MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 485/2014
Dase por designado el Director Nacional de Sumarios e Investigaciones Administrativas de la Procuración del Tesoro de la Nación.
Bs. As., 8/4/2014
VISTO el Expediente Nº S04:0059842/2013 del registro de la PROCURACION
DEL TESORO DE LA NACION, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del
12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de la citada ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura
transitoria del cargo vacante de Director Nacional de Sumarios e
Investigaciones Administrativas de la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso
al Nivel A establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la persona propuesta reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo en cuestión.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que se aprueba por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de
los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y del artículo 1° del Decreto
Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado transitoriamente, a partir del 1° de febrero de 2014 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al doctor Agustín Tupac
CIFRE PUIG (D.N.I. Nº 29.417.791), en el cargo de Director Nacional de
Sumarios e Investigaciones Administrativas de la PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION, Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago
de la Función Ejecutiva de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo
dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A
establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Art. 2° — El cargo involucrado
en este acto deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de
febrero de 2014.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C.
Alak.