PRESUPUESTO
Decreto 2350/2013
Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas.
Bs. As., 20/12/2013
VISTO el Expediente Nº 23.676/2013 del Registro MINISTERIO DE DEFENSA,
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, el Decreto Nº
1.776 del 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por el
INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA), actuante en el
área del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que el Decreto Nº 1776/07 estableció que las Obras Sociales
dependientes de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina y
del Servicio Penitenciario Federal allí detalladas, quedan comprendidas
dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el Artículo
3° del Anexo al Decreto Nº 1731/04, resultándoles de aplicación en
materia presupuestaria lo establecido en el Título II, Capítulo III de
la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones.
Que el Decreto Nº 637 del 31 de mayo de 2013 creó el citado INSTITUTO
DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA) estando encuadrado dentro
del régimen del Artículo 8° inciso c) de la Ley Nº 24.156.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto Nº 1.776/07.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para
el Ejercicio 2014 del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
(IOSFA), de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que
forman parte del presente decreto.
Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
NOVENTA ($ 2.985.691.290) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma
de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE ($ 2.962.356.197) los
gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA Y CINCO MIL NOVENTA Y TRES ($ 23.335.093), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto al presente
decreto.
Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos
de capital y fíjanse en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS
SETENTA Y SEIS MIL CIENTO DOCE ($ 16.976.112) los gastos de capital, y
como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 2° del presente decreto, estímase el
Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS SEIS
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO ($
6.358.981), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del
Anexo II a la presente medida.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.
Capitanich. — Axel Kicillof. — Agustín O. Rossi.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).