismo modo el Decreto Nº 1.776/07 determinó en su Artículo 3° que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales enumeradas en el Artículo 1° de dicho decreto, previa opinión de las Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto Nº 1.776/07.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la DIRECCION DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos al presente decreto.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 277.274.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 318.414.755) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 41.140.755), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto al presente decreto.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 2° del presente decreto, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 44.140.755), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente medida.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Axel Kicillof. — Julio C. Alak.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).